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  • VENCIMIENTO DE CONTRATO DE LOCACION

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 #818912  por LUCITO08
 
Estimados colegas. Necesito una opinion. Mi cliente alquilo un dpto por dos años cuyo vencimiento fue el 1° de Marzo. No se llego a un acuerdo para renovar el mismo pero de todas maneras el inquilino abono el mes de marzo y se le entrego un recibo (le pago lo que venia abonando segun el contrato vencido).-
Pienso enviar CD intimando a la restitucion del inmueble basandome en los articulos 1604 inc. 1°, 1609 y 1622 del CC. Antes de enviarla me gustaria escuchar sus opiniones, por si me estoy equivocando
Otra duda es con respecto al plazo para la restitucion, entiendo que el plazo de tres meses es cuando no hay contrato de por medio alguno, por lo que yo podria fijar un plazo razonable (un mes y medio o dos meses por ejemplo)???. Gracias
 #818989  por andresxeneizes
 
si el contrato esta vencido entiendo que no necesitas darle un plazo, eso si en este caso como minimo le vas a tener que decir que te entreguen el inmueble el 1 de abril, porque aun cuando no hubiera contrato ellos pagaron el alquiler y el dueño lo recibio
 #819024  por cfg
 
Es como dice Andres entrega el 1º de abril bajo apercibimiento de cobrar ... (¿hay cláusulas en el contrato por no devolución en el momento de vencimiento?) e iniciar las acciones legales por cobro y desalojo, c/ copia al/los fiador/es
 #819664  por Marianok
 
Deciles que no reciban el pago de meses que no quieren alquilar, porque el inquilino se va a seguir quedando. Hay que comunicarle que venció el plazo y si hace caso omiso esperás al 1ro de Abril y le mandás la carta documento.
Cómo hacés con los honorarios ? Porque yo tuve un caso similar y logramos desalojarlo sin juicio de desalojo. Pero el cliente solo me pagó la consulta. O sea, lo malo de no iniciar juicio de desalojo es que se dificulta el cobro de honorarios.