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  • NOTIFICAR LA TRANSFERENCIA?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #80963  por SOL DE OTOí‘O
 
Es necesario notificar la transferencia del establecimiento a fin de que los empleados sepan quien es su nuevo empleador? Que pasa si no sucede nada de esto y el trabajor no quiere trabajar con la nueva gente? como queda protegido?
Si el trasmitente les de la oportunidad a los empleados de extinguir los vínculos laborales, le debe remitir el TCL e indemnizarlos?
 #80999  por aj
 
Creo que si debería notificar la transferencia, pero puede hacerse por notificaciòn por escrito en la propia empresa. De todos modos siempre sería solidariamente responsable con el nuevo de conformidad con el art. 30 LCT. No creo que pueda sujetarse la decisión comercial de la empresa a la voluntad de los trabajadores. Si se les respeta antiguedad, salario y categoria laboral, los trabajadores nada pueden objetar. Si no les gusta el nuevo dueño que renuncien y a otra cosa. No entiendo la pregunta, que significa "les da la oportunidad"?. Les da a elegir si quieren continuar o ser despedidos? Si eso significa y los trabajadores optan por el despido dirrecto, el empleador sí debería notificarlos fehacientemente y abonarles la indemnización correspondiente como cualquier despido.

 #81243  por SOL DE OTOí‘O
 
Gracias aj.
Si en verdad el viejo empleador les ofrece la posibilidad de que se queden con el nuevo dueño o de indemnizarlos. Pero ahí viene el otro problema porque si los indemniza les piensa pagar limosnas que nada se acercan a la realidad. Además, en días piensa irse de viaje sin arreglar las cosas como quien se va dejando todo sin poner la cara. El drama es que esta empleada no sabe que hacer, por lo pronto pensé en mandar un TCL solicitando se aclare situación laboral atento dejar de proporcionarle tareas el viejo empleador y retener tareas mientras tanto

 #81255  por EL_JUAN
 
mirá si notifica la transferencia a los emleados estos no pueden considerarse despedidos si se les respeta sueldo antiguedad puesto y horarios, si lo hacen en el juicio posterior pierden y con costas. Lo de retención de tareas fijate en los post viejo que ya se habló, solo procede si hay motivos de seguridad higiene o salubridad.

Que no le gusta la cara del nuevo empleador ??

 #81408  por aj
 
OJO CON LA RETENCION DE TAREAS!!!! Para que el trabajador pueda retenerlas debe haber incumplimiento del otyro lado. La transferencia del establecimiento no es incumplimiento siempre que se mantengan las mismas condiciones de trabajo para laos trabajadores (antiguedad, salario, categoría, etc.). No entiendo el perjuicio ni la preocupación de tu cliente.
Por otro lado, si acepta el supuesto despido, por qué le pagaría limosnas. Está en negro o parcialmente en negro? Y por otro lado, si el viejo empleador se insolventa sin haberle pagado, estas frito.
Si hay algo para reclamar, yo esperaría hasta despues de la transferencia para intimar, no te olvides que reclamas al viejo y al nuevo, y el nuevo es una empresa en funcionamiento. Saludos