Resulta ser que en el año 2008 una mujer se divorcia y en el mismo año se dicta sentencia por alimentos fijándose la cuota.
El padre nunca se aviene a cumplimentar su obligación, con lo cual la madre decide embargar bienes de su anterior cónyuge.
No he visto el expediente todavía, pero por lo que la mujer comenta, se hizo un convenio el cual se homologo donde la casa quedo a su nombre y fue inscripta por ella como BDF y dos salones quedaron como bienes gananciales????????????....
la pregunta es... en base a esos alimentos con los cuales nunca cumplio, de no estar liquidada la SC... se pueden ejecutar y embargar los bienes teoricamente gananciales, cosa poco creible, o primeramente debe liquidarse?...
de hacerlo, en los dos casos, sea q estuviera liquidada o no, el embargo alimentario tendría prioridad?.. ello por cuanto existen otros embargos sobre los bienes.
desde ya muchas gracias!!
El padre nunca se aviene a cumplimentar su obligación, con lo cual la madre decide embargar bienes de su anterior cónyuge.
No he visto el expediente todavía, pero por lo que la mujer comenta, se hizo un convenio el cual se homologo donde la casa quedo a su nombre y fue inscripta por ella como BDF y dos salones quedaron como bienes gananciales????????????....
la pregunta es... en base a esos alimentos con los cuales nunca cumplio, de no estar liquidada la SC... se pueden ejecutar y embargar los bienes teoricamente gananciales, cosa poco creible, o primeramente debe liquidarse?...
de hacerlo, en los dos casos, sea q estuviera liquidada o no, el embargo alimentario tendría prioridad?.. ello por cuanto existen otros embargos sobre los bienes.
desde ya muchas gracias!!