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  • ERROR DEL BANCO EN TICKET DE PAGO DE 575/B

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #818729  por camilauba2011
 
Buenas tardes foristas!!


Les comento mi caso: Una señora que en el mes de febrero cumplió 60 años inició el trámite de jubilación. Le compramos años por moratoria y por SDM. Enviamos el SICAM y se pagó todo (primer cuota de moratoria, Formualrios 102/B y los
575/B).

El tema es que en varios formularios 575/B (mas de 36 meses) con los que se
pagaba el interés resarcitorio sacado del detalle de deuda, el BAPRO puso en el
ticket como concepto "Diferencia de contribuciones" (en otros puso correctamente
en subconcepto "intereses resarcitorios").
A la vez en los formularios 575/B con los que SI se pagaba los 23$ el banco puso
correctamente "Diferencia de contribuciones".

mi duda es, ¿se computan los interese resarcitorios pagos de esos años, pese al
concepto erróneo del ticket? O se computa doble? en caso de no computarse, hay
que pagarlo de nuevo?


otra duda es que en un ticket se confundieron de período, hay que volver a pagar
ese mes?

muchas gracias!!!!

Buen domingo
saludos.
 #818743  por MARIO1943
 
camilauba2011 escribió:Perdón la insistencia pero no quiero dejar pasar el día de mañana para tratar de solucionarlo, si es que se puede!
muchas gracias!
NO TE QUEDA OTRA QUE PAGARLO COMO CORRESPONDE, TIENE SOLUCION, PERO LO TENES QUE HACER EN AFIP LA REIMPUTACION Y TE DEMORA MUCHOS MESES
 #818745  por camilauba2011
 
Muchas gracias Mario por la respuesta

Además de volver a pagar ese mes en el que está el año mal en el ticket, tengo que volver los intereses resarcitorios, pese a que el concepto está ok (diferencia de contribuciones) pero no aclaran el subconcepto?

muchas gracias...y perdòn que insista es que son como mil pesos por los intereses.

saludos,
 #818747  por CRISTINA FERREYRA
 
Hola camila, mirá a mi me pasó que una vez se equivocaron en el período, pero al controlarlo reclamé y anularon la operación y lo cambiaron, pero tiene que ser en el día.
No sé como resolverán con los intereses pero computarse doble seguro que no. Respecto al período confundido SI tenés que pagar el mes porque sino te queda deuda, no importa que otro esté pago dos veces, controlan el mes y lo imputan. Suerte.-
 #818750  por camilauba2011
 
Muchas gracias Cristina.

Pagaré en principio el período mal pago ya que son solo 30 pesos.

Respecto de los intereses resarcitorios, para saber como los imputaron, la jubilable puede pedir una sabana de aportes para saber si la deuda está en cero? se pagaron el jueves pasado en una sucursal del BAPRO (tipo pago fácil), cuánto tiempo tardan en computarse?

muchas gracias nuevamente!

Saludos
 #818796  por MARIO1943
 
[quote="camilauba2011"]Muchas gracias Cristina.

Pagaré en principio el período mal pago ya que son solo 30 pesos.

Respecto de los intereses resarcitorios, para saber como los imputaron, la jubilable puede pedir una sabana de aportes para saber si la deuda está en cero? se pagaron el jueves pasado en una sucursal del BAPRO (tipo pago fácil), cuánto tiempo tardan en computarse?

muchas gracias nuevamente!

Saludos[/quote


Pagaré en principio el período mal pago ya que son solo 30 pesos.
NO SE ENTIENDE , EL PERIODO TIENE QUE SER DE $ 23, PORQUE $ 30

Respecto de los intereses resarcitorios, para saber como los imputaron, la jubilable puede pedir una sabana de aportes para saber si la deuda está en cero? se pagaron el jueves pasado en una sucursal del BAPRO (tipo pago fácil), cuánto tiempo tardan en computarse?
NO DECIS QUE LOS INTERESES , LO IMPUTARON A DIFERENCIA DE CAPITAL, DE QUE INTERESES ME ESTAS HABLANDO , HAY QUE PAGAR DE NUEVO LOS INTERSES, SI LOS MISMOS NO ESTAN IMPUTADOS, SALVO LOS QUE IMPUTARON BIEN

VOS TENES QUE VOLCAR EN ST. D E REVISTA EN EL SICAM, TODOS LOS PERIODOS D E SDM, LIQUIDAS Y TE VAS AL DETALLE D E DEUDA Y AHI TE VA ARROJAR
LA DEUDA CORRESPONDIENTE
SI SON PERIODOS DESPUES DEL 06/2004, TE VAS AL CUENTA CORRIENTE , ELEGIS CUANDO VAS A PAGAR LA DEUDA Y GENERAS LOS VOLANTES CORRESPONDIENTES
QUE TE VA A LARGAR DE ACUERDO AL FORMULARIO CORRESPONDIENTE 102 Y 575
 #818801  por camilauba2011
 
Pagaré en principio el período mal pago ya que son solo 30 pesos.
NO SE ENTIENDE , EL PERIODO TIENE QUE SER DE $ 23, PORQUE $ 30

SON 30$ PORQUE DONDE SE CONFUNDIERON DE PERÍODO FUE EN UN FORMULARIO 575 PERO DE INTERESES RESARCITORIOS


Respecto de los intereses resarcitorios, para saber como los imputaron, la jubilable puede pedir una sabana de aportes para saber si la deuda está en cero? se pagaron el jueves pasado en una sucursal del BAPRO (tipo pago fácil), cuánto tiempo tardan en computarse?
NO DECIS QUE LOS INTERESES , LO IMPUTARON A DIFERENCIA DE CAPITAL, DE QUE INTERESES ME ESTAS HABLANDO , HAY QUE PAGAR DE NUEVO LOS INTERSES, SI LOS MISMOS NO ESTAN IMPUTADOS, SALVO LOS QUE IMPUTARON BIEN

EL CAPITAL DE 20 PESOS DE CADA MES CON EL FORMULARIO 102 LO IMPUTARON BIEN.
EL TEMA SON LOS PAGOS CON LOS F 575. YO UTILICE UN 575 PARA LOS 23 PESOS (DIFERENCIA DE CONTRIBUCIONES) Y OTRO 575 PARA LOS INTERESES RESARCITORIOS, ES DECIR DOS FORMULARIOS 575 POR MES.

AHORA, EN EL TICKET DE PAGO DE ESTOS FORMULARIOS 575, SOLO PUSIERON COMO CONCEPTO "DIFERENCIA DE CONTRIBUCIONES" SIN DISCRIMINAR ENTRE LOS SUBCONCEPTOS "DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES" (MISMO NOMBRE QUE EL CONCEPTO) E "INTERESES RESARCITORIOS"

MI PREOCUPACIÓN, ES QUE AL NO DIFERENCIAR EN EL TICKET DE PAGO LOS SUBCONCEPTOS, NO TERMINEN POR TOMAR NINGUN PAGO DE LOS F 575.

YA LIQUIDE E ENVIÉ EL PLAN ANTES DE PAGAR, CONSIDERANDO QUE AHORA NO ES NECESARIO TENER DEUDA 0.


ESPERO QUE SE HAYA ENTENDIDO Y ALGUIEN ME PUEDA ORIENTAR

MUCHAS GRACIAS





VOS TENES QUE VOLCAR EN ST. D E REVISTA EN EL SICAM, TODOS LOS PERIODOS D E SDM, LIQUIDAS Y TE VAS AL DETALLE D E DEUDA Y AHI TE VA ARROJAR
LA DEUDA CORRESPONDIENTE
SI SON PERIODOS DESPUES DEL 06/2004, TE VAS AL CUENTA CORRIENTE , ELEGIS CUANDO VAS A PAGAR LA DEUDA Y GENERAS LOS VOLANTES CORRESPONDIENTES
QUE TE VA A LARGAR DE ACUERDO AL FORMULARIO CORRESPONDIENTE 102 Y 575
MARIO1943
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