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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #81822  por maria soledad
 
se trata de un hombre de 70 años
inscripto en autonomos desde 1968 cat. 211
solo tiene pagos desde 1980 a 1985 incorporados en afip
estuvo inscripto en la moratoria 579, pago algunas cuotas
en afip tiene baja definitiva en 02/2007

debo aplicar sólo 1 año de djj por la baja en 2007?
puedo incluirlo en la 24476 y renunciar desde 9/93 a 02/2007?
va con turno exclusivamente ?
gracias

 #81867  por laulau
 
Hola M. Soledad
Por lo que decís, si no pagó nada del 9/93 al 02/2007, renunciale todo, y le podés tomar 7 años de beneficio porque le atrasas el cese al último pago. Es lo que se llama "Cese ficto".
Asi que te recomiendo le cargues años desde el 55 (el mes que sea, según la edad, y de ahí hasta el 85 hasta 02/2007. Ahí empezas a renunciar todo lo que te dije antes, le prescribis todo lo que no haya pagado y sea más caro en esos periodos. Lo mismo que los 7 años art. 3 se los ponés en lo que te quede más caro!!!.
Ah, me olvidaba si le renuncias todo lo posterior al 93, lo inicias por web
Suerte. Lau

 #81868  por laulau
 
Perdón el :hasat el 85 que quedó en medio de la frase está de más!!! :oops:

 #81873  por maria soledad
 
laulau escribió:Perdón el :hasat el 85 que quedó en medio de la frase está de más!!! :oops:
gracias