para que un nieto ejerza el derecho de representacion de su padre pre-fallecido, en la sucesión de su abuela, es necesario para que se le reconozcan derechos y pueda hacer peticiones en esta sucesión, que cuente con la declaratoria de herederos dictada en la sucesión de su padre y mediante la cual se le reconoce el carácter de tal ??........O puede sin más presentarse y que se le reconozcan derechos en la sucesión de su abuela, aportando como única documentación la partida de defunción de su padre pre-fallecido y su certificado de nacimiento ??..
Otra duda: si muere una persona y previo a ello ésta había dado en alquiler los 2 inmuebles que componen el acervo (uno mediante contrato y otro de manera verbal), y tras su muerte, esos contratos continuaron, recibiendo únicamente su cónyuge supérstite el precio del alquiler, una vez iniciada formalmente la sucesión por uno de los hijos, y presentada en el proceso luego de leer los edictos, la cónyuge y otra hija, el hijo que inició la sucesión puede reclamar a la cónyuge del causante (o sea, a su madre) que le dé a él "su parte" en los alquileres y/o se abstenga de administrar los bienes de la sucesión de manera exclusiva ??.....
Hizo eso: le mandó a la cónyuge supérstite (su madre) y a su hermana C.D. intimándolas a que dejen de "administrar los bs. sucesorios" de su padre, y de disponer de manera exclusiva de los alquileres obtenidos..
cómo es el tema ??....el Juez debe designar un Administrador ??....corresponde que la madre "deposite" en el expte. sucesorio cada mes el alquiler recibido por c/ propiedad, y el Juez decida qué hacer con ese dinero ??......como aún no hay D.H. no están fijadas las cuota-parte que le corresponde a c/ heredero..
Ambos bienes son GANANCIALES, por lo tanto, el 50 % de c/u corresponde a la cónyuge supérstite por disolución de la Soc. conyugal....el otro 50 % debería dividirse entre ambos hijos (25 % para c/u)....Cada alquiler debería dividirse de este modo ????....o ser depositado en el expte. y la división hacerse luego de la D.H. ?????..
gracias !!!!!!
saludos a todos !!
Otra duda: si muere una persona y previo a ello ésta había dado en alquiler los 2 inmuebles que componen el acervo (uno mediante contrato y otro de manera verbal), y tras su muerte, esos contratos continuaron, recibiendo únicamente su cónyuge supérstite el precio del alquiler, una vez iniciada formalmente la sucesión por uno de los hijos, y presentada en el proceso luego de leer los edictos, la cónyuge y otra hija, el hijo que inició la sucesión puede reclamar a la cónyuge del causante (o sea, a su madre) que le dé a él "su parte" en los alquileres y/o se abstenga de administrar los bienes de la sucesión de manera exclusiva ??.....
Hizo eso: le mandó a la cónyuge supérstite (su madre) y a su hermana C.D. intimándolas a que dejen de "administrar los bs. sucesorios" de su padre, y de disponer de manera exclusiva de los alquileres obtenidos..
cómo es el tema ??....el Juez debe designar un Administrador ??....corresponde que la madre "deposite" en el expte. sucesorio cada mes el alquiler recibido por c/ propiedad, y el Juez decida qué hacer con ese dinero ??......como aún no hay D.H. no están fijadas las cuota-parte que le corresponde a c/ heredero..
Ambos bienes son GANANCIALES, por lo tanto, el 50 % de c/u corresponde a la cónyuge supérstite por disolución de la Soc. conyugal....el otro 50 % debería dividirse entre ambos hijos (25 % para c/u)....Cada alquiler debería dividirse de este modo ????....o ser depositado en el expte. y la división hacerse luego de la D.H. ?????..
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