Consulta colegas. Con una sentencia de alimentos ganada en capital. Notifico primero la sentencia y despues, segun lo que ocurra, presento liquidación?? O me convendría hacer al revés. Alguien podría sugerirme algo.
La sentencia contempla alimentos retroactivos desde la fecha de mediación, casi un año para atrás, y en el medio se abonaron algunas cuotas de alimentos provisorios fijados, aunque no todas.
Por otro lado, y a modo de comentario de como regulan los jueces en capital el trabajo de un año, sobre una cuota de 2200 decretada, regularon 3500. Sin comentarios!!!
La sentencia contempla alimentos retroactivos desde la fecha de mediación, casi un año para atrás, y en el medio se abonaron algunas cuotas de alimentos provisorios fijados, aunque no todas.
Por otro lado, y a modo de comentario de como regulan los jueces en capital el trabajo de un año, sobre una cuota de 2200 decretada, regularon 3500. Sin comentarios!!!