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  • Notificación de la demanda... bajo responsabilidad?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #80791  por nicoluzzi
 
Estimados colegas:

Quisiera que alguno que se dedique a laboral me diga o asesore respecto del criterio que se adpota en el fuero al momento de notificar la demanda.

El tema es que la SA (una empresa chica) seguramente dió instrucciones a la encargada del edificio de no recibir cédulas judiciales y tanto la que va dirigida a la empresa como a los codemandados volvió con la nota de que la encargada manifestó que no viven allí.

Me intiman para que en el plazo de 3 días manifieste lo que estime corresponder bajo apercibimiento de que me tengan por no presentada la demanda (de paso pregunto: es normal ese plazo o me ha tocado un juzgado bastante estricto?).

Respecto de la sociedad nos consta fehacientemente que está ahí. Los codemandados también, aunque van ocasionalmente.

Me conviene pedir nuevas notificaciones a los domicilios particulares de los codemandados? Y pedir notificación bajo responsabilidad de la parte actora para la SA? Inclusive tengo una constancia de CUIT donde el domicilio fiscal que figura es el que denuncio (no pedí en la IGJ porque obviamente tardaría mucho más).

O pido a todos los codemandados nueva notificación bajo responsabilidad?

Desde ya agradezco opiniones y sugerencias.

Nicólás
 #80799  por aj
 
El plazo de 3 dias es el habitual. Por la SA si te queda tiempo andate a pedir informe de domicilio al Boletin Oficial (queda en Libertad al 400), y si coincide con el que tenias pedilo bajo responsabilidad actora. De lo contrario, si ya no te queda tiempo lo que podes hacer es denunciar que desconoce los actuales domicilios y pedis oficio por la SA a IGJ y por las personas fisicas a camara nacional electoral y policia.ç
Suerte

 #80802  por nicoluzzi
 
Hola aj!

Gracias por el dato. Tengo tiempo todavía porque no me llegó la cédula aún. Me llegará en el transcurso de la semana que viene, asi que el lunes voy al BO.

Gracias nuevamente!

Nicolás

 #81537  por Norah
 
Hola Nico. No se de que Tribunal se trata, pero en algunos con la simple manifestacion de alguien de la casa que dice no vive, conceden la notificacion bajo responsabilidad de la parte. Suerte

 #81735  por fede1981
 
Norah escribió:Hola Nico. No se de que Tribunal se trata, pero en algunos con la simple manifestacion de alguien de la casa que dice no vive, conceden la notificacion bajo responsabilidad de la parte. Suerte
Hola gente! Nico: yo voy por la parte actora y estoy en una situación muy similar, el tema es que me rebotaron la cedula de notificacion y me hacen la misma intimación desde el juzgado. Hoy acabo de pedir que se libre oficio a la IGJ para que informe sobre el domicilio.
La pregunta es la siguiente: Si se constata el domicilio, cómo seria ese escrito "bao responsabilidad de la parte actora"y que consecuencias tiene.

 #81748  por andreis28
 
hola, el escrito seria solicita notificacion bajo responsabilidad de parte actora argumentando que: atento de lo informado por IGJ en la contestacion de oficio glosada a fs....... vengo a solicitar se notifique al mismo bajo responsabilidad de la parte actora. La consecuencia es que la cedula la van a dejar igual quieran o no recibirla y continua el proceso normalmente, ahora bien, el hecho de pedir informe a igj y notificar bajo responabilidad al mismo, te evita tener problemas de nulidad mas adelante, proque el demandado puede decir que no vivia mas alli y tenia su domicilio en otro lado, pero su carga es denunciarlo al organo pertinente, que es la igj.
espero haber sido clara.
Saludos
fede1981 escribió:
Norah escribió:Hola Nico. No se de que Tribunal se trata, pero en algunos con la simple manifestacion de alguien de la casa que dice no vive, conceden la notificacion bajo responsabilidad de la parte. Suerte
Hola gente! Nico: yo voy por la parte actora y estoy en una situación muy similar, el tema es que me rebotaron la cedula de notificacion y me hacen la misma intimación desde el juzgado. Hoy acabo de pedir que se libre oficio a la IGJ para que informe sobre el domicilio.
La pregunta es la siguiente: Si se constata el domicilio, cómo seria ese escrito "bao responsabilidad de la parte actora"y que consecuencias tiene.

 #82017  por fede1981
 
[quote="andreis28"]hola, el escrito seria solicita notificacion bajo responsabilidad de parte actora argumentando que: atento de lo informado por IGJ en la contestacion de oficio glosada a fs....... vengo a solicitar se notifique al mismo bajo responsabilidad de la parte actora. La consecuencia es que la cedula la van a dejar igual quieran o no recibirla y continua el proceso normalmente, ahora bien, el hecho de pedir informe a igj y notificar bajo responabilidad al mismo, te evita tener problemas de nulidad mas adelante, proque el demandado puede decir que no vivia mas alli y tenia su domicilio en otro lado, pero su carga es denunciarlo al organo pertinente, que es la igj.
espero haber sido clara.
Saludos

Clarisima. Gracias. Un saludo

 #82432  por fede1981
 
¿Cómo se dligencia el oficio a la IGJ ?

Ya solicite que se libre el oficio, lo que no sé es si el juzgado de oficio lo ordena y lo diligencia, o uno mismo debe acompañar la copia para que lo remita el juzgado????!!!!!
 #929646  por tomasarce
 
CONSULTA SOBRE EL TEMA: TENGO EL MISMO TEMA PERO CUANDO SE NEGARON A RECIBIR LA NOTIFICACION IGUAL DIAS DESPUES CONSEGUI UNA FACTURA DE LA DEMANDADA EN EL LOCAL CON LA DIRECCION Y SIGUE SIENDO EL DOMICILIO FISCAL. ME SIRVE ESTO PARA NOTIFICAR CON RESPONSABILIDAD PARTE ACTORA? COMO SERIA EL MODELO DEL ESCRITO? MUCHAS GRACIAS