Les comento, mi consulta surge por el tema de una accion de ineficacia concursal del art. 119 de la LCQ, se escrituró por debajo del valor real para pagar menos impuestos.... Mi pregunta es... si ahora luego de un tiempo de haber realizado una escritura de inmueble declarando un valor inferior al que realmente se pagó, manifiesto la situacion y quiero pagar el faltante con respecto a los impuestos, que sanciones puede imponerme la AFIP ?
Graciassss, espero que se haya entendido!
Graciassss, espero que se haya entendido!