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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #782426  por ZULMAPEREZ
 
Hola estimados colegas. Tengo que iniciar una demanda de alimentos en provincia, y me surgio la duda si hay que iniciar mediacion previa antes. Alguien me cuenta como es el procedimiento en provincia?
Tengo entendido que se inicia demanda con documental y luego citan a audiencia... *leo*
 #782602  por NORMA
 
ZULMAPEREZ escribió:Hola estimados colegas. Tengo que iniciar una demanda de alimentos en provincia, y me surgio la duda si hay que iniciar mediacion previa antes. Alguien me cuenta como es el procedimiento en provincia?
Tengo entendido que se inicia demanda con documental y luego citan a audiencia... *leo*
Hola Zulma:depende del Tribunal o Juzgado que te toque (según mi experiencia) será el que fije el trámite de ALIMENTOS,algunos lo tramitan como Etapa Previa;fracasada esta pasan a la de conocimiento mientras que otros directamente lo fijan directamente como de conocimiento.

Si iniciaste el alimentos con la "Solicitud de Trámite" + la documental y el Tribunal/Juzgado le da el trámite de etapa previa,no hay problema...si te da como de conocimiento;entonces te solicitará que acompañes la demanda. *suerte* *suerte*
 #782603  por NORMA
 
ZULMAPEREZ escribió:Hola estimados colegas. Tengo que iniciar una demanda de alimentos en provincia, y me surgio la duda si hay que iniciar mediacion previa antes. Alguien me cuenta como es el procedimiento en provincia?
Tengo entendido que se inicia demanda con documental y luego citan a audiencia... *leo*
Hola Zulma:depende del Tribunal o Juzgado que te toque (según mi experiencia) será el que fije el trámite de ALIMENTOS,algunos lo tramitan como Etapa Previa;fracasada esta pasan a la de conocimiento mientras que otros directamente lo fijan directamente como de conocimiento.

Si iniciaste el alimentos con la "Solicitud de Trámite" + la documental y el Tribunal/Juzgado le da el trámite de etapa previa,no hay problema...si te da como de conocimiento;entonces te solicitará que acompañes la demanda. *suerte* *suerte*
 #782651  por Lawyer83
 
Hola Zulma,

Coincido con lo expuesto por la Colega Norma con anterioridad. Depende del Tribunal que te toque en Provincia. Por lo general (al menos por experiencia propia), le dan lugar a la Etapa Previa. En ese caso, con la Planilla de Solicitud de Trámite, más la documental (original y copia de partidas para ulterior desglose) y obviamente demás requisitos que se saben (Bono, Ius, etc); le das inicio y se fijará audiencia de EP. Luego, en caso de no haber acuerdo en esa instancia, se procederá al cierre de la misma (pudiendo hacerlo el Consejero de Familia, o peticionarlo cualquiera de las partes, y deberá notificarse a la contraria del auto que ordena la medida); entablándose luego de ello, la pertinente demanda. En caso de haber acuerdo en Etapa previa se procederá ulteriormente a Homologarse lo acordado, y deberá obviamente notificarse a la contraria de ello.

No obstante, de no ser así, quedate tranquila que el Tribunal mismo te solicitará que entables la mencionada demanda por Alimentos.

Saludos cordiales,
Atte.
Lorena.
 #782660  por ZULMAPEREZ
 
Muchas gracias por responder Dra. Norma y Lorena.
Lorena muy clara tu respuesta. y va otra prgunta con respecto a gastos:
Ademas de pagar bono e ius, pago tasa de justicia min $50 y s/ tasa $5???
Una vez que inicio en receptoria , me dan caratula y tengo que llevar al Tribunal o como es???
Desde ya muchas gracias.
 #782668  por ZULMAPEREZ
 
Lawyer83 escribió:Hola Zulma,

Coincido con lo expuesto por la Colega Norma con anterioridad. Depende del Tribunal que te toque en Provincia. Por lo general (al menos por experiencia propia), le dan lugar a la Etapa Previa. En ese caso, con la Planilla de Solicitud de Trámite, más la documental (original y copia de partidas para ulterior desglose) y obviamente demás requisitos que se saben (Bono, Ius, etc); le das inicio y se fijará audiencia de EP. Luego, en caso de no haber acuerdo en esa instancia, se procederá al cierre de la misma (pudiendo hacerlo el Consejero de Familia, o peticionarlo cualquiera de las partes, y deberá notificarse a la contraria del auto que ordena la medida); entablándose luego de ello, la pertinente demanda. En caso de haber acuerdo en Etapa previa se procederá ulteriormente a Homologarse lo acordado, y deberá obviamente notificarse a la contraria de ello.

No obstante, de no ser así, quedate tranquila que el Tribunal mismo te solicitará que entables la mencionada demanda por Alimentos.

Saludos cordiales,
Atte.
Lorena.
Muchas gracias Lorena, lei nuevamenete tu mens muy claro, osea que inicio y me fijan audiencia. hay que notificar o el tribunal notifica??? Me imagino que el tribunal, es mi primer alimentos y estoy desorientada ...
Gracias.
Zulma
 #782807  por ChristianM
 
buenas tardes, por ejemplo en mi provincia (tierra del fuego) la ley dispone que los juicios de alimentos están excentas del pago de la tasa de justicia. fijate que dice la ley respecto de tu provincia. saludos!
 #784026  por Lawyer83
 
ZULMAPEREZ escribió:
Lawyer83 escribió:Hola Zulma,

Coincido con lo expuesto por la Colega Norma con anterioridad. Depende del Tribunal que te toque en Provincia. Por lo general (al menos por experiencia propia), le dan lugar a la Etapa Previa. En ese caso, con la Planilla de Solicitud de Trámite, más la documental (original y copia de partidas para ulterior desglose) y obviamente demás requisitos que se saben (Bono, Ius, etc); le das inicio y se fijará audiencia de EP. Luego, en caso de no haber acuerdo en esa instancia, se procederá al cierre de la misma (pudiendo hacerlo el Consejero de Familia, o peticionarlo cualquiera de las partes, y deberá notificarse a la contraria del auto que ordena la medida); entablándose luego de ello, la pertinente demanda. En caso de haber acuerdo en Etapa previa se procederá ulteriormente a Homologarse lo acordado, y deberá obviamente notificarse a la contraria de ello.

No obstante, de no ser así, quedate tranquila que el Tribunal mismo te solicitará que entables la mencionada demanda por Alimentos.

Saludos cordiales,
Atte.
Lorena.

Muchas gracias Lorena, lei nuevamenete tu mens muy claro, osea que inicio y me fijan audiencia. hay que notificar o el tribunal notifica??? Me imagino que el tribunal, es mi primer alimentos y estoy desorientada ...
Gracias.
Zulma

Hola Colega,
Me alegro que mi respuesta te haya resultado clarificadora y de utilidad. 8)
Asi es, primero al inciarlo lo toma el Juez de Flia. y lo eleva al Consejero para que fije fecha de audiencia.
Con respecto a la notificaciòn, tenès que notificar vos a la contraria de la audiencia, por medio de cèdula judicial o bien, Carta Documento (existe esta "libertad" de notificaciòn, debido a que en la denominada Etapa Previa, existe una cierta informalidad, no asi en la etapa de conocimiento).

Saludos cordiales,
Lorena.-
 #784113  por Lawyer83
 
Lawyer83 escribió:
ZULMAPEREZ escribió:
Lawyer83 escribió:Hola Zulma,

Coincido con lo expuesto por la Colega Norma con anterioridad. Depende del Tribunal que te toque en Provincia. Por lo general (al menos por experiencia propia), le dan lugar a la Etapa Previa. En ese caso, con la Planilla de Solicitud de Trámite, más la documental (original y copia de partidas para ulterior desglose) y obviamente demás requisitos que se saben (Bono, Ius, etc); le das inicio y se fijará audiencia de EP. Luego, en caso de no haber acuerdo en esa instancia, se procederá al cierre de la misma (pudiendo hacerlo el Consejero de Familia, o peticionarlo cualquiera de las partes, y deberá notificarse a la contraria del auto que ordena la medida); entablándose luego de ello, la pertinente demanda. En caso de haber acuerdo en Etapa previa se procederá ulteriormente a Homologarse lo acordado, y deberá obviamente notificarse a la contraria de ello.

No obstante, de no ser así, quedate tranquila que el Tribunal mismo te solicitará que entables la mencionada demanda por Alimentos.

Saludos cordiales,
Atte.
Lorena.

Muchas gracias Lorena, lei nuevamenete tu mens muy claro, osea que inicio y me fijan audiencia. hay que notificar o el tribunal notifica??? Me imagino que el tribunal, es mi primer alimentos y estoy desorientada ...
Gracias.
Zulma

Hola Colega,
Me alegro que mi respuesta te haya resultado clarificadora y de utilidad. 8)
Asi es, primero al inciarlo lo toma el Juez de Flia. y lo eleva al Consejero para que fije fecha de audiencia.
Con respecto a la notificaciòn, tenès que notificar vos a la contraria de la audiencia, por medio de cèdula judicial o bien, Carta Documento (existe esta "libertad" de notificaciòn, debido a que en la denominada Etapa Previa, existe una cierta informalidad, no asi en la etapa de conocimiento).

Saludos cordiales,
Lorena.-

Y...me olvidaba, con respecto al pago de Tasa de Justicia, es tal cual como respondió el Colega con anterioridad, no es necesario que abones ni tasa ni sobre tasa ni nada en el Juicio de Alimentos.
Saludos.
Atte.
Lorena.-
 #821020  por Barbitu
 
Hola, voy a iniciar mi primer alimentos en provincia y queria saber si en la planilla de inicio debo poner la cuota que voy a pedir en monto del juicio?
 #821237  por Lawyer83
 
Barbitu escribió:Hola, voy a iniciar mi primer alimentos en provincia y queria saber si en la planilla de inicio debo poner la cuota que voy a pedir en monto del juicio?
Hola Estimada Colega,

Para dar inicio al procedimiento de alimentos en provincia no se da detalles sobre la cuota, solo la materia, los datos de las partes (datos de la actora, de la contraria y del letrado patrocinante), tildar luego el motivo de la presentación, y en el reverso de la misma planilla, hay que colocar con una "x" el encuadre correspondiente (en el caso, con patrocinio letrado); y en la sección de "ampliación del motivo de la presentación", se debe detallar suscintamente cuáles fueron los motivos que conllevaron a dar inicio al procedimiento judicial a entablar, cantidad de menores, edad de cada uno de ellos, a cargo de quien de los progenitores están, etc. (más la documentación a agregar en el sobre y fuera del mismo para presentar en Receptoría). Pero no se hace mención alguna sobre el monto de la cuota respecto de la cual se tratará ante el Consejero/a de Familia que lleve el Expte.-
Espero mi humilde aporte te sea de utilidad :)

Saludos cordiales,

Lorena-.
 #821289  por Barbitu
 
Lorena, muchas gracias por tu respuesta. Saludos
 #821334  por NORMA
 
Denunciá el caudal económico del demandado,si tenés algún recibo acompañalo.En la solicitud yo coloco que se solicita el 30 % de los ingresos. *suerte*