Voces: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ~ TURISMO ~TRANSPORTE INTERNACIONAL ~ MONEDA EXTRANJERA ~ COMPRAVENTA DE DIVISAS ~ CONSULTA DE OPERACIONES CAMBIARIAS ~ SITIO WEB ~ VIAJE AL EXTERIOR ~ AGENTE DE VIAJES ~ POLITICA CAMBIARIA
¿La AFIP testeará a los viajeros del futuro?
Fraga, Diego N.
Título: ¿La AFIP testeará a los viajeros del futuro?
Autor: Fraga, Diego N.
Publicado en: Práctica Profesional 25/01/2012, 35
En esta breve colaboración narraremos una historia que perfectamente podría ocurrir en unos cuantos años en nuestro país (2).
Transcurre el año 2024 en la Argentina y la política cambiaria de dólar débil está afectando seriamente a diversas industrias (a excepción de la agropecuaria, claro está, dados
los altísimos valores de los commodities, que siguen aumentando desde hace más de dos décadas). Luego de varios años de prosperidad y de haber sido nuestro país un destino amado por el turismo internacional, los altos precios locales han desalentado masivamente a los viajeros provenientes del exterior. Por si fuera poco, los propios argentinos, para sus vacaciones, han optado unánimemente por otros lugares en donde los precios son mucho más accesibles. Todo esto ha provocado verdaderos estragos en la industria local del turismo y en los negocios conexos.
Existe una honda -y lógica- preocupación en el Gobierno. Luego de una extensa reunión de gabinete, se deciden medidas de alto impacto para defender la fuente de trabajo de muchos argentinos, para que sus connacionales "opten" por hacer turismo en su propio país. Dentro de estas medidas, la AFIP dicta una Resolución (la nro. 415.834), para las
empresas de transporte de pasajeros (aéreo, terrestre o fluvial) que vendan pasajes al exterior. Según las autoridades, esta medida busca controlar el pago de impuestos de los
contribuyentes argentinos que decidan viajar fuera del país. Las compañías, antes de vender los pasajes, deberán consultar el programa de Consulta Habitual de Operaciones Turísticas (C.H.O.T.), creado por el propio Fisco. Para adquirir los billetes, los aspirantes a turistas internacionales deberán concurrir a los locales con DNI (original y fotocopia), facturas de un servicio a su nombre, fotocopia del recibo de sueldo o constancia de monotributo y CUIT o CUIL. Ya no se podrán adquirir los pasajes por internet, ni telefónicamente. Los vendedores cargarán en el sistema los valores de los pasajes que se pretenden adquirir, los destinos elegidos y la AFIP realizará la evaluación "en tiempo real" de la situación fiscal y económico-financiera del eventual turista. El organismo recaudador emitirá la respuesta utilizando su mega base de datos y determinará si el interesado cuenta con capacidad para realizar el viaje. En caso de detectarse "inconsistencias", la empresa no podrá vender los pasajes para viajes de ocio y se informarán en pocas palabras los motivos. Para otro tipos de viaje, a pesar de las inconsistencias, se autorizará la operación (aquellos en los que el pasajero sea funcionario público, o cuando medien cuestiones laborales, o por becas obtenidas en el exterior; dichos casos deberán ser probados con abundante documentación ante la empresa encargada de la venta), sin perjuicio de una posterior fiscalización de parte de la AFIP. A fin de evitar una eventual situación bochornosa frente al empleado de la compañía, el interesado podrá realizar por internet una consulta previa, para informarse de cuál es su situación. Si la respuesta de la AFIP fuese "con inconsistencias", el contribuyente podrá acudir personalmente al organismo, para conocer los motivos. Por razones técnicas, también se ha establecido que las agencias de turismo ya no podráncomercializar los pasajes al exterior, pues sólo lo podrán hacer las empresas de transporte. Todas han suscripto una solicitada en la que apoyan las medidas y manifiestan que éstas tendrán un gran éxito para combatir la evasión y el lavado de dinero. En cambio, en los medios se alzan algunas voces de alerta, ya que la AFIP no contaría con facultades legales para impedir los viajes, y porque en las normas existe una diversidad de casos sin contemplar, como por ejemplo los trabajadores en negro -quienes no pueden justificar sus ingresos sólo por esa triste circunstancia-, quienes recibieron el dinero para viajar por donación, por herencia, en préstamo, o porque lo ganaron en la quiniela o en el bingo. También se ha considerado injusto que se prohíba viajar al exterior a quienes tienen una pequeña deuda con el Fisco o hasta a quienes tienen mal registrado su domicilio ante éste, cuestiones que -en principio- nada tienen que ver con un viaje extra fronteras. El sistema resulta ser bastante lento, aleatorio, y aún no se conocen bien los fundamentos que hacen que el Fisco autorice o no un viaje. A pesar de tratarse del organismo con más datos sobre la capacidad económica y financiera de los administrados, los especialistas se preguntan si los datos en su poder y su sistema resultan aptos como para no obstaculizar arbitrariamente los viajes. En los hechos, un importante porcentaje de ellos es rechazado y, consecuentemente, se forman largas filas en las agencias del organismo recaudador (trascendió en los medios que hasta a la famosa y exitosa conductora de televisión, Silvina Luna, se le ha prohibido viajar a Cuba con su joven prometido, por "inconsistencias" en sus declaraciones juradas). Por si fuera poco, una anciana -luego de ser declarada "inconsistente" por la AFIP interpone una acción de amparo, para que se le autorice viajar a España, en donde reside uno de sus nietos, con el dinero facilitado por un hijo. Si bien la acción no se ha resuelto aún, la medida cautelar es rechazada por la Justicia. La anciana es invitada a un programa de televisión y, consultada por el asunto, se quiebra frente a cámaras y manifiesta su indignación por ser víctima de medidas irrazonables que -según su frágil memoria- no registran antecedentes en nuestro país. Finalmente, esperanzada, expresa: "¡Por lo menos, con el dinero del viaje voy a comprar unos dólares para darles a mis nietos!".
(1) El autor es autor del libro "Tratado de la información tributaria" (Ed. La Ley).
(2) Una versión más extendida y detallada de este texto, que relata una hipotética (?) y absurda historia, ha sido utilizada como caso práctico en la Especialización en Derecho
Tributario de la Universidad Austral.
© Thomson Reuters La Ley
¿La AFIP testeará a los viajeros del futuro?
Fraga, Diego N.
Título: ¿La AFIP testeará a los viajeros del futuro?
Autor: Fraga, Diego N.
Publicado en: Práctica Profesional 25/01/2012, 35
En esta breve colaboración narraremos una historia que perfectamente podría ocurrir en unos cuantos años en nuestro país (2).
Transcurre el año 2024 en la Argentina y la política cambiaria de dólar débil está afectando seriamente a diversas industrias (a excepción de la agropecuaria, claro está, dados
los altísimos valores de los commodities, que siguen aumentando desde hace más de dos décadas). Luego de varios años de prosperidad y de haber sido nuestro país un destino amado por el turismo internacional, los altos precios locales han desalentado masivamente a los viajeros provenientes del exterior. Por si fuera poco, los propios argentinos, para sus vacaciones, han optado unánimemente por otros lugares en donde los precios son mucho más accesibles. Todo esto ha provocado verdaderos estragos en la industria local del turismo y en los negocios conexos.
Existe una honda -y lógica- preocupación en el Gobierno. Luego de una extensa reunión de gabinete, se deciden medidas de alto impacto para defender la fuente de trabajo de muchos argentinos, para que sus connacionales "opten" por hacer turismo en su propio país. Dentro de estas medidas, la AFIP dicta una Resolución (la nro. 415.834), para las
empresas de transporte de pasajeros (aéreo, terrestre o fluvial) que vendan pasajes al exterior. Según las autoridades, esta medida busca controlar el pago de impuestos de los
contribuyentes argentinos que decidan viajar fuera del país. Las compañías, antes de vender los pasajes, deberán consultar el programa de Consulta Habitual de Operaciones Turísticas (C.H.O.T.), creado por el propio Fisco. Para adquirir los billetes, los aspirantes a turistas internacionales deberán concurrir a los locales con DNI (original y fotocopia), facturas de un servicio a su nombre, fotocopia del recibo de sueldo o constancia de monotributo y CUIT o CUIL. Ya no se podrán adquirir los pasajes por internet, ni telefónicamente. Los vendedores cargarán en el sistema los valores de los pasajes que se pretenden adquirir, los destinos elegidos y la AFIP realizará la evaluación "en tiempo real" de la situación fiscal y económico-financiera del eventual turista. El organismo recaudador emitirá la respuesta utilizando su mega base de datos y determinará si el interesado cuenta con capacidad para realizar el viaje. En caso de detectarse "inconsistencias", la empresa no podrá vender los pasajes para viajes de ocio y se informarán en pocas palabras los motivos. Para otro tipos de viaje, a pesar de las inconsistencias, se autorizará la operación (aquellos en los que el pasajero sea funcionario público, o cuando medien cuestiones laborales, o por becas obtenidas en el exterior; dichos casos deberán ser probados con abundante documentación ante la empresa encargada de la venta), sin perjuicio de una posterior fiscalización de parte de la AFIP. A fin de evitar una eventual situación bochornosa frente al empleado de la compañía, el interesado podrá realizar por internet una consulta previa, para informarse de cuál es su situación. Si la respuesta de la AFIP fuese "con inconsistencias", el contribuyente podrá acudir personalmente al organismo, para conocer los motivos. Por razones técnicas, también se ha establecido que las agencias de turismo ya no podráncomercializar los pasajes al exterior, pues sólo lo podrán hacer las empresas de transporte. Todas han suscripto una solicitada en la que apoyan las medidas y manifiestan que éstas tendrán un gran éxito para combatir la evasión y el lavado de dinero. En cambio, en los medios se alzan algunas voces de alerta, ya que la AFIP no contaría con facultades legales para impedir los viajes, y porque en las normas existe una diversidad de casos sin contemplar, como por ejemplo los trabajadores en negro -quienes no pueden justificar sus ingresos sólo por esa triste circunstancia-, quienes recibieron el dinero para viajar por donación, por herencia, en préstamo, o porque lo ganaron en la quiniela o en el bingo. También se ha considerado injusto que se prohíba viajar al exterior a quienes tienen una pequeña deuda con el Fisco o hasta a quienes tienen mal registrado su domicilio ante éste, cuestiones que -en principio- nada tienen que ver con un viaje extra fronteras. El sistema resulta ser bastante lento, aleatorio, y aún no se conocen bien los fundamentos que hacen que el Fisco autorice o no un viaje. A pesar de tratarse del organismo con más datos sobre la capacidad económica y financiera de los administrados, los especialistas se preguntan si los datos en su poder y su sistema resultan aptos como para no obstaculizar arbitrariamente los viajes. En los hechos, un importante porcentaje de ellos es rechazado y, consecuentemente, se forman largas filas en las agencias del organismo recaudador (trascendió en los medios que hasta a la famosa y exitosa conductora de televisión, Silvina Luna, se le ha prohibido viajar a Cuba con su joven prometido, por "inconsistencias" en sus declaraciones juradas). Por si fuera poco, una anciana -luego de ser declarada "inconsistente" por la AFIP interpone una acción de amparo, para que se le autorice viajar a España, en donde reside uno de sus nietos, con el dinero facilitado por un hijo. Si bien la acción no se ha resuelto aún, la medida cautelar es rechazada por la Justicia. La anciana es invitada a un programa de televisión y, consultada por el asunto, se quiebra frente a cámaras y manifiesta su indignación por ser víctima de medidas irrazonables que -según su frágil memoria- no registran antecedentes en nuestro país. Finalmente, esperanzada, expresa: "¡Por lo menos, con el dinero del viaje voy a comprar unos dólares para darles a mis nietos!".
(1) El autor es autor del libro "Tratado de la información tributaria" (Ed. La Ley).
(2) Una versión más extendida y detallada de este texto, que relata una hipotética (?) y absurda historia, ha sido utilizada como caso práctico en la Especialización en Derecho
Tributario de la Universidad Austral.
© Thomson Reuters La Ley
“Haz en ti los cambios que quisieras ver en el mundo” Mahatma Gandhi.