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  • Sentencia de divorciio y divsion de bienes. Duda

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 #819698  por Legallex
 
Tengo una duda, parece una estupidez pero bueno, recien empiezo y es mi primer juicio, la verdad que por ahora todo me resulta un KILOMBO (perdon por la palabra pero es la mejor para descrbir lo que siento) leyes de aqui y de alla se me mezcla todo en la cabeza.. Bueno, es bien sabido que la sentencia de divorcio disuelve el vinculo matrimonial, ahora bien, el tema de la divison de bienes es un proceso aparte del de divorcio?? se hace despues de la inscripcion de la sentencia en en registro civil?? Muchas gracias desde ya por sus amables respuestas.
 #819745  por SILVESTRE
 
Hola colega, no desesperar.-
El divorcio ademas de disolver el vinculo genera un efecto patrimonial en relacion a la sociedad conyugal.-
Si lees con atención la parte dispositiva de la sentencia observaras que dice decretar disuelta la sociedad conyugal de manera retroactiva a la fecha de presentacion de la demanda, esto esta expresamente establecido en el por ahora vigente codigo civil.-
Que significa? que en principio todos los bienes aquiridos con posterioridad a esa fecha no integran la sociedad conyugal.-
La liquidacion de sociedad conyugal es un juicio aparte, si? ingresa por RGE (prov. de bs as) si estas en capital ingresa por donde ingresas todas las causas, que creo es la Camara la que sortea.-
EL juicio de liquidacion tiende justamente a liquidar los bienes prima facie es un juicio sencillo pero para hacer bien hay que determinar cuales son los bienes y cuales son las cargas de la sociedad, es decir determinar activo menos pasivo.-
Para iniciar este juicio no es necesaria la inscripcion de la sentencia de divorcio en el reg. civil.-
Espero haber sido claro.-
saludos y cualquier pregunta aqui estare.-
 #819779  por Legallex
 
SILVESTRE escribió:Hola colega, no desesperar.-
El divorcio ademas de disolver el vinculo genera un efecto patrimonial en relacion a la sociedad conyugal.-
Si lees con atención la parte dispositiva de la sentencia observaras que dice decretar disuelta la sociedad conyugal de manera retroactiva a la fecha de presentacion de la demanda, esto esta expresamente establecido en el por ahora vigente codigo civil.-
Que significa? que en principio todos los bienes aquiridos con posterioridad a esa fecha no integran la sociedad conyugal.-
La liquidacion de sociedad conyugal es un juicio aparte, si? ingresa por RGE (prov. de bs as) si estas en capital ingresa por donde ingresas todas las causas, que creo es la Camara la que sortea.-
EL juicio de liquidacion tiende justamente a liquidar los bienes prima facie es un juicio sencillo pero para hacer bien hay que determinar cuales son los bienes y cuales son las cargas de la sociedad, es decir determinar activo menos pasivo.-
Para iniciar este juicio no es necesaria la inscripcion de la sentencia de divorcio en el reg. civil.-
Espero haber sido claro.-
saludos y cualquier pregunta aqui estare.-
La verdad que te agradezco muchismo SILVESTRE! estaba re perdido, yo estoy en provncia.. osea que a mi cliente le tengo que decir que despues del juicio de divorcio va a tener que pagar otro jucio mas, porque lo que quiere el es que la mujer le pague la mitad de la casa que es una bien ganancial ya que la compraron cuando se casaron..tenes una idea de cuanto se cobra de honorarios por el juicio de liqudacion de la sociedad conyugal?? muchas gracias de nuevo!
 #819819  por LorePerez
 
Perdon, pero es un mutuo acuerdo?????
Porque si es u mutuo acuerdo, no es necesario hacer dos juicios, dado q podes hacer un acuerdo privado y luego glosarlo al expediente, o en la misma demanda haces la division, y luego una vez q esta el divorcio inscripto, cada uno inscribe lo suyo. Yo lo he hecho asi.
 #819851  por Legallex
 
LorePerez escribió:Perdon, pero es un mutuo acuerdo?????
Porque si es u mutuo acuerdo, no es necesario hacer dos juicios, dado q podes hacer un acuerdo privado y luego glosarlo al expediente, o en la misma demanda haces la division, y luego una vez q esta el divorcio inscripto, cada uno inscribe lo suyo. Yo lo he hecho asi.
Hola Lore, la verdad que me fuiste de mucha ayuda! gracias! mira el divorcio todavia no esta inciado, yo le dje al hombre este que trate de covencer a la mujer de hacerlo de mutuo acuerdo porque sino le va a costar mucho mas plata y le va a llevar mas tiempo, cuando hable con ella me va a llamar por telefono. Saludos y muchas gracias de nuevo!
 #819856  por Doncella_de_Orleans
 
Hacé una presentación conjunta como te dijo Lore (215 CC), en donde además de solicitar se decrete el divorcio vincular , podés acordar sobre la liquidación de la sociedad conyugal (único caso en que el código permite acordar sobre el tema antes de estar disuelto el vínculo - por supuesto, atado a la sentencia de divorcio). En ese capitulo las partes acuerdan respecto de cuáles son los bienes gananciales y cómo se adjudicarán. Listo, cuando sale la sentencia con el divorcio, sale la homologación (si no hay menores donde además necesitas vista al asesor, etc.) del acuerdo y se inscriben ambas cosas, cada una en su registro.
Hacelo todo junto para que no se contenten con el divorcio y a las palabras bonitas que se dijeron al prometerse los bienes se las lleve el viento y luego de estar divorciados se arrepientan.
 #819876  por Legallex
 
Doncella_de_Orleans escribió:Hacé una presentación conjunta como te dijo Lore (215 CC), en donde además de solicitar se decrete el divorcio vincular , podés acordar sobre la liquidación de la sociedad conyugal (único caso en que el código permite acordar sobre el tema antes de estar disuelto el vínculo - por supuesto, atado a la sentencia de divorcio). En ese capitulo las partes acuerdan respecto de cuáles son los bienes gananciales y cómo se adjudicarán. Listo, cuando sale la sentencia con el divorcio, sale la homologación (si no hay menores donde además necesitas vista al asesor, etc.) del acuerdo y se inscriben ambas cosas, cada una en su registro.
Hacelo todo junto para que no se contenten con el divorcio y a las palabras bonitas que se dijeron al prometerse los bienes se las lleve el viento y luego de estar divorciados se arrepientan.
Hola Doncella, si, lo que decis seria lo "ideal" el hombre este no tiene problemas en hacerlo de mutuo acuerdo, la mujer no se, hoy me va a contestar, si el no pudo convencerla voy a hablar yo con ella y sino vamos a tener que ir a un contradictorio, aca no hay menores de por medio asi que la cuestion sera mas sencilla.. Te agradezco mucho porque no tenia en cuenta que podia hacerse de esa manera, me refiero a lo de hacer todo junto: divorcio + acuerdo sobre la liquidacion de la sociead conyugal y posterior homologacion e inscripcion de este ultimo cuando sale la sentencia y se inscribe... Saludos y otra vez muchos gracias!
 #820141  por LorePerez
 
De nada!!!!!!
Si podes, hacelo asi que es mas facil. Y sale rapido, mas si no hay menores.
Si despues necesitas un modelo, avisa q te lo mando.
Suerte!!
 #820221  por SILVESTRE
 
Doncella_de_Orleans escribió:Hacé una presentación conjunta como te dijo Lore (215 CC), en donde además de solicitar se decrete el divorcio vincular , podés acordar sobre la liquidación de la sociedad conyugal (único caso en que el código permite acordar sobre el tema antes de estar disuelto el vínculo - por supuesto, atado a la sentencia de divorcio). En ese capitulo las partes acuerdan respecto de cuáles son los bienes gananciales y cómo se adjudicarán. Listo, cuando sale la sentencia con el divorcio, sale la homologación (si no hay menores donde además necesitas vista al asesor, etc.) del acuerdo y se inscriben ambas cosas, cada una en su registro.
Hacelo todo junto para que no se contenten con el divorcio y a las palabras bonitas que se dijeron al prometerse los bienes se las lleve el viento y luego de estar divorciados se arrepientan.

De ser como expusiste esta es la solucion, saludos
 #820263  por Doncella_de_Orleans
 
Legallex escribió:
La verdad que te agradezco muchismo SILVESTRE! estaba re perdido, yo estoy en provncia.. osea que a mi cliente le tengo que decir que despues del juicio de divorcio va a tener que pagar otro jucio mas, porque lo que quiere el es que la mujer le pague la mitad de la casa que es una bien ganancial ya que la compraron cuando se casaron..tenes una idea de cuanto se cobra de honorarios por el juicio de liqudacion de la sociedad conyugal?? muchas gracias de nuevo!

Ojo!!!! que hagas la liquidación junto con el divorcio como te sugerimos, no significa que el cliente te pague el divorcio y de yapa vaya la liquidación ehhhhhh!!!!!!!!! Paga por todo, que es distinto a pagar por solo el divorcio. Digamos que puede ser menos que por dos juicios separados pero no lo mismo que por uno soloooo
 #820276  por Legallex
 
LorePerez escribió:De nada!!!!!!
Si podes, hacelo asi que es mas facil. Y sale rapido, mas si no hay menores.
Si despues necesitas un modelo, avisa q te lo mando.
Suerte!!
Otra vez muchas gracias Lore, mucha suerte tambien para vos!
 #820279  por Legallex
 
Doncella_de_Orleans escribió:
Legallex escribió:
La verdad que te agradezco muchismo SILVESTRE! estaba re perdido, yo estoy en provncia.. osea que a mi cliente le tengo que decir que despues del juicio de divorcio va a tener que pagar otro jucio mas, porque lo que quiere el es que la mujer le pague la mitad de la casa que es una bien ganancial ya que la compraron cuando se casaron..tenes una idea de cuanto se cobra de honorarios por el juicio de liqudacion de la sociedad conyugal?? muchas gracias de nuevo!

Ojo!!!! que hagas la liquidación junto con el divorcio como te sugerimos, no significa que el cliente te pague el divorcio y de yapa vaya la liquidación ehhhhhh!!!!!!!!! Paga por todo, que es distinto a pagar por solo el divorcio. Digamos que puede ser menos que por dos juicios separados pero no lo mismo que por uno soloooo
Ok, y no tenes una idea de cuanto le deberia cobrar por el divorcio de mutuo acuerdo mas la liquidacion? Gracias nuevamente, la verdad que se aprende un monton en este foro! Saludos!
 #820293  por SILVESTRE
 
MIra, el divorcio por presentacion conjunta hoy en dia no menos de $6000, la liquidacion de sociedad conyugal depende del valor de los bienes, la ley de honorarios de la pcia es clara, mirala.-
Claro que empieza la gran y remanida discusion de cuanto cobrar, valor real, valuacion fiscal, bueno eso depende de lo que negocies, y ese es el gran partido que nos toca jugar a los profesionales del derecho.-
Estaria bueno que averiguaras a cuanto asciende la valuacion fiscal, esta a vuelo de pajaro la obtenes del impuesto inmobiliario (ojo que ese no te va a servir para pagar la tasa y sobretasa pues eso es un tramite que se hace en ARBA pagando un sellado de $50).-
Si me tiras la valuacion fiscal en base a la ley de honorarios te digo cuanto te pueden regular.-
Tene en cuenta que cobres lo que cobres siempre los gastos aparte, pues para inscribir bienes ademas de los certificados de inhibicion, y dominio, mas valuacion fiscal tenes el pago de la tasa y sobretasa de justicia, mas los aportes mas ingresos brutos, te digo esto porque sino lo tenes en cuenta perdes plata.-
Ademas a los fines de inscribir tambien se necesita confeccionar la cedula catastral, tarea que realiza un agrimensor, con sus respectivos honorarios y claro esta los honorarios por el tramite de inscripcion.-
Que te quiero decir? pensa bien los numeros porque despues decis blanco no podes volver para atras y tenes un tremendo dolor de cabeza.-
Nosotros por combos de esta naturaleza y teniendo en cuenta el valor de los bienes tratamos de partir la diferencia entre la valuacion fiscal y la real para obtener la base regulatoria, y claro a los fines ficales denunciamoes que hemos percibido el minimo legal y pagamos tasa por valucion fiscal que normalmente es inferior al valor real.-
De la base asi calculada entre un 6% y un 10% me parece bien, no es extraordinario pero esta bien, mas los $6000 del divorcio.-
La otra es regulacion judicial como dios manda.-
Espero ser claro, estando a tu disposición para lo que precises.-
Consejo: en el foro se aprende pero no dejes de mirar la ley de honorarios y la ley de tasa, pues es preciso que las manejes y en base a eso despues te moves, pues muchas veces es dificial para los colegas por este medio dar una respuesta totalmente correcta, pensa que lo que han aqui, con muy buen criterio es orientarte, y esta bien que asi sea.-
Ademas tene en cuenta los distintos efectos de un divorcio contradictorio y otro por presentacion conjunta, tenes que informarle a tus clientes cuales son las diferencias y efectos, por otra parte hay juzgados que no aceptan el unico patrocinio para un divorcio por presentacion conjnta, en fin mucha tela para cortar.-
Me despido pues lo hice muy largo, cualquier dudas, consulta que aca estaremos
saludos
 #820316  por Legallex
 
SILVESTRE escribió:MIra, el divorcio por presentacion conjunta hoy en dia no menos de $6000, la liquidacion de sociedad conyugal depende del valor de los bienes, la ley de honorarios de la pcia es clara, mirala.-
Claro que empieza la gran y remanida discusion de cuanto cobrar, valor real, valuacion fiscal, bueno eso depende de lo que negocies, y ese es el gran partido que nos toca jugar a los profesionales del derecho.-
Estaria bueno que averiguaras a cuanto asciende la valuacion fiscal, esta a vuelo de pajaro la obtenes del impuesto inmobiliario (ojo que ese no te va a servir para pagar la tasa y sobretasa pues eso es un tramite que se hace en ARBA pagando un sellado de $50).-
Si me tiras la valuacion fiscal en base a la ley de honorarios te digo cuanto te pueden regular.-
Tene en cuenta que cobres lo que cobres siempre los gastos aparte, pues para inscribir bienes ademas de los certificados de inhibicion, y dominio, mas valuacion fiscal tenes el pago de la tasa y sobretasa de justicia, mas los aportes mas ingresos brutos, te digo esto porque sino lo tenes en cuenta perdes plata.-
Ademas a los fines de inscribir tambien se necesita confeccionar la cedula catastral, tarea que realiza un agrimensor, con sus respectivos honorarios y claro esta los honorarios por el tramite de inscripcion.-
Que te quiero decir? pensa bien los numeros porque despues decis blanco no podes volver para atras y tenes un tremendo dolor de cabeza.-
Nosotros por combos de esta naturaleza y teniendo en cuenta el valor de los bienes tratamos de partir la diferencia entre la valuacion fiscal y la real para obtener la base regulatoria, y claro a los fines ficales denunciamoes que hemos percibido el minimo legal y pagamos tasa por valucion fiscal que normalmente es inferior al valor real.-
De la base asi calculada entre un 6% y un 10% me parece bien, no es extraordinario pero esta bien, mas los $6000 del divorcio.-
La otra es regulacion judicial como dios manda.-
Espero ser claro, estando a tu disposición para lo que precises.-
Consejo: en el foro se aprende pero no dejes de mirar la ley de honorarios y la ley de tasa, pues es preciso que las manejes y en base a eso despues te moves, pues muchas veces es dificial para los colegas por este medio dar una respuesta totalmente correcta, pensa que lo que han aqui, con muy buen criterio es orientarte, y esta bien que asi sea.-
Ademas tene en cuenta los distintos efectos de un divorcio contradictorio y otro por presentacion conjunta, tenes que informarle a tus clientes cuales son las diferencias y efectos, por otra parte hay juzgados que no aceptan el unico patrocinio para un divorcio por presentacion conjnta, en fin mucha tela para cortar.-
Me despido pues lo hice muy largo, cualquier dudas, consulta que aca estaremos
saludos
Muchsimas gracias, excelente tu respuesta, este post me lo voy a guardar en word proque me va a ser de muchisima utilidad! Saludos y mucha suerte!
 #820383  por LorePerez
 
Legallex escribió:
LorePerez escribió:De nada!!!!!!
Si podes, hacelo asi que es mas facil. Y sale rapido, mas si no hay menores.
Si despues necesitas un modelo, avisa q te lo mando.
Suerte!!
Otra vez muchas gracias Lore, mucha suerte tambien para vos!
De nada!!!!! si yo puedo ayudar, no tengo problema en hacerlo. Nada mejor q ayudarnos entre nos.