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  • Usucapion? Podría ser una opción para mi situación

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #811725  por SueLagos
 
Muchas gracias por el espacio que encontré buscando información.
Mi situación es la siguiente: Mi padre falleció en el 2004 y con anterioridad dejó de regalo ( de palabra) un dpto para mi hna y para mi que compartimos sin ninguna diferencia.
El inmueble fue comprado junto a mi mamá , por el divorcio quedó para él ,ambos estuvieron de acuerdo que eran para nosotras...
La segunda esposa de mi papá ante el fallecimiento nos dió la escritura , las llaves y cumplió con los deseos de mi padre.Desde ese momento estamos pagando los impuestos,haciendo mejoras y mantenimiento del mismo.
El problema surge en que queremos dejar las cosas claras y legales. La sucesión se habia hecho y este dpto había quedado afuera por estar en pcia de Bs As.( así lo tramitó mi abogada )
Ahora ella me comentó que de abrir todo nos costaría mucho más que el valor de ese inmueble ( para nos tiene un alto valor afectivo). Le he preguntado si podríamos hacer uso al derecho de usucapión, por eso vuelco aqui mi inquietud.
Desde ya agradecida y disculpen si mi terminología no es la correcta
Saludos
Sue
 #811843  por SueLagos
 
andrea1982 escribió:No entiendo, no decís que tenés una abogada?
Si es asi ella me dijo esto
"...Piénselo Sue , hable con la almohada, con su hermana, con quién sea y cuando llegue a alguna decisión, por favor hágamelo saber.(sic)
Gracias por leerme y disculpas es que estoy sin saber que desición tomar ni el alcance de la misma
Saludos
 #811850  por SueLagos
 
Sabía que es para abogados.Soy ingeniera y muchas veces en foros de ingeniería entra gente sin ser profesional para pedir algun tipo de orientación ...
Gracias igual es que necesitaba otra opinion o mejor dicho una vision de alguno que supiera sobre el tema y me diera fuentes para asesorarme y leer.
Mi abogada no me dio ninguna recomendacion solo lo que esta escrito es todo
Saludos
 #811871  por cfg
 
consulte con otro abogado si no le convence su abogada. Si la sucesión ya está hecha, habrá que incluirlo en el inventario que se realizó oportunamente
 #811889  por Summers
 
No se peleen colegas! la/el forista es el/la anterior que se enojó porque no quisimos trabajarle gratis, y volvió bajo otro nick, pretende hacernos enojar pero produce el efecto contrario que es mucha risa!!! :lol:
 #811934  por andresxeneizes
 
el tema es asi cuando fallece uno de los conyuges en la sucesion se produce lo que se llama "liquidacion de sociedad conyugal".
La sociedad conyugal comienza cuando se casan los conyuges y en este caso termina con el fallecimiento de uno de los esposos.
Es decir si el departamento fue comprado antes del segundo matrimonio, en caso que no haya hecho convenio alguno dentro del divorcio, lo heredan los hijos del primer matrimonio y la mujer del primer matrimonio.
Ahora bien vos decis que hay convenio que el departamento quedo solo a nombre del esposo, es decir la esposa no hereda y los unicos que heredan son los hijos.
El tema que la sucesion sea de capital y el depto de provincia no es impedimento alguno para incluir el depto en la sucesion.
A mi me parece bastante menos complejo y costoso meter el depto en la sucesion pedir que lo inscriban a tu hombre y de tu hermana antes que iniciar un juicio de usucapion, ademas el juicio de usucapion tiene que tramitar en el mismo juzgado del de la sucesion, porque la sucesion es un proceso universal que atrae todos los juicios que existan que afecten a la misma, es decir no hay manera de que te evites presentarte en el juzgado de la sucesion
 #811938  por SueLagos
 
DrPerrito escribió:CONTRATE OTRO ABOGADO SI NO LE GUSTA EL ELEGIDO..
Si usted dice ser ingeniera, parece mentira que teniendo un profesional, haga consulta de los consejos del mismo, en un portal...LAMENTABLE....VERGONZOSO
No digo serlo...lo soy y que te parece vergonzoso??? Solo pedía una opinion nada de querer que trabajen gratis .
Sin comentarios ...
Agradezco a quienes han respondido amable y respetuosamente en este foro demostrando que han sabido leer mi posteo.
ya que mi abogada me dijo que lo consultara con mi almohada...o con otras personas con conocimiento ...
No intento crear una polémica no es mi estilo .
Saludos!
 #811940  por SueLagos
 
andresxeneizes escribió:el tema es asi cuando fallece uno de los conyuges en la sucesion se produce lo que se llama "liquidacion de sociedad conyugal".
La sociedad conyugal comienza cuando se casan los conyuges y en este caso termina con el fallecimiento de uno de los esposos.
Es decir si el departamento fue comprado antes del segundo matrimonio, en caso que no haya hecho convenio alguno dentro del divorcio, lo heredan los hijos del primer matrimonio y la mujer del primer matrimonio.
Ahora bien vos decis que hay convenio que el departamento quedo solo a nombre del esposo, es decir la esposa no hereda y los unicos que heredan son los hijos.
El tema que la sucesion sea de capital y el depto de provincia no es impedimento alguno para incluir el depto en la sucesion.
A mi me parece bastante menos complejo y costoso meter el depto en la sucesion pedir que lo inscriban a tu hombre y de tu hermana antes que iniciar un juicio de usucapion, ademas el juicio de usucapion tiene que tramitar en el mismo juzgado del de la sucesion, porque la sucesion es un proceso universal que atrae todos los juicios que existan que afecten a la misma, es decir no hay manera de que te evites presentarte en el juzgado de la sucesion
Muchisimas gracias por su amabilidad!
Saludos
 #811941  por Summers
 
Andrés no se brinda asesoramiento gratuito en el portal, primero porque por ley se menciona que la consulta verbal es arancelada, segundo porque hay otra colega interviniendo en la causa, por ética no podemos inmiscuirnos en asuntos que ya este llevando otro letrado, tercero porque sin ver el expediente no podemos saber exactamente que es lo que ocurrió, vos asesorás sobre lo que el consultante te dijo nada mas, sin saber que documentación puede llegar a existir que resulta que lo que dice esa persona no es cierto, se entiende? Saludos, y hagamos valer nuestro trabajo que mucho esfuerzo nos costo estudiar.
 #811942  por Summers
 
SueLagos escribió:
andresxeneizes escribió:el tema es asi cuando fallece uno de los conyuges en la sucesion se produce lo que se llama "liquidacion de sociedad conyugal".
La sociedad conyugal comienza cuando se casan los conyuges y en este caso termina con el fallecimiento de uno de los esposos.
Es decir si el departamento fue comprado antes del segundo matrimonio, en caso que no haya hecho convenio alguno dentro del divorcio, lo heredan los hijos del primer matrimonio y la mujer del primer matrimonio.
Ahora bien vos decis que hay convenio que el departamento quedo solo a nombre del esposo, es decir la esposa no hereda y los unicos que heredan son los hijos.
El tema que la sucesion sea de capital y el depto de provincia no es impedimento alguno para incluir el depto en la sucesion.
A mi me parece bastante menos complejo y costoso meter el depto en la sucesion pedir que lo inscriban a tu hombre y de tu hermana antes que iniciar un juicio de usucapion, ademas el juicio de usucapion tiene que tramitar en el mismo juzgado del de la sucesion, porque la sucesion es un proceso universal que atrae todos los juicios que existan que afecten a la misma, es decir no hay manera de que te evites presentarte en el juzgado de la sucesion
Muchisimas gracias por su amabilidad!
Saludos
No es para agradecer, sino para preocuparse, como sabés que el que te dio una respuesta es abogado? :|