Alguien tiene un modelo de oficio al BCRA? y el escrito para presentar en el juzgado?
Ahí va el oficio, si estas litingando en los tribunales de Capital Federal saca lo de "Ley 22172"
OFICIO JUDICIAL - LEY 22.172.-
La Plata, de Octubre de 2010
SR. PRESIDENTE DEL
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.-
SU DESPACHO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados “FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ X S.R.L. S/ APREMIO” (Expte. 11111), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, a mi cargo, Secretaría Única, que resulta competente en razón de la materia, sito en calle 44 Nº 837 ½ entre 11 y 12 de esta ciudad, a fin de que por la vía que estime pertinente (S.O.J., teletipo, comunicación “C” u otra) se proceda en forma urgente al embargo general de fondos y valores bancarios y financieros existentes, en cualquiera de las cuentas u operaciones en todo el sistema bancario o financiero de esta república, a nombre de la demandada X S.R.L. C.U.I.T. 33-3333333-4, o en las que se abran en lo futuro, o sobre los valores que también a futuro ingresen en todas ellas, HASTA CUBRIR LAS SUMAS DE PESOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 31.626,39.-), importe del crédito reclamado, CON MÁS LA DE PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 12.650,00.-), que se han presupuestado para responder a intereses y costas de la ejecución.-
Los importes resultantes deberán depositarse a nombre de autos y a la orden del Juzgado y Secretaría, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales de La Plata sito en calle 13 esquina 48 de La Plata, dándose aviso al Juzgado y Secretaría intervinientes al efectivizarse la medida.-
Se hace constar que X, X y X y/o quien cualquiera de ellas designe se encuentran autorizados en forma indistinta a correr con el diligenciamiento del presente, cuyo libramiento ha sido ordenado por auto que en lo pertinente dice: “La Plata, 7 de Octubre de 2010.- Líbrese oficio al Banco Central de la República Argentina, haciéndose constar que la medida cautelar ordenada, solo podrá ser trabada hasta la concurrencia del monto antes fijado; y que tratándose de cuentas sueldo afectará solamente hasta un veinte (20 %) por ciento de las mismas (arts. 6, 25 y concs. de la ley 13.406; 34 inc. 5 ap. B del C.P.C.C.). Fdo.: Francisco X. Juez”.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Y qué necesitas, ¿el escrito solicitando se ordene librar este oficio o el escrito donde presentas copia del mismo debidamente diligenciado?
Decime cual de los dos y te lo posteo.
Sdos. SuperM.