¿Las pensiones no contributivas se transfieren al conyuge en caso de fallecimiento del beneficiario? Me puse a mirar la normativa y me encuentro con que el art. 5 del Decreto Nacional 432/97 DEROGADO POR ART. 1 DEL DEC. 550/2000.
Gertrudis escribió:Justamente eso dice: No son transferibles, además son incompatibles con la jubilación.Con todo respeto, ¿ahora que hace la pobre vieja que vivia de la pensión del marido?.
dramamita escribió:ella no tiene jubilacion????no.
dramamita escribió:y no reune los requisitos para solicitarla????Mañana va para la oficina según ella. Encima me dice por telefono que ella está bien asesorada y que le dijeron que si se puede transferir la pensión. Le diría" vaya usted que sabe y después me cuenta como hizo"
si no los reune que gestione una n.c. personalmente como titular