SI SE FIJA la audiencia preliminar y se provee a prueba ofrecida, y esa audiencia no se celebra porq no se notifica al demandado, esa prueba ya se empieza a producir, por ej diigenciar los oficios.... o cuando se fije nueva audiencia se provee nuevamente la prueba ofrecida?
vos sos el que ofrecio la prueba y a vos te la proveyeron, vos la tenes que realzar desd que te notificaste .....
No tiene nada que ver con el demadado....
Xq a el fijate que solo le notificas la audiencia no todo el resto del despacho