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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #820889  por martita
 
Queridos foristas.
por 1° vez en un Sicam me conviene poner SI en la moratoria 592 ( si pongo No me da deuda). Pero necesito completar 2 años para atras porque todo lo demas hasta 1993 está pago. Con la 592 no puedo cambiar ninguna categoría . PREGUNTA: ¿puedo ampliar 2 años del 65 al 67 (por ejemplo) en el Sicam 2 ?
Muchísimas gracias
 #820953  por arielruiz86
 
En ese caso (Sí opta por la moratoria 592/79) no solamente que podes, sino que debés hacerlo obligatoriamente según lo dispone la circular GP 38/10.
 #821004  por benfer
 
Si, debes hacerlo, y en esa ampliacion ponerle la actividad mas economica,