Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Conviene apelar costas x su orden?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #823991  por juampa2005
 
Hola Colegas!!
Acabo de ganar mi primer juicio de reajuste jubilatorio!! por lo que estoy muy contento.
Fue en el Juzg. 7.
Fue por 24241.
Anses no contestó la demanda.
La sentencia ordena recalcular el haber inicial con el salario básico de la industria y construcción.
Luego dispone la actualización hasta la fecha.
Pero, a pesar de que ANSES no contestó, me dicta COSTAS POR SU ORDEN, en lugar de costas a la vencida.
Y, también a pesar de que ANSES no contestó, impone tasa de interés pasiva en lugar de la que yo pedía (activa).

Mi pregunta es si conviene apelar ésto (LAS COSTAS Y LA TASA).

Gracias a todos por anticipado.
 #824109  por lola442
 
Las costas por su orden es lo que establece la ley.
El tema del interes tenes que hacer los calculos y ver que te conviene y que le conviene a tu cliente, si apelas tenes un año mas de tramite y quien sabe cuanto porque la camara esta atestada de trabajo, si no apelás -y como ANSES en este caso no puede hacerlo porque no contesto demanda- el expediente pasa a ANSES para liquidar y en 6 o 7 meses tu cliente puede cobrar o pedir ejecución si ANSES no liquida dentro de los 120 días.
 #824685  por juampa2005
 
Muchas Gracias por contestar, LOLA.
El expte. pasa automáticamente desde el juzgado a la ANSES para el pago o lo llevo yo?.
No tengo que presentar la liquidación primero?
Gracias de nuevo