Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Reclamo administrativo

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #804661  por frida2007
 
Chicos queria hacerles una consulta. Mi cliente fue inhabilitado para conducir y cuando fue a renovar el carnet de conducir profesional no le otorgaron la licencia con tal carácter, fundandose la municipalidad de Tandil en un decreto pcial.
Yo envie cartas documentos al Ministerio de Jefatura de Gabinetes de la Pcia y dado que no tuve respuesta interpuse el amparo. Dicho amparo me salio denegado, porque no se encuentra acreditado el perjuicio, etc, etc.-
Quisiera saber si podré interponer un nuevo reclamo contencioso administrativo, pero previo debería agotar la via no?, pero lo hago ante la Municipalidad??. Estoy un poco perdida agradezco a quien me pueda orientar.
 #805487  por comlu
 
Hola Frida2007, primero hay que agotar la vía administrativa comenzando ante quien dictó la medida (en este caso la Municipalidad) y luego recurrir a la justicia.Saludos.-
 #807482  por Soul
 
frida2007 escribió:Chicos queria hacerles una consulta. Mi cliente fue inhabilitado para conducir y cuando fue a renovar el carnet de conducir profesional no le otorgaron la licencia con tal carácter, fundandose la municipalidad de Tandil en un decreto pcial.
Yo envie cartas documentos al Ministerio de Jefatura de Gabinetes de la Pcia y dado que no tuve respuesta interpuse el amparo. Dicho amparo me salio denegado, porque no se encuentra acreditado el perjuicio, etc, etc.-
Quisiera saber si podré interponer un nuevo reclamo contencioso administrativo, pero previo debería agotar la via no?, pero lo hago ante la Municipalidad??. Estoy un poco perdida agradezco a quien me pueda orientar.
Frida, te recomiendo antes que nada que busques la ley de procedimiento administrativo de tu jurisdicción. Ahí fijate cómo agotas la vía. Tenés que tener en cuenta que tenés dos actos diferentes: uno es el dfe inhabilitación y otro es de la denegatoria del carnet profesional. Son dos actos, no uno sólo. Deberías ver en cuál de ellos está el vicio del acto (tal vez en los dos) e impugnar por vía administrativa todos los actos viciados. Pero ojo que te corren plazos para interponer los recursos!!!! Si no hay acto administrativo y sólo hay hechos u omisiones no te corren esos plazos porque no tenés que interponer recursos sino reclamo previo. Así que en definitiva, fijate si hay acto, hecho u omisión para impugnar, hacé la impugnación administrativa (recurso jerárquico o reclamo administrativo previo, según corresponda) y una vez que tenés la denegatoria vas a la vía judicial. De todas formas te recomiendo que te fijes bien si existen vicios o irregularidades que atacar porque si existen razones legales para la denegatoria te van a rechazar la impugnación. Y una cosa más, tené en cuenta que en la interposición del recurso o reclamo podés pedir la suspensión de los efectos del acto, aunque dudo mucho que en un caso así te la concedan. Espero que te sirva,
Cariños y suerte!