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 #81404  por draclau
 
Hola; tengo una sucesion con declaratoria, el conyuge superstite es el unico heredero, esto es en pcia de bs as. Ya se hizo el boleto de compraventa por el inmueble y tengo todos los certificados para presentar; en el escrito tengo que manifestar q esta se va a hacer por tracto abreviado?
En el form ASER 304 pago la sobre tasa solamente? y los aportes los pago luego de que regulen los honorarios?
Cual seria el encabezamiento exacto del escrito?
Otra consulta, al haber fallecido solo uno de los conyuges, la tasa es del 2,2 del 50%, verdad?
El expediente luego lo retira el escribano o lo retiro yo?
Disculpen tantas preguntas, pero es la 1° vez que hago un tracto abreviado.GRACIAS!

 #81628  por abogado1987
 
Hola draclau,
" ... en el escrito tengo que manifestar q esta se va a hacer por tracto abreviado? ... "
SI

En el form ASER 304 pago la sobre tasa solamente?
ASER 304 ? por favor ampliá ... si abona sobre tasa

y los aportes los pago luego de que regulen los honorarios?
Si ... despues de percibidos.

Cual seria el encabezamiento exacto del escrito?
el de tracto abreviado ? pago de aportes ? por favor ampliá ...

Otra consulta, al haber fallecido solo uno de los conyuges, la tasa es del 2,2 del 50%, verdad?
Si, abonás tasa sobre el porcentaje que se transmite por sucesión

El expediente luego lo retira el escribano o lo retiro yo?
Tu cliente autoriza al escribano a retirar el expediente en prestamo

Saludos cordiales

 #81683  por draclau
 
En el form ASER 304 pago la sobre tasa solamente?
ASER 304 ? por favor ampliá ... si abona sobre tasa

SI ME REFERIA AL PAGO DE LA SOBRETASA( EN PCIA) NO SE HACE EN EL FORM NARANJA ASER 304, Y LA TASA EN EL DE RENTAS?


Cual seria el encabezamiento exacto del escrito?
el de tracto abreviado ? pago de aportes ? por favor ampliá ...
ME REFERIA A SI PODIA PRESENTAR UN ESCRITO MANIFESTANDO TODO JUNTO.

tra consulta, al haber fallecido solo uno de los conyuges, la tasa es del 2,2 del 50%, verdad?
Si, abonás tasa sobre el porcentaje que se transmite por sucesión
OSEA QUE SI EL VALOR FISCAL DE LA CASA ES DE $100, EL CLIENTE PAGA EL 2,2 DE $50?
MIL GRACIAS POR TU AYUDA!

 #81711  por rubia
 
Clau:

No te olvides de adjuntar la declaración jurada patrimonial, porque sino el Juzgado te la va a solicitar y si se va a inscribir por tracto posiblemente los plazos te estén apurando.

También fijate porque a veces el Escribano no retira el expediente, sino que se lo lleva el abogado (una vez otorgado el préstamo). En este caso, yo le hago firmar un recibo al escribano con la fecha en que se lo entrego y con la fecha en que me lo tiene que devolver y la cantidad de fojas del expediente, para no tener problemas.

 #81807  por abogado1987
 
Hola draclau: ordenando un poco ...
En el form ASER 304 pago la sobre tasa solamente?
ASER 304 ? por favor ampliá ... si abona sobre tasa
SI ME REFERIA AL PAGO DE LA SOBRETASA( EN PCIA) NO SE HACE EN EL FORM NARANJA ASER 304, Y LA TASA EN EL DE RENTAS?
en este momento me enteré que el formulario de aportes dice ASER:304, efectivamente en ese formulario pagás la "contribución s/tasa de justicia",
la tasa de justicia lo pagás con el formulario respectivo de rentas


Cual seria el encabezamiento exacto del escrito?
el de tracto abreviado ? pago de aportes ? por favor ampliá ...
ME REFERIA A SI PODIA PRESENTAR UN ESCRITO MANIFESTANDO TODO JUNTO.
Si, lo podes hacer ... la declaración jurada patrimonial la acompañaría por separado, pero recordá que todavía no te regularon honorarios y por lo tanto no vas poder pagar aportes, por lo cual sería ...
ACOMPAÑA CERTIFICADO DE DOMINIO E INHIBICION. VALUACION FISCAL. CONSTANCIA PAGO TASA DE JUSTICIA. SOBRETASA. SE ORDENE INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO. DESIGNA ESCRIBANO. SOLICITA PRESTAMO. AUTORIZA. SOLICITA SE REGULEN HONORARIOS


tra consulta, al haber fallecido solo uno de los conyuges, la tasa es del 2,2 del 50%, verdad?
Si, abonás tasa sobre el porcentaje que se transmite por sucesión
OSEA QUE SI EL VALOR FISCAL DE LA CASA ES DE $100, EL CLIENTE PAGA EL 2,2 DE $50?
Si, pero sumá la estimación fiscal del 10% en concepto de bienes muebles (en relación bienes inmuebles)

Saludos cordiales

 #81808  por draclau
 
Rubia, abogado 1987: mil gracias a los dos fueron, super claros!!!Saludos!

 #81841  por abogado1987
 
Hola draclau, de nada ... un placer haber podido dar una mano, saludos cordiales. Abogado1987

 #101374  por draclau
 
Hola abogado 1987 y/o rubia: vuelvo a molestarlos con este tema porque recien hoy pude ver el expediente por maquina luego de haber presentado en Diciembre el escrito con todo lo que tan generosamente uds me indicaron.
Me han ordenado la inscripcion, pero previo a ello, debo dar cumplimiento con la ley 6716 arts 21 y 22 ( osea pago de tasa, s/ tasa, aportes, etc) y a una resolucion de Afip 348/99 (todavia no la encontre), pero no me han regulado los honorarios!!O sea, no se si es un error del juzgado(creo q si, no?) porque nada dice con respecto a éstos, osea como voy a pagar aportes?. Por otro lado lo que yo todavia no presente fue la Declaracion jurada del unico bien del acervo,esto seria el proximo paso?, de ser asi, debo acompañarla con la tasa y s/ tasa ya pagas?y con respecto al prestamo del expediente al escribano reitero mi pedido?. En sintesis, necesito que me despejen estas dudas; ante esa resolucion del juzgado como sigo??Mil gracias!!

 #101418  por Dr. 8
 
Es cierto Dra. Clau, si no le regularon los honorarios no existe base imponible para efectuar el cálculo de los aportes previsionales, evidentemente pudo haber sido un error del juzgado, le recomiendo solicitar a la/el despachante las aclaraciones del caso.

La declaración jurada patrimonial debe presentarla con anterioridad al retiro en préstamo del expediente, las otras cuestiones prosiguen como bien le indicaron los notables foristas.

 #101598  por draclau
 
Muchas Gracias Dr.8!!!

 #125884  por leopoldo
 
chicos, me perdi. todos estos tramites no los hace el escribano?

 #125977  por draclau
 
leopoldo escribió:chicos, me perdi. todos estos tramites no los hace el escribano?
Hola!! A que tramites te referis??

 #126131  por rubia
 
Hola Clau:

La declaración jurada patrimonial es una planilla que tenés que presentar en el Juzgado junto con todos los informes (dominio, inhibición, cesión y catastro) y el pago de la tasa y de la sobre tasa. Es en esa planilla donde indicás el monto que abonás por la tasa y la sobre tasa.

Acompañado todo, solicitás la inscripción en el mismo escrito.

Ahí te regulan honorarios.

Acreditás los aportes e ingresos brutos y con el escrito en el cual acreditás el pago solicitás el retiro en préstamo del expediente.

Saludos y exitos !!!!