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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #822742  por luhen
 
Hola Colegas! Quisiera hacerles una consulta: mi clienta tiene un hijo de 4años, y hace aproximadamente la misma cantidad de años que no sabe nada del padre. Ella formo una nueva pareja, que es extranjero y desean irse a vivir afuera.- Es posible conseguir la venia judicial para que el niño viva con su madre en otro pais? Ella cree que el padre vive en Italia, sólo tiene el domicilio en Buenos Aires de sus padres, con los cuales tampoco tiene contacto.- Espero sus opiniones. Gracias!
 #822856  por luhen
 
Gracias por tu respuesta!!!!! El tema es que la tenencia tampoco habilita a la madre a irse del país sin autorizacion del padre, o estoy equivocada?
 #822898  por legalescom
 
Vas a tener que tramitar la privación de la patria potestad:

Art. 307. El padre o madre quedan privados de la patria potestad:

1º) Por ser condenados como autor, coautor, instigador o cómplice de un delito doloso contra la persona o los bienes de alguno de sus hijos, o como coautor, instigador o cómplice de un delito cometido por el hijo.

2º) Por el abandono que hiciere de alguno de sus hijos, para el que los haya abandonado, aun cuando quede bajo guarda o sea recogido por el otro progenitor o un tercero.

3º) Por poner en peligro la seguridad, la salud física o psíquica o la moralidad del hijo, mediante malos tratamientos, ejemplos perniciosos, inconducta notoria o delincuencia. (ahora ver Ley 26.618).

Atte. Legales.com
 #822911  por luhen
 
Puedo iniciar una privacion de patria potestad con un niño de solo 4 años???? Estuve leyendo en el foro y no es recomendable, ya que se puede intentar restablecer la relacion en unos años.- Como veran nose que hacer!!!!!!! espero mas comentarios! gracias!!!!!!!!!!!
 #823269  por legalescom
 
Si no sabés que hacer, tratá de estudiar un poco el tema que te incumbe, no pretendas que te den todo servido. No obstante ello, y a tu criterio de que es muy chico el menor para hacerle perder la patria potestad del padre y la posibilidad de una reconciliación, te paso con el Art. 308. "La privación de la autoridad de los padres podrá ser dejada sin efecto por el juez si los padres demostraran que, por circunstancias nuevas, la restitución se justifica en beneficio o interés de los hijos....". ¿QUE OPINAS AHORA? . Legales.com
 #823277  por luhen
 
Te agradezco la respuesta, de todas manera te comento que estuve leyendo todos los articulos que tienen que ver con el tema.-
Considero que el foro es un lugar donde podemos plantear nuestras inquietudes, hace 10 años que soy abogada y es la primera vez que tengo un tema asi. Si te molesta dar una mano o una orientacion a un colega, no lo hagas. Solo esperaba que alguien que haya tenido un tema parecido me pueda guiar y evacuar dudas, eso no es pretender tener todo servido. No hablemos de pedirte un modelo no???? pero no, gracias, me ocupe del tema y ya lo tengo.-
Saludos, que Dios te bendiga!
 #823548  por Bogart
 
Hola: ingreso al caso y opino que: si no están casados podría ser por el 264 inc 5º ya que otorga el ejercicio de la patria potestad al que tenga la guarda, el inciso no pide nada mas al contrario del 2º del mismo articulo que salvaguarda el derecho de comunicación,pero que pasa si en la información sumaria que se haga, el otro progenitor no acudiera a estar a derecho.-Según lo veo yo, quien tiene la tenencia efectiva y por esto el ejercicio de la patria potestad tiene derecho a fijar libremente su residencia aun siendo en el extranjero, si no media oposición justificada del otro.Claro que sera cuestión de fundamentar y solido trabajo del letrado.Hay que intentar todo. Saludos