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 #649016  por maria2011
 
Tengo pagare para ejecutar y segun informe de dominio el futuro ejecutado tiene dos autos a su nombre. QUiero saberr si en la demanda de inicio tengo que denunciar los bienes y poner en la prueba el informe o si me conviene pedir la inhibicion general de bienes. Si me pueden mandar un modelo, si es que denuncio el bien como lo hago. Gracias.
 #649244  por Maylu
 
maria2011 escribió:Tengo pagare para ejecutar y segun informe de dominio el futuro ejecutado tiene dos autos a su nombre. QUiero saberr si en la demanda de inicio tengo que denunciar los bienes y poner en la prueba el informe o si me conviene pedir la inhibicion general de bienes. Si me pueden mandar un modelo, si es que denuncio el bien como lo hago. Gracias.

Hola, en la demanda ponés que habiendo tomado conocimiento de los bienes del deudor, solicitás el embargo de xxxxxxxx.
Yo siempre, además del embargo pedía la IGB.
Slds.
 #650743  por maria2011
 
gracias maylu, denuncio el bien y chau, no se si daran lugar a la IGB ya que es una medida residual y si con el embargo esta cubierto no se si te dan bolilla porque es la primera vez que lo voy a hacer, veremos...
 #650904  por ired
 
si con el embargo cubris el monto de la demanda mas o lo que estime el juzgado para intereses y costas no te tendrían que dar la inhibición
 #650947  por toto562
 
Tenes que adjuntar informe de dominio, donde conste que el el ejecutado tiene bienes.
 #651328  por Maylu
 
ired escribió:si con el embargo cubris el monto de la demanda mas o lo que estime el juzgado para intereses y costas no te tendrían que dar la inhibición
La lógica indica eso, pero yo siempre trabé embargo e IGB.
Es cuestión de solicitarlo, si te lo dan mejor.
Slds.
 #806328  por ired
 
Maylu escribió:
ired escribió:si con el embargo cubris el monto de la demanda mas o lo que estime el juzgado para intereses y costas no te tendrían que dar la inhibición
La lógica indica eso, pero yo siempre trabé embargo e IGB.
Es cuestión de solicitarlo, si te lo dan mejor.
Slds.
Que te den las dos medidas es lo ideal, pero en ppio. si con el embargo es suficiente, no te dan la inhibición (esto es la regla, pero siempre hay excepciones)