Hola foro
tengo sentencia en un reajuste.-
resumo lo peticionado en demanda y lo concedido
era una pensión obtenida ya vigente la 24241 pero derivada de una jubilación por invalidez al amparo de la ley 18037 (t.o 22976), aplicándosele el decreto 648/87.-
el cálculu del haber inicial lo efectuaron promediando las remuneraciones actualizadas percibidas durante los 3 años calendarios más favorables, comprendidos dentro de los 10 años anteriores al cese (hasta ahí art. 49 ok)
pero el decreto mencionado decía que el haber inicial se determinada sumando a la jubilación mínima vigente a esa fecha el 32,3% del promedio mensual de la remuneraciones conf. actualización que describí en el apartado anterior.-
Ese decreto en definitiva suspendía la parte pertinente que decía que el haber inicial era el 70% de las remuneraciones actualizadas, etc.-
cuando hice cálculo me da por supuesto una gran diferencia. entonces pedí inconstitucionalidad del decreto 648/87.-
en la sentencia hacen lugar al recálculo del haber inicial conf. índice del NGR y conf. art. 49 ley 18037. Eso es lo que pedí, pero remiten al 49 pero no decretan inconstitucionalidad del 648/87
tengo que recurrir al respecto y necesito argumentos para la inconstitucionalidad, más que nada fallos. no encuentro ninguno.- me basé en la demanda en argumentos tales como que erafacultad del congreso modificar la ley 18037 y por vía de decreto no podía derogarse un art. de dicha ley.
pero no tengo fallos.-
ayuda porfi!
gracias de antemano
cariños, gery
tengo sentencia en un reajuste.-
resumo lo peticionado en demanda y lo concedido
era una pensión obtenida ya vigente la 24241 pero derivada de una jubilación por invalidez al amparo de la ley 18037 (t.o 22976), aplicándosele el decreto 648/87.-
el cálculu del haber inicial lo efectuaron promediando las remuneraciones actualizadas percibidas durante los 3 años calendarios más favorables, comprendidos dentro de los 10 años anteriores al cese (hasta ahí art. 49 ok)
pero el decreto mencionado decía que el haber inicial se determinada sumando a la jubilación mínima vigente a esa fecha el 32,3% del promedio mensual de la remuneraciones conf. actualización que describí en el apartado anterior.-
Ese decreto en definitiva suspendía la parte pertinente que decía que el haber inicial era el 70% de las remuneraciones actualizadas, etc.-
cuando hice cálculo me da por supuesto una gran diferencia. entonces pedí inconstitucionalidad del decreto 648/87.-
en la sentencia hacen lugar al recálculo del haber inicial conf. índice del NGR y conf. art. 49 ley 18037. Eso es lo que pedí, pero remiten al 49 pero no decretan inconstitucionalidad del 648/87
tengo que recurrir al respecto y necesito argumentos para la inconstitucionalidad, más que nada fallos. no encuentro ninguno.- me basé en la demanda en argumentos tales como que erafacultad del congreso modificar la ley 18037 y por vía de decreto no podía derogarse un art. de dicha ley.
pero no tengo fallos.-
ayuda porfi!
gracias de antemano
cariños, gery
Gery
