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  • testamento: legado persona fisica inexistente

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 #821694  por beatles69
 
Hola. Se me planteó un caso, para mí, sin precedentes. Inicio una sucesión ab-intestato, libro el oficio al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y se me informa que el causante otorgó un testamento por acto público hace 28 años. La cuestión es que el testador, al mencionar su estado civil, declara que es casado en primeras nupcias con Rosario Salvatrice. Hete aquí que el nombre y apellido de la esposa no coinciden para nada con los que denunció. La confusion viene porque "Rosario" era el primer nombre del padre del testador y "Salvatrice", era el primer nombre de su madre. Ese no es el único problema. Lo más grave es que cuando dispone del 20 % que la ley le permite disponer, lo lega, podríamos decir así, a su esposa "Rosario Salvatrice", no afectando la legítima de sus hijos. He recabado muchas opiniones y todas son diferentes. La pregunta mía es la siguiente: puedo pedir la nulidad del legado por persona inexistente, argumentando que se debió a una confusión del testador?. En ese caso, quién es el legitimado pasivo, toda vez que esa persona no existe?. De no ser así, puedo peticionar la inexistencia del legado por tratarse de una persona inexistente? En ese caso, si se declara la inexistencia del acto, el 20 % queda vacante o los herederos pueden reclamar el derecho de acrecer? Toda respuesta será bienvenida!
 #821856  por andresxeneizes
 
y tienen el mismo numero de dni el legado y el finucho?
suponiendo que el legatario y el causante son las mismas personas pregunto, que pasa si la persona no se presenta a recibir la herencia? no se la respuesta, pero para decidir creo que habria que ver que pasaria en este caso
 #821874  por beatles69
 
Hola Andrés. Mirá, el problema radica en que la escribana no identificó con dni a la beneficiaria, o sea, la esposa. El tema es que cuando en el testamento denuncia el estado civil del testador, pone casado en primeras nupcias con (nombre y apellido que no se corresponden con la realidad, poniendo el primer nombre del padre del testador y el primer nombre de la madre del testador) y cuando efectúa la disposición del 20 % incurre en la misma confusión, o sea, el nombre y apellido de la esposa que se denuncia en el testamento no se condice con la realidad y, lo que es mas grave, no se aporta otro dato identificatorio.