Estimados Colegas, les pido su ayuda, ya que mi especialidad no es el derecho de Familia, pero estoy ayudando a una amiga y tengo una duda esencial. Es una ejecucuión de alimentos (en CABA) en la cual ya intimé al deudor a lo largo de varios meses por las sumas adeudadas, a lo cual el Juzgado obviamente intimó por dichas sumas (en concepto de capital), más otras para responder a intereses y costas. El tema es que ya quiero pedir embargo sobre la remuneración del alimentante y la duda que me surje es por cual suma tengo que solicitar el embargo. Es decir, si solo tengo que pedir por el monto del capital -sin considerar lo que el Juzgado originalmente presupuestó para intereses y costas, ya que quizás ahpra establezca otra suma actualizada- o, si también tengo que incluir en el monto a embargar lo que se presupuestó para tales conceptos hace ya un tiempo. Me surje tal duda ya que entiendo que lo presupuestado en concepto de intereses y costas hace unos meses ya está desactualizado, por eso creo que quizás no deba incluir tales conceptos -sino solo el capital- y ahora que el Juzgado nuevamente presupueste por los intereses y las costas. Espero no haber sido muy confusa, desde ya les agradezco un montón su ayuda!!!,Ale.
entiendo que deberias embargar por el monto establecido por el Juzgado en concepto de capital mas lo presupuestado en concepto de intereses y costas.
Una vez que existe dinero depositado, recien ahi se practica liquidacion para actualizar y con el nuevo monto se pide ampliacion del embargo hasta cubrir la diferencia.