Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PREPAGA AUMENTO DE CUOTA

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #812464  por dravaleria
 
BUENOS DIAS COLEGAS
ESTOY POR ENVIAR UNA NOTA A SWISS MEDICAL RECLAMANDO POR EL AUMENTO DE CUOTA POR HABER CUMPLIDO MI CLIENTE LA EDAD DE 65 AÑOS. LA LEY EN SU ART. 12 ESTABLECE QUE LA AUTORIDAD DE APLICACION ESTABLECERA LOS PORCENTAJES DE AUMENTO DE COSTOS.
MI PRIMERA PREGUNTA ES: ALGUIEN SABE SI DICHOS PORCENTAJES YA ESTAN VIGENTES??
A MI CLIENTE LO NOTIFICARON DEL AUIMENTO VIA MAIL EN FECHA 14 DE FEBRERO Y EXPRESANDO QUE EL AUMENTO RIGE A PARTIR DE ESE MISMO MES.
MI SEGUNDA PREGUNTA ES: CON CUANTO TIEMPO DE ANTICIPACION CORRESPONDE INFORMAR EL AUMENTO???
SALUDOS Y DESDE YA GRACIAS!!!
 #812511  por albertoaune
 
A principios de diciembre pasado se reglamentó la ley.

Una aclaración sobre el tema dice:

Las empresas del sector podrán establecer cuotas hasta tres veces más caras según la edad, en base al costo del plan más bajo que tenga la prestadora. Esa autorización sólo está habilitada para los nuevos afiliados y no para aquellos que tengan más de 10 años de permanencia.
Así, por ejemplo, no se definió aún qué diferenciales de cuotas deberán abonar quienes se afilien sufriendo ya alguna enfermedad a ser tratada. Tampoco se determinó cuáles serán los límites para ajustar las cuotas por razones de edad después de los 65 años. Sobre ese punto, se le da a la Superintendencia de Servicios de Salud -la autoridad de aplicación de la norma- un plazo de 90 días, en el que deberá definir una "matriz de cálculo actuarial de ajuste por riesgo".
Sí queda claro que estará prohibido ese tipo de incrementos por edad para quienes tengan 65 años o más y acumulen en una misma prepaga un mínimo de 10 años de permanencia. Eso no quiere decir que esos afiliados no reciban más subas, porque sus cuotas sí estarán alcanzadas por los ajustes que se dispongan para todos los afiliados y estén justificados por el encarecimiento de los costos.

Todavía no están definidos los límites de ajuste de estas cuotas pues no pasaron los 90 dias.

Si tiene 10 años en la misma empresa no puede haber incremento de cuotas por edad.
 #812523  por dravaleria
 
GRACIAS POR RESPONDER. EN ESTE CASO EL AFILIADO TIENE SOLO 3 AÑOS DE PERMANENCIA EN LA PREPAGA. SEGUN LO QUE VOS DECIS LA EMPRESA PUEDE AUMENTAR POR EDAD HASTA TRES VECES MAS EN BASE AL COSTO DEL PLAN MAS BAJO QUE TENGA LA PRESTADORA (EN ESTE CASO SE AUMENTO DE 700 A 1755), ES ASI?? EN CASO NEGATIVO, PODRIA ARGUMENTAR QUE NO PUEDEN AUMENTAR LA CUOTA PORQUE LA AUTORIDAD DE APLICACION AUN NO ESTABLECIO EL MATRIZ DE CALCULO ACTUARIAL DE AJUSTE POR RIESGO???
RESPECTO DEL PLAZO PARA NOTIFICARME DEL AUMENTO, SABES ALGO??
PERDON POR SI NO TE INTERPRETE BIEN :oops:
 #812573  por albertoaune
 
El tema no está definido o al menos no leí nada al respecto.

En la Superintendencia de Salud se puede consultar. En la página web arriba a la derecha está el espacio para preguntas.

http://www.sssalud.gov.ar/index/home.php