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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #815633  por periquita
 
Dra.Moce escribió:Hola a todos, necesitaría ayuda, ya que tengo que hacer una jubilación de una docente en capital y no se para donde agarrar.
Mi clienta tiene certificación de servicios y remuneraciónes emitido por el anses, ¿o por el empleador? donde surge 27 años de servicios en una escuela privada en capital, como docente al frente de grado.
Tiene 65 años y la intimaron mediante carta documento, para que se jubile. Plazo hasta julio de este año.
Asimismo, con tiene otros aportes para una empresa en los años 1972/80. Todo esto surge también de la sabana de aportes.
Que tengo que hacer? agradecería que me ayuden. Mi mails es PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.
Lo que te conviene es interiorizarte un poco y luego plantear tus dudas.
En el foro hay mucho escrito sobre el tema, en este mismo post también. Te conviene poner el buscador.
Luego te orientamos.


Mil Gracias.
 #815929  por SANTI07
 
periquita escribió:
jeanvaljean02 escribió:Fue secretaria, vicedirectora, directora (cuando no estuvo frente a alumnos), el resto siempre frente a alumnos.
Para ANSES los tres cargos se consideran frente a alumnos.

Saludos.

Secretaria son servicios comunes, vicedirectora y directora son docentes. Se uitiliza distontos codigos de carga para determinar el derecho.
 #815938  por periquita
 
SANTI07 escribió:
periquita escribió:
jeanvaljean02 escribió:Fue secretaria, vicedirectora, directora (cuando no estuvo frente a alumnos), el resto siempre frente a alumnos.
Para ANSES los tres cargos se consideran frente a alumnos.

Saludos.

Secretaria son servicios comunes, vicedirectora y directora son docentes. Se uitiliza distontos codigos de carga para determinar el derecho.
La secretaria o el secretario es docente, no así todos los otros empleados que trabajen en la secretariía que son comunes.

Saludos
 #819371  por vrj
 
Hola, me llego una caso en el cual mi clienta es docente en capital, tiene 53 años y mas de 20 años de aportes con 10 frente al grado, esta en planta.-
Resulta que esta con enfermedad profesional hace 2 años (tiene trombofilia...) y la medica de la art le dice que nunca le va a dar el alta, que le conviene hacer el retiro por invalidez ya que asi esta cobrando mucho menos.-
Dudas? muchas...
Como es en este caso? que doc. presento ante el anses? y cual me entrega el colegio?
Con respecto al haber...cual se toma, porq en el ultimo no figura lo real...

Espero que me puedaS orientar un poco! no se bien como arrancar, gracias!!!
 #819407  por periquita
 
vrj escribió:Hola, me llego una caso en el cual mi clienta es docente en capital, tiene 53 años y mas de 20 años de aportes con 10 frente al grado, esta en planta.-
Resulta que esta con enfermedad profesional hace 2 años (tiene trombofilia...) y la medica de la art le dice que nunca le va a dar el alta, que le conviene hacer el retiro por invalidez ya que asi esta cobrando mucho menos.-
Dudas? muchas...
Como es en este caso? que doc. presento ante el anses? y cual me entrega el colegio?
Con respecto al haber...cual se toma, porq en el ultimo no figura lo real...

Espero que me puedaS orientar un poco! no se bien como arrancar, gracias!!!
Te contesté en otro post que abriste por separado.

Suerte
 #819518  por mariae
 
hola, les hago una consulta, he realizado varias jubilaciones pero nunca una docente, me llego el caso de una docente que trabaja en un colegio privado y tyiene 60 años, quiere jubilarce, soy de la provincia de Entre Rios. Como se si esos aportes pertenecen a la caja provincial o a la ANSES? Se me generan dudas al respecto dado que en el recibo de sueldo figuran descuentos en concepto de Ley 19.032. Gracias a quien me pueda orientar
sin resolver esa duda no puedo avanzar en el estudio del caso. graciasç
 #819635  por periquita
 
mariae escribió:hola, les hago una consulta, he realizado varias jubilaciones pero nunca una docente, me llego el caso de una docente que trabaja en un colegio privado y tyiene 60 años, quiere jubilarce, soy de la provincia de Entre Rios. Como se si esos aportes pertenecen a la caja provincial o a la ANSES? Se me generan dudas al respecto dado que en el recibo de sueldo figuran descuentos en concepto de Ley 19.032. Gracias a quien me pueda orientar
sin resolver esa duda no puedo avanzar en el estudio del caso. graciasç
Depende si es colegio privado o estatal, si es primaria o secundaria.
Según eso sabrás a dónde se aportó. Desde 1994 todo lo docente debería estar aportado a la Caja de Entre Riós. Para lo anterior hay que saber esos datos.
Fijate en el recibo el descuento jubilatorio no el de la ley 19.032 que es el del I.S.S.J.P.
Saludos.
 #819863  por kellygi
 
periquita escribió:
kellygi escribió:Periquita: para la jubilacion autometica ordinaria.... No sé bien a qué jubilación te referís ¿a la J.A.D.? a partir de la renuncia al cargo y hasta q se otorgue la jubilacion cuanto tiempo pasa??? y en ese periodo mi clienta puede percibir un anticipo jubilatorio??? o es mejor que inicie una jub. a cierre condicionado de computo.... asi no se queda sin sueldo durante ese periodo
Es el mismo caso que consultaste antes?
Aclará un poco más si tiene que hacer el reco de ANSES o no
.

hola periquita..... si es el mismo caso, la sra. tiene 53 años y 24 años de aporte, cumple los 25 en septiembre, tengo q hacer un reco de anses, mi duda es q si inicio una JAD, cuando estara cobrando la sra.??? xq es el unico ingreso q tiene.....y como es el tema de la renuncia....es condicionada??? Tengo entendido q si inicio la jub. a cierre condicionado de computo va a tardar mas y mi clienta ya no quiere trabajar...
Ella puede renunciar a partir de abril, no??? Tambien me comento q queria pedir licencia x todo este año.....le conviene o no'??'
 #820017  por kellygi
 
kellygi escribió:
periquita escribió:
kellygi escribió:Periquita: para la jubilacion autometica ordinaria.... No sé bien a qué jubilación te referís ¿a la J.A.D.? a partir de la renuncia al cargo y hasta q se otorgue la jubilacion cuanto tiempo pasa??? y en ese periodo mi clienta puede percibir un anticipo jubilatorio??? o es mejor que inicie una jub. a cierre condicionado de computo.... asi no se queda sin sueldo durante ese periodo
Es el mismo caso que consultaste antes?
Aclará un poco más si tiene que hacer el reco de ANSES o no
.

hola periquita..... si es el mismo caso, la sra. tiene 53 años y 24 años de aporte, cumple los 25 en septiembre, tengo q hacer un reco de anses, mi duda es q si inicio una JAD, cuando estara cobrando la sra.??? xq es el unico ingreso q tiene.....y como es el tema de la renuncia....es condicionada??? Tengo entendido q si inicio la jub. a cierre condicionado de computo va a tardar mas y mi clienta ya no quiere trabajar...
Ella puede renunciar a partir de abril, no??? Tambien me comento q queria pedir licencia x todo este año.....le conviene o no'??'
otra cosa q me olvide...mi clienta fue titular de una escuela transferida de avellaneda en los años 1987-1993, pero recien me fije en la historia laboral de anses y no aparece nada, como si no hubiese aportado.
 #820064  por periquita
 
Te contesto desde lo que escribís ahora, no voy a buscar tus entradas anteriores.
La verdad que es mejor abrir un nuevo post para hacer la consulta, porque todo queda ahí y se puede repasar la situación para seguir contestando, acá es imposible.
Me gustaría que se cerrara este post, que no inicié yo, pero no sé cómo se hace.

kellygi escribió:
periquita escribió:
kellygi escribió:Periquita: para la jubilacion autometica ordinaria....
No sé bien a qué jubilación te referís ¿a la J.A.D.?
a partir de la renuncia al cargo y hasta q se otorgue la jubilacion cuanto tiempo pasa??? y en ese periodo mi clienta puede percibir un anticipo jubilatorio??? o es mejor que inicie una jub. a cierre condicionado de computo.... asi no se queda sin sueldo durante ese periodo
Es el mismo caso que consultaste antes?
Aclará un poco más si tiene que hacer el reco de ANSES o no
.

hola periquita..... si es el mismo caso, la sra. tiene 53 años y 24 años de aporte, cumple los 25 en septiembre, tengo q hacer un reco de anses, mi duda es q si inicio una JAD para poder iniciarla tenés que tener listo el reco de ANSES
, cuando estara cobrando la sra.??? Al mes siguiente de la renuncia, si presenta todo bien no se queda sin cobrar ningún mes
xq es el unico ingreso q tiene.....y como es el tema de la renuncia....es condicionada??? no, es cese ordinario, definitivo
mas y mi clienta ya no quiere trabajar...
Ella puede renunciar a partir de abril, no??? sí, pero tiene que estar segura de tener el reco para presentar por lo menos 3 meses antes del cese.
Tambien me comento q queria pedir licencia x todo este año.....le conviene o no'??'
no es cuestión de conveniencia sino de que se la den. Si es licencia con sueldo no le afecta a la jubilación
 #820068  por periquita
 
kellygi escribió: otra cosa q me olvide...mi clienta fue titular de una escuela transferida de avellaneda en los años 1987-1993, pero recien me fije en la historia laboral de anses y no aparece nada, como si no hubiese aportado.
Muchas veces no aparece en ANSES antes de 1994. No importa, si lleva toda la documentación se lo van a reconocer. Supongo que hablamos de un secundario....

Saludos
 #820130  por kellygi
 
Gracias por tu ayuda periquita.....sii la licencia seria con goce de sueldo, entonces le digo q la solicite y yo sigo con el tramite jubilatorio..,
 #820162  por smk
 
hola !
tengo un jubilado que tramito su jubilacion en España, en los 90, ahora volvio al pais y quiere ver que puede hacer para actualizar sus haberes .
Ha trabajado inicialmente en Argentina como Empleado, como Arquitecto y también como Profesor en Escuelas de Formación Profesional, de Formación Industrial, y en la Universidad de Buenos Aires, con dedicación exclusiva, y también desempeño las mismas actividades en España, y por las que realicé los aportes previsionales correspondientes.
Tiene 90 años, ha trabajado y aportado durante más de 35 años, en Argentina y en España y, actualmente, esta cobrando $ 937,18.
He pedido al gobierno de la Ciudad que actualizara los cargos correspondientes a un cargo de profesor 3 hs catedra (nivel medio) con 70% de antiguedad y me pasaron $ 594.09 (que fueron sus ultimos años 10 años antes de partir)
Si bien los aportes en Argentina terminaron en 1971, es decir bajo el régimen de la Ley 18037, como la Jubilación se inició en 1998, se me aplicó la Ley 24241.

Que me sugiere que haga?
 #820207  por periquita
 
smk escribió:hola !
tengo un jubilado que tramito su jubilacion en España, en los 90, ahora volvio al pais y quiere ver que puede hacer para actualizar sus haberes .
Ha trabajado inicialmente en Argentina como Empleado, como Arquitecto y también como Profesor en Escuelas de Formación Profesional, de Formación Industrial, y en la Universidad de Buenos Aires, con dedicación exclusiva, y también desempeño las mismas actividades en España, y por las que realicé los aportes previsionales correspondientes.
Tiene 90 años, ha trabajado y aportado durante más de 35 años, en Argentina y en España y, actualmente, esta cobrando $ 937,18.
He pedido al gobierno de la Ciudad que actualizara los cargos correspondientes a un cargo de profesor 3 hs catedra (nivel medio) con 70% de antiguedad y me pasaron $ 594.09 (que fueron sus ultimos años 10 años antes de partir)
Si bien los aportes en Argentina terminaron en 1971, es decir bajo el régimen de la Ley 18037, como la Jubilación se inició en 1998, se me aplicó la Ley 24241.

Que me sugiere que haga?
Hola smk
Te sugiero que abras un nuevo post con tu consulta que tienen aristas mucho más amplias que la de una jubilación docente, que con lo que decis SÓLO 3 HS. DE CÁTEDRA no tiene ningún sentido solicitarla porque no llega ni al mínimo.
Aclará un poco más, los $ 937 quién los paga, España o Argentina?
¿Cuántos años aportó en cada país?
Saludos
 #820610  por lkgomez
 
Buenas tardes a todos!
Tengo una Sra. que tiene trabajado como docente 18 años en La Plata y 11 años en Capital. Dónde debo iniciar el expediente jubilatorio? Porque siempre hice jubilaciones docentes presentando todo en ANSeS...
Gracias por la ayuda que me puedan dar!
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