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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #817662  por leandrocar
 
Hola colegas, les planteo mi duda al respecto: en una sucesion con 4 heredoros, en la q 2 de ellos quieren vender sus dchos sucesorios. la sucesion fue iniciada hace 2 decadas y solo esta dictada la declaratoria de herederos. mi preg es: q tipo de inconvenientes puede llegar a tener el comprador de esos dchos sucesorios?.
 #817700  por ANAMARIAP
 
comprarse un quilombo por dos mangos!

puede haber herederos que no estén presentados, puede haber herederos muertos y de los cuales hay que hacer mas sucesiones, puede que alguien tenga derecho a habitar el inmueble, puede que nunca se pongan de acuerdo en vender, en el precio, con quien y cuando, puede que ante falta de acuerdos se remate por cincuenta centavos, pueden ser tantas cosas.

Si alguien quiere hacer negocios, de esa forma va por mal camino.

Un saludo, ANAMARIA
 #818846  por legalescom
 
LEANDROCARP : A pesar de todos los inconvenientes que te enumera Anamariap, así y todo, podría adquirir, mediante cesión de derechos hereditarios, ese 50 % del sucesorio, siempre y cuando: 1) de solo una seña para reserva; 2) haga directamente la cesiòn de derechos hereditarios ante el escribano, que pedirá, previamente, certificados de dominio, inhibiciones, etc.; 3) tome simultaneamente la posesiòn del bien, del que adqurirá el 50 %, mediante tracto abreviado; 4)Despúes de todo eso, se ponga en conctacto con el resto de los herederos para encarar la compra del otro 50%. Qué tal?, sino, para qué somos abogados, si pateamos a los clientes? atte. Legalescom
 #818888  por ANAMARIAP
 
legalescom escribió:LEANDROCARP : A pesar de todos los inconvenientes que te enumera Anamariap, así y todo, podría adquirir, mediante cesión de derechos hereditarios, ese 50 % del sucesorio, siempre y cuando: 1) de solo una seña para reserva; 2) haga directamente la cesiòn de derechos hereditarios ante el escribano, que pedirá, previamente, certificados de dominio, inhibiciones, etc.; 3) tome simultaneamente la posesiòn del bien, del que adqurirá el 50 %, mediante tracto abreviado; 4)Despúes de todo eso, se ponga en conctacto con el resto de los herederos para encarar la compra del otro 50%. Qué tal?, sino, para qué somos abogados, si pateamos a los clientes? atte. Legalescom
Yo pienso que si insiste en comprar una parte, primero hable con el resto de los coherederos y despues todo lo demas. Es preferible asesorarlo de los inconvenientes y cobrar una consulta, a que se meta en un sin fin de problemas. Decirle a un cliente que no recomedable comprar una parte del bien sucesorio, no es patear clientes, es asesorarlo en el berenjenal en que se está metiendo, después en su caso, será su decisión. A veces hay que saber decirle "lo que no quiere escuchar" pero que es de su conveniencia.

Un saludo, ANAMARIA
 #818893  por Tuiti
 
ANAMARIAP escribió: Yo pienso que si insiste en comprar una parte, primero hable con el resto de los coherederos y despues todo lo demas. Es preferible asesorarlo de los inconvenientes y cobrar una consulta, a que se meta en un sin fin de problemas. Decirle a un cliente que no recomedable comprar una parte del bien sucesorio, no es patear clientes, es asesorarlo en el berenjenal en que se está metiendo, después en su caso, será su decisión. A veces hay que saber decirle "lo que no quiere escuchar" pero que es de su conveniencia.

Un saludo, ANAMARIA
¡¡¡ Bien !!! :P