Hola gente,
les cuento que hoy deje un reclamo en EDELAP por un monto bastante salado, en concepto de daños por problemas de tensiòn.
Ahora bien:
La ley 24240 me habilita la via judicial del amparo para hacer valer los derechos de mi cliente.
Por otra parte el ENRE dice que si a los 10 dias de realizado el reclamo por ante la prestadora no hay respuesta o es insatisfactoria se puede recurrir al mismo para una decisiòn. Dicha resoluciòn es recurrible en la justicia contencioso administrativa federal.
Si bien es cierto que el ENRE trabaja en forma específica sobre los topicos relacionados con la energía, abrirme camino a esa jurisdicciòn en caso de negativa es un garron... Lo mismo cabe para los "juzgados de defensa del consumidor" municipales, son lentos y estan sobresaturados...
Puedo ir directamente a la via del amparo en lo civil y comercial prescindiendo del ENRE?
les cuento que hoy deje un reclamo en EDELAP por un monto bastante salado, en concepto de daños por problemas de tensiòn.
Ahora bien:
La ley 24240 me habilita la via judicial del amparo para hacer valer los derechos de mi cliente.
Por otra parte el ENRE dice que si a los 10 dias de realizado el reclamo por ante la prestadora no hay respuesta o es insatisfactoria se puede recurrir al mismo para una decisiòn. Dicha resoluciòn es recurrible en la justicia contencioso administrativa federal.
Si bien es cierto que el ENRE trabaja en forma específica sobre los topicos relacionados con la energía, abrirme camino a esa jurisdicciòn en caso de negativa es un garron... Lo mismo cabe para los "juzgados de defensa del consumidor" municipales, son lentos y estan sobresaturados...
Puedo ir directamente a la via del amparo en lo civil y comercial prescindiendo del ENRE?