Estimados, ya consulté sobre este tema pero no me quedó claro, estoy haciendo una impugnación de reconocimiento, el reconociente y la mamá de la menor, en su representación, ya están declarados rebeldes, ahora el exp. pasó al cuerpo médico forense para que fije turno para ADN, el tema es que sé que no se presentarán al análisis ni reconociente ni la mamá con la menor, lo que quiero saber es qué pasará en ese caso, directamente el juez ordenará la inscripción de la menor a nombre de mi cliente?
Desde ya muchas gracias.
Desde ya muchas gracias.