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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #820618  por periquita
 
lkgomez escribió:Buenas tardes a todos!
Tengo una Sra. que tiene trabajado como docente 18 años en La Plata y 11 años en Capital. Dónde debo iniciar el expediente jubilatorio? Porque siempre hice jubilaciones docentes presentando todo en ANSeS...
Gracias por la ayuda que me puedan dar!
Primero hacer el reconocimiento de servicios en ANSES, paralelamente en DIPREGEp y/o en DGCyE para luego entregar en el IPS.
O con el reconocimiento de ANSES iniciás una Jubilación Anticipada Docente.
Saludos
 #821926  por periquita
 
mariarovira escribió:porjunta medica y70 % de discapacidaden escuela privadasubencionada,me puedo jubilar automaticamente?
Hola, veo que recién te has anotado en el foro.... bienvenida.... supongo que antes de hacer tu pregunta habrás leído algo de cómo se plantean las consultas, y si no es así, te sugiero hacerlo y luego volver, porque es imposible poder orientarte con ese único renglón que escribiste. Si además ponés el buscador a lo mejor encontrás lo que estás necesitando.
No sabemos en qué jurisdicción trabajás, a qué cajas aportás, si lo hacés a una o a más, si la junta médica ya te otorgó el 70 %, si estás trabajando actualmente o cesaste, que cargo tenés, si es de planta o no, etc., etc.
Saludos
 #822153  por andreslura
 
Kiara escribió:Hola, tengo mi estudio en La Plata y me especializo en jubilaciones docentes, cualquier duda consulten.
HOLA!! TE COMENTO QUE TENGO UN CASO DE REAJUSTE DE HABERES DE UN DOCENTE. Y ESTOY BUSCANDO UN SOCIO/A PARA MANEJARLO.
 #822983  por facuspi87
 
Kiara escribió:Hola, tengo mi estudio en La Plata y me especializo en jubilaciones docentes, cualquier duda consulten.

Hola buenas tardes, antes que nada gracias por los aportes que dejas, estuve leyendo algunos de tus post.
Mi consulta es la siguiente, es una Docente de Cordoba (Escuela Provincial) no tiene los 56 años de edad, aunque si completa los 30 de antiguedad.
Se que la jubilacion anticipada con el 82% movil se puede presentar. Pero el inconveniente que tengo es que en el colegio me estan demorando la certificacion de servicio para presentar en el ANSES. Lo que necesito son algunos consejos y de tener algun modelo de nota para presentar ante el establecimiento educativo. Muchas gracias!
 #823134  por MLVERGILLI
 
HOLA KIARA, ME GUSTARIA SABER SI PODRAS PASARME TU MAIL PARA CONTACTARTE, TENGO VARIOS TEMAS DE IPS, Y LA IDEA ES DERIVARLOS, DISCULPA LA MOLESTIA, DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
 #823326  por facumanu
 
Hola buenas tardes. Quería cosultarte sobre una docente jubilada, antes de la circular 137/2005. Puedo iniciar un reajuste, indefectiblemente hay que ir a la justicia, o Anses les otorga el 82% movil?. Nunca hice reajuste docente.Muchas gracias por ofrecer tu ayuda. Facu *leo*
 #823378  por periquita
 
facumanu escribió:Hola buenas tardes. Quería cosultarte sobre una docente jubilada, antes de la circular 137/2005. Puedo iniciar un reajuste, indefectiblemente hay que ir a la justicia, o Anses les otorga el 82% movil?. Nunca hice reajuste docente.Muchas gracias por ofrecer tu ayuda. Facu *leo*
Podés pedir en ANSES que le pagen el Suplemento Docente Dto. 137/2005 que será el 82% de su última remuneración docente actualizada según la Res. 14/2009. No es movilidad directa del cargo sino una movilidad cada 6 meses, según aumento otorgado a los docentes en actividad.
Sale relativamente rápido.
Saludos
 #823463  por vanealv
 
Hola periquita, te hago una consulta si se jubilan por docente pueden pedir también la jubilacion comun en ANSES ya que tiene tambien años de aporte trabajados en relacion de dependencia en una empresa y no los utiliza en la de docencia.
Espero tu respuesta, muchas gracias
 #823660  por periquita
 
vanealv escribió:Hola periquita, te hago una consulta si se jubilan por docente pueden pedir también la jubilacion comun en ANSES ya que tiene tambien años de aporte trabajados en relacion de dependencia en una empresa y no los utiliza en la de docencia.
Espero tu respuesta, muchas gracias
No no puede, la jubilación es una sola, con más o menos aportes.
Si sumando todos los aportes (docentes y comunes) según liquidación de la 24241 da un haber mayor al que le corresponde sólo por lo docente le pagarán eso y si el 82 % de lo docente lo supera es como decís vos que no se “utiliza”.
Saludos
 #823893  por vanealv
 
Muchas gracias por tu respuesta. El tema es que ella se jubila por docente en provincia. Entonces me surgia la duda si podria tambien jubilarse en capital. Ya que seria cajas distintas, una de provincia por docencia y otra de capital por RRDD y autonoma.
 #824025  por periquita
 
vanealv escribió:Muchas gracias por tu respuesta. El tema es que ella se jubila por docente en provincia. Entonces me surgia la duda si podria tambien jubilarse en capital. Ya que seria cajas distintas, una de provincia por docencia y otra de capital por RRDD y autonoma.
Entonces no tomes en cuenta lo que te dije de la ley 24241.... Tratá de formular mejor las preguntas porque si no las respuestas no te van a servir o lo que es peor te van a confundir.
Incluso ahora que aclarás un poco no decís de qué provincia es....
Saludos
 #824067  por gladys herrera
 
Hpla Doctora. Tengo un caso en que falleció un docente y los padres dicen haber iniciado una pensión. Necesito saber si en este caso en que los padres no han estado a cargo de su hijo pueden ser beneficiarios de una pensión. Muchas gracias.
 #824164  por periquita
 
gladys herrera escribió:Hpla Doctora. Tengo un caso en que falleció un docente y los padres dicen haber iniciado una pensión. Necesito saber si en este caso en que los padres no han estado a cargo de su hijo pueden ser beneficiarios de una pensión. Muchas gracias.
Hola gladys
No decís a qué caja aportaba la docente. Si lo hacía a la ANSES y falleció durante la vigencia de la 24241 (desde julio de 1994) no hay ninguna posibilidad de que les corresponda la pensión a los padres.
Saludos
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