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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #810036  por paul78
 
hola gente, tengo una clienta que se quiere jubilar, no tiene aportes de ningun tipo y cumple 60 en julio, y como es mi primera jubilacion me entran todas las dudas, por eso pregunta a ver si me pueden ayudar a despejar las dudas.

por moratoria le puedo comprar 23 años, del 70 al 93, pero me quedan 7 años afuera, entonces mi pregunta es como puedo comprar los 7 años restantes.
porque por monotributo tiene que estar aportando mucho tiempo, despues estuve leyendo que podria ser sino por servicio domestico, pero no me termina de quedar en claro si se puede por todos los requisitos que piden, como ser cuit de empleador y demas.

en definitiva, alquien sabe que opciones hay para poder jubilar a esta persona ?

gracias !!
 #810099  por noemiadriana
 
Solo el SDM, pero esta muy complicado aún con los reales y pagados en témino, casi imposible, lee todo los post que hay sobre el tema, busca en la pagina de anses los formularios, 6.292, 6.293 y 6.294, son nuevos
 #811699  por paul78
 
gracias noemi por tu respuesta, si voy a ver otros post sobre sdm.

por otro lado, y sobre la misma jubilacion, venia leyendo en un libro de previsional pero no me quedo claro, sobre el tema de la declaracion jurada del art. 38.
porque leyendo en una parte del libro da el ejemplo que pudiendo comprar los 23 años de aportes hasta el 93, despues se puede aplicar la declaracion jurada para completar los 7 años que faltan, pero habla sobre una mujer que cumplio los 60 años en el 2010.
ahora en otra parte del libro con un mismo ejemplo dice que hay que comprar por SDM.

se puede aplicar a este caso la declaracion jurada ? siendo los años comprados del 70 al 93, y dando la baja de la actividad sobre el final de la compra de aportes por moratoria ?

gracias nuevamente !
 #811748  por MARIO1943
 
paul78 escribió:gracias noemi por tu respuesta, si voy a ver otros post sobre sdm.

por otro lado, y sobre la misma jubilacion, venia leyendo en un libro de previsional pero no me quedo claro, sobre el tema de la declaracion jurada del art. 38.
porque leyendo en una parte del libro da el ejemplo que pudiendo comprar los 23 años de aportes hasta el 93, despues se puede aplicar la declaracion jurada para completar los 7 años que faltan, pero habla sobre una mujer que cumplio los 60 años en el 2010.
ahora en otra parte del libro con un mismo ejemplo dice que hay que comprar por SDM.

se puede aplicar a este caso la declaracion jurada ? siendo los años comprados del 70 al 93, y dando la baja de la actividad sobre el final de la compra de aportes por moratoria ?

gracias nuevamente !
1) EL ART. 38 D E APLICA DESDE LA FECHA QUE CUMPLE ANO HASTA 12/1968( EN TU CASO NO ES APLICABLE)
2) SE APLICA ART3 D E LA LEY 24476 QUE SE PUEDE APLICAR HASTA 09/1993, PERO EL FALTANTE NO LO COMPENSAS, PORQUE SE APLICA DENTRO D E LA MORATORIA Y NO FUERA DE LA MORATORIA
3) PARA APLICAR ESTOS BENEFICIOS DEPENDE DE LA FECHA DE EGRESO, COSA QUE SI VAS POR SERVICIO DOMESTICO DEL 2012 HACIA ATRAS NO CORRESPONDE
4) EL SDM DE HOY. SEGUN CIRCULAR 71/11 ,TIENE UNA VENTAJA QUE NO A TODOS SE LO VERIFICA, COSA QUE ANTERIORMENTE SE VERIFICABA A LA TOTALIDAD, PERO SI LE TOCA VERIFICACION, HAY QUE PREPARAR MUY BIEN AL DADOR, SOBRE LO QUE TIENE QUE RESPONDER, QUE NO S E CONTRADIGA CON LO DECLARADO Y TRATAR DE PREPARAR ALGUNOS VECINOS, QUE RATIFIQQUE LA RELACION LABORAL
SI TENES LA SUERTE DE QUE EL SICA, NO TE MANDE A UNA VERIFICACION, TE DAN POR APROBADO EL TRAMITE SIEMPRE Y CUANDO TODA LA DOCUMENTACION SEA LA CORRECTA, QUE LAS DECLARACIONES SEA COINDIDENTE CON EL SICAM
A PARTIR DE LA CIRCULAR 71/11, ESTE TRAMITE SERIA UNA LOTERIA, SI EL SICA NO DETERMINA QUE HAY VERIFICACION ZAFASTE

ESTO ES LO QUE DICE LA CIRCULAR 71/11
• Los pedidos de verificación sólo serán dispuestos en forma automática por el SICA, caso contrario, de no mediar estas requisitorias, las UDAI conformarán el expediente previsional de acuerdo a las pautas de documentación requerida en esta circular para el otorgamiento de PBU con SDM, a los fines de convalidar la prestación solicitada, sin requerir la verificación de dichos servicios. Es decir, si se acompaña la documentación requerida y el sistema no solicitó una verificación, debe darse por aprobado los servicios y convalidar la prestación solicitada.
 #812963  por paul78
 
muchisimas gracias mario ! la verdad me dejaste mas que claro el panorama, que en definitiva solo queda el sdm que termina siendo loteria pura.

por otro lado, yo hice un curso de jubilaciones pero la verdad que bastante flojo resulto, asi que estoy en busqueda de algun otro que este bueno, alguien sabe de donde poder realizar algun que se aprenda de verdad ? o algunos libros que esten buenos sobre el tema. yo tengo el de karina villagra, pero me gustaria completar mas, vi que tiene en su pagina algunas guias practicas virtuales con videos explicativos, alguno las uso ?

gracias !
 #817048  por paul78
 
buenas gente, me llego otra jubilacion sin aportes y queria saber su opinion, para ver si mi razonamiento es el correcto, o puedo hacer algo mas.

Mujer de 82 años, nunca aporto, pero posee una pension, por lo que tendria que abonar la moratoria en efectivo.
em este caso, aplicando el beneficio del excedente de edad podria bajar años, por lo que me quedarian comprar 19 años, los cuales utilizando el simulador de sicam, comprando desde el 55 al 74, quedaria una deuda de $14000 aprox.

alguna manera de lograr bajar un poco mas la deuda ? cualquier aporte bienvenido.

gracias !!
 #817053  por dramamita
 
podes bajar mas, por baja al 9/93 le aplicas art.3 , 7 años y art.1 , 11 años. tendrias que regularizar por moratoria solo 12 años y te da un importe mucho menor
 #818005  por paul78
 
muchas gracias dramamita por tu respuesta, de mucha utilidad !
y gracias mario a vos tambien, ya que siempre al pie del cañon para responder !

Saludos