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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #811175  por johnburrows
 
Hola estoy haciendo mis primeros pasos y me salio este jubilación.
Señora italiana nacida el 12/11/1947 ingreso al país según dni, 27/04/1962, es decir antes de cumplir los 18 años (12/11/1965). Nunca le aportaron (era domestica) por lo que debería acceder a moratoria pudiendo hacer uso del beneficio del art. 3 24476 (7 años por cese anterior al 93)

Según lo que se de cursos y si sumo bien (lo mas difícil para mi ja)

Me da que podría jubilarse con la siguiente situación de revista:

12/11/1965 - 30/09/1993 Moratoria (27 años, 10 meses y 19 días)
30/09/1986 - 30/09/1993 Beneficio art 3 ley 24.476.

Exceso de edad : 2 años, 1 mes y 21 días.

Conclusión: sumaría 30 años y 10 días.

Como es una de las primeras veces que lo hago y es la primera viable que tengo quiero ver si me pueden ayudar para saber que no me mande ninguna. Desde ya gracias y disculpen cualquier error que haya cometido.
 #811195  por NORMA
 
johnburrows escribió:Hola estoy haciendo mis primeros pasos y me salio este jubilación.
Señora italiana nacida el 12/11/1947 ingreso al país según dni, 27/04/1962, es decir antes de cumplir los 18 años (12/11/1965). Nunca le aportaron (era domestica) por lo que debería acceder a moratoria pudiendo hacer uso del beneficio del art. 3 24476 (7 años por cese anterior al 93)

Según lo que se de cursos y si sumo bien (lo mas difícil para mi ja)

Me da que podría jubilarse con la siguiente situación de revista:

12/11/1965 - 30/09/1993 Moratoria (27 años, 10 meses y 19 días)
HOLA JOHNBURROWS:01/12/1965(se comienza a regularizar ,a partir del mes siguiente de los 18 años)......30/09/1993............27 A.10M
johnburrows escribió: 30/09/1986 - 30/09/1993 Beneficio art 3 ley 24.476.
01/10/86.........30/09/93...........7 años.
Podés buscar los períodos más caros para aplicar el art. 3


johnburrows escribió:

Exceso de edad : 2 años, 1 mes y 21 días.
2 años .1mes

johnburrows escribió:

Conclusión: sumaría 30 años y 10 días.

.
No!!! Reúne 29 años 10 meses;recien después del 12/03/2012 estaría en condiciones de reunir los 30 años(por exceso de edad)
¡Suerte! *flor*
 #811196  por NORMA
 
johnburrows escribió:Hola estoy haciendo mis primeros pasos y me salio este jubilación.
Señora italiana nacida el 12/11/1947 ingreso al país según dni, 27/04/1962, es decir antes de cumplir los 18 años (12/11/1965). Nunca le aportaron (era domestica) por lo que debería acceder a moratoria pudiendo hacer uso del beneficio del art. 3 24476 (7 años por cese anterior al 93)

Según lo que se de cursos y si sumo bien (lo mas difícil para mi ja)

Me da que podría jubilarse con la siguiente situación de revista:

12/11/1965 - 30/09/1993 Moratoria (27 años, 10 meses y 19 días)
HOLA JOHNBURROWS:01/12/1965(se comienza a regularizar ,a partir del mes siguiente de los 18 años)......30/09/1993............27 A.10M
johnburrows escribió: 30/09/1986 - 30/09/1993 Beneficio art 3 ley 24.476.
01/10/86.........30/09/93...........7 años.
Podés buscar los períodos más caros para aplicar el art. 3


johnburrows escribió:

Exceso de edad : 2 años, 1 mes y 21 días.
2 años .1mes

johnburrows escribió:

Conclusión: sumaría 30 años y 10 días.

.
No!!! Reúne 29 años 10 meses;recien después del 12/03/2012 estaría en condiciones de reunir los 30 años(por exceso de edad)
¡Suerte! *flor*
 #811201  por NORMA
 
johnburrows escribió:Igual no se puede ya iniciar? Gracias.
De nada!

No cumple con los requisitos. *suerte* *suerte*
 #811203  por johnburrows
 
Norma disculpa que abuse de tu generosidad pero es algo que siempre me cuesta, porque no se cuentan los dias?
Me refiero a los 19 y 21, ya que con eso habría un mes mas. Gracias.
 #811207  por exjefe
 
johnburrows escribió:Norma disculpa que abuse de tu generosidad pero es algo que siempre me cuesta, porque no se cuentan los dias?
Me refiero a los 19 y 21, ya que con eso habría un mes mas. Gracias.
Hola.
En otro hilo yo he planteado la compra de dias por la 24476 y de acuerdo a lo respondido entiendo que se puede.
viewtopic.php?f=8&t=151110#p803112
Saludos.
 #811211  por NORMA
 
johnburrows escribió:Norma disculpa que abuse de tu generosidad pero es algo que siempre me cuesta, porque no se cuentan los dias?
Me refiero a los 19 y 21, ya que con eso habría un mes mas. Gracias.
Donde pusiste 19 días,según la cuenta que saco no es correcto;NO podés comenzar el SICAM el 12/11/65;es el mes siguiente de cumplir los 18 años,ergo 01/12/65!!!.

Si queres ser más exacto con el art 19 tenés de exceso 2 Años 1 mes 12 días.A mi ,las cuentas no me cierran. *leo*
 #811212  por NORMA
 
Arriesgarme, por 17 días que faltan para el 12/03?mmm
 #811240  por NORMA
 
johnburrows escribió:Si perfecto tu calculo, perdona pero tengo que agarrar los libros de matemática de vuelta, Muchisimas gracias.
Te cuento que yo tengo una planilla de cálculo,que alguna vez me la facilitó alguién del foro.A tu disposición y éxitos!!! *flor*
 #811304  por joserita
 
tengo 55 años cotizados 29 la malloria como autonomo poseo tarjeta y titulo de traspoete lijero (3500k)
pagaria por llebar el caso ho saber cuanto me falta para jubilarme y ke recibiria
hoi el ministerio me paga por cese actibidad---gracias
t 635533524