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 #823384  por Nicsart
 
Colegas, esta es la situación:
Se denegó un beneficio de litigar sin gastos, por lo cual se presenta oportunamente la apelación el dia 6 de marzo de 2012. Desde ese dia hasta hoy eh ido a ver el expediente practicamente todos los dias, pero siempre se me informó que "estaba con una apelación", "estaba a la firma", "a despacho", "todavía no se resolvió", etc.
La sorpresa me la llevo hoy cuando se me indica, y corroboro en el libro de pases que el expediente había sido enviado a la cámara. En el sistema del juzgado solo les surge que el expediente se fue a la cámara el día de hoy 28 de marzo, y que eso había sido ordenado ayer, 27 de marzo.
Mi duda es sobre los plazos para presentar el memorial. Tengo miedo de que haya salido el auto concediendo el recurso hace mucho y que no haya podido presentarlos. De todas formas, y repasando un poco el libro de Palacio doy con lo siguiente: el recurso en este caso se otorga siempre en relación, y el mismo puede ser con efecto inmediato o diferido. En el primer caso, tendría que presentar el memorial en el juzgado dentro de los 5 dias, estaría muerto :oops: . Si el efecto es diferido, tendría que esperar a que me llegue la cédula notificandome la recepción en cámara y ahí tendría 5 dias mas :mrgreen: . Ahora, pienso que de haber sido otorgado en la primer forma, si no hubiera presentado el memorial entonces el recurso hubiera sido declarado desierto y nunca se hubiera elevado, cierto? O sea que si de hecho se elevó a la cámara el expediente podría presuponerse que fue otorgado con efecto diferido no???
Mi otra duda es sobre el procedimiento del BLSG, porque en el libro no encontré algo referente exclusivamente a los beneficios, y me asusta que quizás tenga un régimen distinto. Desde ya mi gracias por su tiempo y aclararme estas dudas.

Saludos
 #823500  por andresxeneizes
 
yo tuve uno apelado se fundo en la misma instancia.
Si fue a camara imagino que te deberian notificar que el expte esta a los efectos del 259 y creo que esa notificacion es por cedula, igual anda a ver que no hayan hecho cualquier cosa.
Tambien puede darse que los de la camara se avivan que los del juzgado se mandaron una macana y lo esten devolviendo.
 #823688  por gusgus
 
a ver.... si tramita en pcia de bs as....
unas cuantas cuestiones para aclarar, a mi humilde entender....

hay un error de concepto en tu posteo, pues que sea con efecto diferido o devolutivo, no cambia en nada el hecho que tengas que fundarlo a los 5 dias de concedido en 1° instancia o luego en camara...

eso te lo define si fue concedido en relacion (se funda en 1° instancia, 5 dias) o libremente (se funda en camara)...

luego, especulando, pienso que si lo elevaron, es porque lo concedieron libremente, de lo contrario el propio juzgado declara desierto el recurso pasados los 5 dias...

consideracion al margen, colega deje siempre nota y mantendra su tranquilidad y defendera correctamente los intereses de su cliente..

exitos!