Hola, soy de Rosario (Santa Fe), estoy respresentando a la parte actora en un litigio laboral, lo que debo cobrar es lo que me regula el juez en la sentencia y lo pagará la parte perdidosa, supongamos que mi parte gane el juicio, osea la parte demandada me deberá pagar los honorarios, pero además de eso yo le puedo cobrar por mi cuenta algún dinerillo más a mi cliente, hay un límite para ello??
el que gana le cobra a las dos partes.
respecto de tu parte, el limite en fuero laboral es 20% y en fuero civil 30%
respecto de la otra parte le cobraras lo que regule el juez