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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #825233  por eduardo1358
 
Estimados colegas he trabajado durante 11 años en algunos expedientes del corralito financiero en el fuero Cont. Adm Fed., y ahora que me aplican el fallo Massa en todos los expedientes y advirtiendo que no me regulan honorarios, procedo a pedirlos, y me regulan XXX pesos y en en fallo el Juez de primera Instancia dice que el 80% son a cargo de los bancos y el 10% y 10% restantes a cargo del BCRA y del Min. de Econ. la pregunta es la siguiente por que se cambió el criterio? si antes daban costas por su orden y te impedían percibir de los co demandados? y ahora condenan en las proporciones manifestadas más arriba? cuando los bancos son notificados y apelan las Cámaras Cont Adm. de Cap Fed. no revocan esos fallos y dan costas por su orden y vuelve todo a fojas 0 o por el contrario, como he visto los bancos apelan su participación en el fallo y solo eso y luego proceden a depositar lo que les corresponde? y una última pregunta esto no llega a la CSJN? Gracias por su atención y espero una respuesta
 #825290  por Squonk
 
Si así se impusieron las costas, sí.
Seguramente el EN, depende del monto, te va a pagar en bonos o tendrás que hacer una previsión presupuestaria.
Saludos