Hola les pido ayuda con el siguiente caso llega cliente con cedula traslado de demanda por alimentos iniciado ante Juzgado de Paz Letrado, fijan audiencia art. 636 e indican que ese mismo día celebrara audiencia donde absolverá posiciones el demandado por supuesto ello si no hay acuerdo.
Mis dudas son las siguientes debo contestar la demanda y presentarla antes de la audiencia y dentro del plazo de 10 días de estar notificado mi cliente o se puede llevar la contestación el día de la audiencia frente a la posibilidad que no se de acuerdo???
Gracias.
Mis dudas son las siguientes debo contestar la demanda y presentarla antes de la audiencia y dentro del plazo de 10 días de estar notificado mi cliente o se puede llevar la contestación el día de la audiencia frente a la posibilidad que no se de acuerdo???
Gracias.