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  • DUDA VENTA CALLES Y SERVIDUMBRE

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #809066  por vulsinias2
 
Un propietario de varios lotes solicitó comprar calles a un municipio, que le fueron vendidas para conformar un gran predio propio.
Pero existía un gran lote en el medio que no le pertenecía, tampoco se pudo dar con el propietario.
Para evitar problemas y reclamos futuros por la venta a cargo del "desconocido" (que se iba a encontrar con su propiedad dentro de otra más grande sin calle), el municipio obligó a la persona compradora de las calles a constituir una servidumbre a favor del "desconocido".

Ahora bien.
¿Puede la municipalidad y el comprador establecer una servidumbre a favor de aquel tercero "desconocido" al que van a dejar sin calle?

Si apareciera el "desconocido" ¿Que ocurre si el comprador de esos lotes le dificulta el uso de la servidumbre?
Entonces, ¿Podría accionar contra la Municipalidad por habérselo dejado sin calle, sin haber dado su consentimiento ante esa servidumbre que establecieron la Municipalidad y el comprador de las calles?
¿La municipalidad, en caso de que el comprador de calles le impida el goce de la servidumbre sería solidaria en los reclamos del "desconocido"?

Sé que el tema es algo (bastante) complejo, pero sucede en estos momentos en un partido del oeste del conurbano.
Cualquier sugerencia la agradeceré muchísimo...
 #809244  por Dantzari
 
Hola Vulsinias! Fijate si el propietario tiene la posesión de ese lote. Quien pagaba los impuestos, quien lo utilizaba, quien lo cuidaba?? A lo mejor podes hacer una usucapión. En mi opinion que tal vez sea errada o no, no veo porqué no podría establecerse una servidumbre administrativa de paso a favor del desconocido y que quede asentado en la matrícula del lote sirviente (fracción de un lote del que quiere unificar todo)
Hay que ver varias cosas, sobre todo de derecho urbanístico y ambiental también, porque si el objetivo de unificar lotes para formar "gran predio" es por ej. una urbanización privada tipo barrio cerrado, club de campo etc... inicia el super proyecto, aparece plop el dueño o heredero trabando una cautelar de no innovar o acción de daño temido porque quedó ahí en el medio, te complica la existencia.
Si está a nombre de una persona física, mandaría oficio a justicia electoral para qeu me diga si aunque sea está vivo el titular que me aparece en el informe de dominio del RPI, ahí figura el último domicilio qeu es donde se tiene que abrir la sucesión y luego me fijo en la juridicción qeu corresponda para ver si lo abrió algún posible heredero. Medio Sherlock Holmes, pero en tu duda se nota que no es una pavada de operación inmobiliaria..