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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #812377  por marirene
 
Demostrar fehacientemente los ultimos 10 años al cese o solicitud:Lo que esta sucediendo ahora ultimamente es que demostrar los 10 años haber orestado servicios en caracter de minusvalido debe hacerse en la Comision Medica.
Me han denegado ultimamente algunos por comision medica que dice asi:
Patologia XXXX..........50% (o sea supera al 33%)
Que es funcion de la CM 10A emitir dictamen ............y CONSIDERANDO: los elementos aportados y la revisacion practicada la CM 10A de la SRT DICTAMINA que AAAAAA AAAAA AAAAA (DNI 11.111.111) presenta un porcentaje de disminucion de su capacidad laboraltiva del 50% superior al 33% NO presentando documentacion que acredita fehacientemente que dicha patologia existio durante los 10 años anteriores al cese o a al solicitud del beneficio, de acuerdo con el Decreto 478/98, por lo que no reune las condiciones medicas exigidas por el art. 2 de la ley 20.475.

Luego nos mandan la resolucion denegada acompañando el dictamen de la CM.

Como saben que los dictamenes de la CM son inapelables, por lo tanto significa HACER TODO DE NUEVO con secuencia 000002 pero llevando elementos que justifiquen haber prestado servicios.
Ejemplo: un discapacitado de infancia desde sus 18 años siempre trabajo como albañil, entonces yo supongo que en la CM debe ir con dos testigos y fotos de los lugares de trabajo, eso es para demostrar que siempre prestaron servicios en su condiccion y los aportes los autodetermina el propio con la ley 24476 y se hace cargo el mismo.

Otro tema que me surgio en esos dias:
Voy a dar un ejemplo para visualizarlo.
Una persona con discapacidad de infancia, nunca tuvo aportes pero si presto servicios desde su edad 20 años hasta ahora que tiene 57 años actualmente.
entonces el sicam lo arme asi:
fecha de nacimiento 06/01/1955 ES 50/20
Edad requerida 50 años
Aportes 20 años
AUTONOMOS 2/1973-03/1977 4 2
LEY 24476.3 4/1977-09/1980 3 6
AUTONOMOS 10/1980-03/1984 3 6
LEY 24476.3 04/1984-12/1984 0 9
LEY 24476.3 01/1989-09/1991 2 9
AUTONOMOS 10/1991-09/1993 2 0
EXCESO EDAD 3 AÑOS 6 MESES 3 6
TOTAL 20 AÑOS

Pero al cargar el 305 en el sistema de Anses me sale
EDAD REQUERIDA 51 AÑOS 8 MESES
SERVICIOS REQUERIDOS 21 AÑOS 8 MESES

Por lo tanto, al no alcanzar los 51/21 tuve que hacerlo por insistencia porque habia adjuntado toda la normativa referente a minusvalia que tiene que tomar 50/20.
Los empleados de la UDAI de ituzaingo fueron muy amables y atentos, se preocuparon por este desfasaje consultaron por todos lados y nadie supo como resolver y como era que salia asi.
Entonces para hacer una prueba, tenia otra minsuvalia iniciada en diciembre en Liniers que fue tomado el tramite sin problemas y con 50/20 perfectamente, entonces le di el numero de CUIT y en la consulta sale exactamente igual, 51.8 / 21.8.
Ellos me dicen que la proporcion para arriba se debe al exceso de edad (me dijeron eso por decirme algo por supuesto sin fundamentar ni respaldar con algun elemento).
Chicos del foro, ustedes saben de alguna normativa que haga cambiar el calculo de edad requerida y aportes requeridos para minusvalia???.
 #812510  por fabidoc
 
Hola. Sobre el primer punto que planteas es así. En el último caso que tengo de minusvalía iba a la denegatoria segura porque la persona no contaba con las historias clínicas. Presenté otras pruebas que pude recabar junto con una nota en la que solicitaba se abstengan de dictaminar sobre el derecho sino exclusivamente sobre la dolencia y/o porcentaje de invalidez. Tal es así que no fué denegado, sino está en Legales de la UDAI.
Sds.
 #812560  por diegomdp
 
no te dieron la copia del sica marirene???? para mi el sica esta tomando el art 3 como 60/30 y te hace el prorrateo, deben haber tocado algo y esta calculando mal, si es asi deberian elevar la consulta al grupo sica para que lo solucionen con sistemas, habria que verlo con la pantalla impresa del sica pero suena a error en como el sistema calcula
 #812729  por marirene
 
En los tres casos me dieron el SICA y todo dice 50/20.
Ademas te cuento:
Hoy fui a la UDAI Lujan tambien con una minusvalia de este tipo
RRDD 9 años 6 meses
Fecha nacimiento 14/04/1956
A mi me da: Edad requerida 47 años 8 meses
Aportes requeridos 20 años 9 A 6 M RRDD 07/1980 a 12/1989
10 A 6 M Ley 24476 con 7 años ddjj
Pero con lo que paso en Ituzaingo, por las dudas lo eleve a edad requerida a 49 años y 4 meses y arme todo con 21 años 8 meses de aportes porque fue lo maximo que pude poner.
Eso le dio una cuota de 36$, por eso no me importo elevar todo.
Cuando voy a la UDAI Lujan, hacen todo el proceso y le pregunte cuanto era la edad requerida y los aportes requeridos que salia por sistema, me dijo:
48 AÑOS 11 MESES
20 AÑOS 3 MESES

No quiso dar explicaciones dijo que se basa en lo que dice el sistema y PUNTO!!!.
Asi que seguire averiguando.
Puede ser que haya error en el sistema, puede ser. Porque prorratear para arriba no va!.
 #812867  por diegomdp
 
es que nadie te va a dar una explicacion, los empledos no se vana poner a hacer manualmente los calculos, y si lo hicieran tampoco pueden modificar lo que dice el sica, por eso te dije, que si tienen dos dedos de frente se van a dar cuenta que no puede dar mas que 20 años de aportes o que 50 años de edad, con lo cual si se excede de alguno de esos topes, como te dije se podra elevar una consulta al grupo sica para que trate de solucionar el tema o la gerencia de previsional informandole del error del sistema, voy a ver si rastreo algunos casos a ver si pasa lo mismo que con lo tuyo, creo que en algun instructivo esta el mail del grupo sica, si lo encuentro te lo paso y hace vos lo que deberian hacer en la udai, elevar el reclamo.
 #813095  por marirene
 
Bueno....eso de los dos dedos de frente que debe saber que no puede ser mas de 50/20....en ituzaingo me dieron tantas explicaciones sin sentido, ejemplo diciendo que eso es que da asi porque al poner el exceso de edad completo lo que hace es sumar la edad y aportes requeridos :roll: :x
No tenia ningun sentido de lo que me estaba diciendo, pero por suerte que lo aceptaron todo con 500 (insistencia) porque realmente habia llevado y adjunte al expediente con nota toda la normativa referente a minusvalia y ellos no pudieron darnos nada que se relacione con el aumento de 50/20.
 #813564  por diegomdp
 
marirene escribió:Bueno....eso de los dos dedos de frente que debe saber que no puede ser mas de 50/20....en ituzaingo me dieron tantas explicaciones sin sentido, ejemplo diciendo que eso es que da asi porque al poner el exceso de edad completo lo que hace es sumar la edad y aportes requeridos :roll: :x
No tenia ningun sentido de lo que me estaba diciendo, pero por suerte que lo aceptaron todo con 500 (insistencia) porque realmente habia llevado y adjunte al expediente con nota toda la normativa referente a minusvalia y ellos no pudieron darnos nada que se relacione con el aumento de 50/20.
pero el problema que veo es un poquito mayor supongamos que todos se dan cuenta que es un error y asi y todo te lo acuerdan, el sica te va a quedar sin derecho, poruqe seria un error de sica, y ahi viene la famosa retencion de la circular 72/11. con lo cual es un doble potencial problema en puerta, el primero que te lo acepte la udai el segundo que no salga retenido, como te dije lo mejor es ver bien los sica ver donde esta el error y hacer los reclamos para que lo solucionen sino te puede llegar a traer mas de un dolor de cabeza.

si queres yo te ayudo y lo vemos entre los dos
 #813749  por marirene
 
Si si , te paso los sica, decime como, te lo scaneo asi lo ves.

Sigo con el tema:
Estoy cada vez mas convencida de que es un error en el sistema (puede ser que no sea asi, mmmmm....).
Hoy fui a Cordoba y Maipu, 4º piso, me atendio una señora de muy pocas pulgas, me dijo la ley dice 50/20 le muestro la liquidacion que dice 51.8/21.8 y me dice quien le dio eso? :evil: En la misma UDAI porque ellos mismos estan sorprendidos por esa novedad, solamente quiero saber si es un error o hay alguna normativa nueva.
Aparecen dos jovenes y le plantea el tema , estuvo mirando en el sistema y me dice Ud debe hacerlo 50/20 esperar a que se expida el Anses y si lo deniega haga error material. :shock:
Pero como?!! eso tarda como 7 meses minimo y otros 7 meses mas por el error material, el beneficiario no va a aguantar.
Mire Sra. usted no es abogada, es contadora por lo tanto aca se termino el tema, no le vamos a contestar MAS!!!
Si bien la señora de poquitas pulgas fue muy cortante, igualmente el tema fue escuchado por tres personas, veremos que pasa.
 #817447  por marirene
 
Nuevas noticias.
Luego de andar en varios lados consultando sobre el tema del desfasaje de edad y aportes en minusvalia y teniendo un caso para presentar no pedi turno por Jubilacion, pedi por reconocimiento de servicios a los efectos de saber que edad y aportes requeridos estaba saliendo.
Me toco la UDAI lugano (excelente udai en todo), le plantee el tema que pedia reconocimiento a raiz del calculo que hacia el sistema que no congeniaba con la Ley 20475, entonces me comentaron que en Sistemas ya lo arreglaron ya que ellas vieron ese desfasaje la semana pasada y plantearon el tema en Sistemas.
Parece que quisieron hacer unas actualizaciones en otros codigos que afecto a la proporcionalidad en minusvalia y por minusvalia lo pasaron por alto (es que minus no se usa mucho).
Asi que chicos fue un error de sistema involuntario y me alegra que lo hayan podido arreglar y que mi sufrimiento (de idas venidas y hacer entender) haya terminado.
Me queda un tema pendiente, en Ituzaingo al faltarle 1 año y 8 meses por ese desfasaje, lo inicie bajo insistencia, tendre que ir a ituzaingo a que lo recaratulen como 305. Creo que seria asi.
Gracias por acompañarme con este tema.
 #817605  por diegomdp
 
marirene escribió:Nuevas noticias.
Luego de andar en varios lados consultando sobre el tema del desfasaje de edad y aportes en minusvalia y teniendo un caso para presentar no pedi turno por Jubilacion, pedi por reconocimiento de servicios a los efectos de saber que edad y aportes requeridos estaba saliendo.
Me toco la UDAI lugano (excelente udai en todo), le plantee el tema que pedia reconocimiento a raiz del calculo que hacia el sistema que no congeniaba con la Ley 20475, entonces me comentaron que en Sistemas ya lo arreglaron ya que ellas vieron ese desfasaje la semana pasada y plantearon el tema en Sistemas.
Parece que quisieron hacer unas actualizaciones en otros codigos que afecto a la proporcionalidad en minusvalia y por minusvalia lo pasaron por alto (es que minus no se usa mucho).
Asi que chicos fue un error de sistema involuntario y me alegra que lo hayan podido arreglar y que mi sufrimiento (de idas venidas y hacer entender) haya terminado.
Me queda un tema pendiente, en Ituzaingo al faltarle 1 año y 8 meses por ese desfasaje, lo inicie bajo insistencia, tendre que ir a ituzaingo a que lo recaratulen como 305. Creo que seria asi.
Gracias por acompañarme con este tema.
me re colgue con ete tema mari, si queres lo controlamos bien que el sica este dando correcto y ahi te vas a hacer el reclamo a la otra udai asi lo cargan de nuevo, si queres escribime a mi privado de aca o de solo derecho y lo vemos