Hola amigos.
El caso es el siguiente: Una persona comete delito de estafa, por el cual recibe mensualmente a su favor, una cantidad de dinero de la otra persona (estafado).
Necesitaría saber, si existe alguna doctrina o jurisprudencia que sostenga que el plazo de prescripción en caso de estafa, como delito continuado, comienze a correr desde la primera disposición patrimonial y no desde la ultima.
Desde ya muchas gracias!!
El caso es el siguiente: Una persona comete delito de estafa, por el cual recibe mensualmente a su favor, una cantidad de dinero de la otra persona (estafado).
Necesitaría saber, si existe alguna doctrina o jurisprudencia que sostenga que el plazo de prescripción en caso de estafa, como delito continuado, comienze a correr desde la primera disposición patrimonial y no desde la ultima.
Desde ya muchas gracias!!