Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMO HACEN??? PASEN LA RECETA PORFAVOR

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #825164  por lilianasarda
 
Me levanto a las seis y media de la mañana de lunes a viernes. No voy a Tribunales los dias de nota pero voy entre la semana a un promedio de 2 o 3 veces por semana, tengo que hablar con fiscales, secretarios, auxiliares letrados, y algun que otro juez. Vuelvo a casa, almuerzo, descanso un rato y me ocupo de cosas de la casa, porque alas seis ya tengo que estar en el estudio, en donde me quedo hasta las 21.00 aproximadamente. El resto deltiempo lo utilizo para leer las causas y para preparar alguna presentacion medio complicada que los chicos ( mis hijos), no pueden todavia hacer , y mis socios tienen sus propios problemas. Asi que apenas me sobra un minuto para asomarme cuandoa estoy contestando mails, para ver que hay de nuevo en el foro. Ello sin contar los dias que voy a las penitenciarias, que me comen todo el dia, porque en la Plata tengo 3, aprovecho y me voy alas otras tres de Magdalena, y de pasada si hago a tiempo paso por la 40 de lomas, gracias a Dios en F. Varela no tengo a nadie,

Asi las cosas, me gustaria que los penalistas que se agreden en este foro, me pasaran la receta para saber como hacen para que les rinda tanto el tiempo y aun le sobre un espacio para escribir y escribir denostandose unos con otros en horarios en donde tendrian que estar normalmente atendiendo a sus clientes, o escribiendo una sencilla defensa.

Por favor, para mi es muy importante que me pasen la receta, porque en 30 años, jamas lo he conseguido.Liliana.-
 #825182  por feragus
 
Hablo por mí y por alguno que conozco (vgr. EGT). Somos jóvenes, tenemos mucha energía, las palabras nos fluyen rápido, escribimos velozmente en la computadora (al tacto como quien diría), hacemos varias cosas a la vez (todas bien) y además gozamos de un muy buen pasar económico (lo que nos permite elegir pocas pero jugosas causas, efedrina, ciccone, jaime, etc).

Obviamente, Pandilla no está en esa lista, porque ni siquiera es abogado. Ah, he visto que usted es miembro (miembra, diría él) de su club de fans, así que le pido disculpas si la he desilusionado con esa información.
 #825183  por lilianasarda
 
Lo felicito, indudablemnte es usted muy joven, porque veo que ignora que en el Tribunal de Casacion, hay muchos excelentes empleados, que por su antiguedad y sin el titulo de letrado son oficiales mayores, y ojala yo pudiera saber y tener el 10% de la experiencia y la sapiencia que ellos humildemente ejercitan cada dia. Se lo cuento porque veo que le da mucha importancia al titulo y olvida estos personajes,algunos con MAYUSCULA que ejercen el derecho penal tambien con MAYUSCULA cada dia, pero claro, es posible que siendo tan joven, no tenga tanto pasillo, y los desconozca. Atentamente. Dra. Liliana A. M. Sarda
 #825185  por feragus
 
"Pasillo" y "trinchera" me sobran. Y en lo del título coincido, el tema es que este es un portal de abogados y este un foro de derecho penal. Por eso peleamos, para que sea eso, para que las consultas sirvan para algo y que no se llene el foro de hilos que nada tienen que ver con el derecho penal. Y los que no saben, tengan o no título, que se abstengan de evacuar consultas.
La saludo atte., aunque como dijo alguna vez un juez en un fallo que seguramente usted no conocerá porque parece dedicarse solamente a provincia, "no me gustan las nalgadas, aunque reconozco que sobre no hay nada escrito"
 #825195  por poorlaw
 
lilianasarda escribió:Por favor, para mi es muy importante que me pasen la receta, porque en 30 años, jamas lo he conseguido.Liliana.-
Buenas noches Doctora:

Y jamás lo conseguirá, porque sencillamente usted es una persona seria :P

Esto es un programa de catch, como la mítica Titanes en el Ring, todo el mundo se pega pero... ¿cuándo vió sangre alguna vez? :lol:

Somos, como mucho, media docena de foristas alimentando el show , una parte infinitesimal del universo de abogados que existen.

Y dentro de toda esta confusión no me diga que algo rescata o, por lo menos, aunque no la divierta, le hace exclamar: "-¡Pero qué nabos que son todos!" :lol:

El foro de este Portal no tendrá influencia académica, para eso existen otros sitios, y muy buenos... pero ninguno provocará tanta risa, voluntaria o involuntaria.

Saludos cordiales.
 #825210  por poorlaw
 
Casi me olvido: tenga la esperanza de encontrar la categoría que yace en el interior de cada pelea anecdótica.

Saludos!
 #825227  por feragus
 
OTRAVEZEGT escribió:
lilianasarda escribió:Me levanto a las seis y media de la mañana de lunes a viernes. No voy a Tribunales los dias de nota pero voy entre la semana a un promedio de 2 o 3 veces por semana, tengo que hablar con fiscales, secretarios, auxiliares letrados, y algun que otro juez. Aqui tenemos la primera respuesta a sus interrogantes (por Ud. misma solicitados) Yo a los secretarios, jueces y/o fiscales, no les hablo, les interpongo los planteos por escrito, ya que nunca ADMITÍ UNA "ENTREVISTA" con ningún juez para eso tiene que pedir audicencia con mi secretaria y manifestar ¿cuales son los motivos? (fiscales sí para arreglar por derecha algún que otro abreviado)Vuelvo a casa, almuerzo,otro grave error, yo almuerzo en un restaurante, como correspode..para eso cobro mis "escuetos honorarios" descanso un rato y me ocupo de cosas de la casa, Este es otro de "sus" problemas, yo tengo una empleada que se ocupa de las tareas domésticas...porque alas seis ya tengo que estar en el estudio, yo estoy en mi "barquito" disfrutando de los meneos del rio y/o mar.....en donde me quedo hasta las 21.00 aproximadamente. yo tengo mi estudio en mi BlackBerry, note...etc. ...no necesito estar en mi estudioEl resto deltiempo lo utilizo para leer las causas y para preparar alguna presentacion medio complicada que los chicos ( mis hijos), no pueden todavia hacer yo los mando a colegio privado y tienen profesoras particulares si la necesitana....que se las decuento de sus gastos de salidas ...., y mis socios tienen sus propios problemas.Yo no tengo socio.... Asi que apenas me sobra un minuto para asomarme cuandoa estoy contestando mails, para ver que hay de nuevo en el foro. Ello sin contar los dias que voy a las penitenciarias, que me comen todo el dia, porque en la Plata tengo 3, aprovecho y me voy alas otras tres de Magdalena, y de pasada si hago a tiempo paso por la 40 de lomas, gracias a Dios en F. Varela no tengo a nadie,Este es otro problema, no saber manejarse con los detenidos, yo les digo "flaco" yo no soy una asistente social, ni una dama de compañia, si te vengo a "comer la oreja" acá en el penal es porque no estoy laburando en la causa....el abogado que te viene a ver todos los días es porque esta preocupado porque le pagues, como yo te cobré por adelantado y todo junto, no necesito venir a "visitarte" que te visite tu familia, yo laburo en la causa, y si te gusta "sacar chapa" para que los demas presos te vean que te "sacan para abogado", me tenes que garpar $ 300 la visita.....
Asi las cosas, me gustaria que los penalistas que se agreden en este foro, me pasaran la receta para saber como hacen para que les rinda tanto el tiempo y aun le sobre un espacio para escribir y escribir denostandose unos con otros en horarios en donde tendrian que estar normalmente atendiendo a sus clientes, o escribiendo una sencilla defensa.
Por favor, para mi es muy importante que me pasen la receta, porque en 30 años, jamas lo he conseguido.Liliana.-
Bueno a su pedido, le voy a dar algunas respuestas, (ud. lo pidió y es para su bien).
Cuando Ud. contestó a una preguta en el foro, respecto a como proceder ante un archivo dispuesto por el Agente Fiscal, la cuestión fue la siguiente:
El hilo es ¿A quien apelo el archivo?
tomasarce escribió:Hola a todos, es por un delito culposo...Archivo por que dice q no hay elementos para atribucion responsabilidad penal..
Pero en la pericia accidentologica dice que el vehiculo circularia entre los 50 y 60 km/h es decir viola claramente ley transito velocidad maxima en cruce interurbano
la question es A QUIEN APELO EL ARHIVO DE ESTA IPP?
Gracias espero ayuda...
Ud. respondío lo siguiente;
lilianasarda escribió:Vas al Juzgado de Garantias que te toco en suerte, e interpones recurso de reposicion, explicando lo que pasa, si te dicen que no te vas a la Camara de Garantias.- Liliana
Si Ud. tiene 30 años de ejercicio de la profesión en el fuero penal debo decirle que ignora cuestiones tales como la "competencia" (que seguramente para Ud. es una cuestión menor).
Repara Ud. que si el Agente Fiscal, dispone el archivo, ¿como puede Ud. interponer Recurso de Reposicón ante el Juez de Garantías ? obviamente como ud. misma dice los empleados judiciales saben aún más que los abogados, cuestión que se llama en psicología "introspección" (verse para adentro), volvamos.....
El ritual bonaerense (es decir el CPPPBA.) en el Capítulo II Competencia. Sección Primera Organismos Competencia material establece;

ARTICULO 23.- (Texto según Ley 13183) Juez de Garantías. El Juez de Garantías conocerá:
1. En las cuestiones derivadas de las presentaciones de las partes civiles, particular damnificado y víctima.
2. En imponer o hacer cesar las medidas de coerción personal o real, exceptuando la citación.
3. En la realización de los actos o procedimientos que tuvieren por finalidad el adelanto extraordinario de prueba.
4. En las peticiones de nulidad.
5. En la oposición de elevación a juicio, solicitud de cambio de calificación legal, siempre que estuviere en juego la libertad del imputado, o excepciones, que se plantearen en la oportunidad prevista en el artículo 336.
6. En el acto de la declaración del imputado ante el Fiscal, cuando aquél así lo solicitare, controlando su legalidad y regularidad.
7. En el control del cumplimiento de los plazos de la investigación penal preparatoria con arreglo a lo prescripto en el artículo 283.
8. En los casos previstos por el artículo 284° quinquies.
9. En todo otro supuesto previsto en este Código.”

“El Recuso de Reposición establece ARTICULO 436.- Procedencia.- El recurso de reposición procederá contra las resoluciones dictadas sin sustanciación, con el fin de que el mismo órgano que las dictó las revoque por contrario imperio.”

Ponga atención “…el mismo órgano que las dictó las revoque por contrario imperio…” ¿Ud. le parece que el Juez de Garantías es el mismo órgano que el Ministerio Fiscal?

Es decir que según su “experiencia procesal de 30 años …” (mire la barbaridad y la ensalada procesal que arma en dos líneas) contra el dictamen fiscal, se va “alegremente” ante el Juez de Garantías (que no es quien dispuso el archivo, sino que fue el Agente Fiscal, es decir que interpone recurso de reposición ante el juez de garantías contra lo que dictaminó el Agente Fiscal) esto lo dijo Ud. conste.
lilianasarda escribió:Vas al Juzgado de Garantias que te toco en suerte, e interpones recurso de reposicion, explicando lo que pasa, si te dicen que no te vas a la Camara de Garantias.- Liliana
Ahora viene el segundo “problema” si el juez de garantías analiza su pedido, y conoce algo del asunto ya que algunos no saben ni como se llaman, le va a rechazar “in limine” la presentación, si tiene buena voluntad le va a indicar el camino correcto, y le dirá que formule la presentación ante quien corresponda” obviamente si soy yo el defensor le advertiré que “la querella formule las peticiones ante quién quiera o V.S. le sugiera pero le advierto que se le ha vencido el plazo por imperio del art. ARTICULO 140.- Plazos perentorios e improrrogables.- Todos los plazos son perentorios e im-prorrogables, salvo los casos que expresamente se exceptúen en este Código.

Es decir que cuando Ud. quiera interponer el remedio procesal contra el archivo de las actuaciones ARTICULO 56º bis.- (Texto según Ley 13943) Criterios especiales de archivo. El Ministerio Público Fiscal podrá archivar las actuaciones respecto de uno o varios de los hechos imputados, o de uno o más de los partícipes, en los siguientes supuestos: (…)….Se notificará, bajo sanción de nulidad, al particular damnificado, la víctima y al Fiscal General. Los dos primeros podrán instar su revisión por ante el Fiscal General en los términos del artículo 83 inciso 8º, quien además, estará facultado a revisar su razonabilidad de oficio.” ¿dónde interpreta Ud. que es el juez de garantías por medio del “recurso de reposición” quién tiene que revocar el archivo? ARTICULO 83.- (Texto según Ley 12.059) Derechos y facultades.- Se garantizará a quienes aparezcan como víctimas los siguientes derechos y facultades: (…) 8 - A procurar la revisión, ante el Fiscal de Cámara Departamental, de la desestimación de la denuncia o el archivo; 9 - A reclamar por demora o ineficiencia en la investigación ante el superior inmediato del Agente Fiscal interviniente.”
Pero no termina ahí su grosera interpretación de las normas adjetivas…sino que va más allá …y le recomienda a quien consulta:
tomasarce escribió:Hola a todos, es por un delito culposo...Archivo por que dice q no hay elementos para atribucion responsabilidad penal..
Pero en la pericia accidentologica dice que el vehiculo circularia entre los 50 y 60 km/h es decir viola claramente ley transito velocidad maxima en cruce interurbano
la question es A QUIEN APELO EL ARHIVO DE ESTA IPP?
Gracias espero ayuda...
“…Espero ayuda dice el pobre “tomasacre” pobre porque le contesta ud….”
lilianasarda escribió:Vas al Juzgado de Garantias que te toco en suerte, e interpones recurso de reposicion, explicando lo que pasa, si te dicen que no te vas a la Camara de Garantias.- Liliana
Aquí ya hay un problema que no se como catalogarlo desde el punto de vista profesional…..ya que no encuentro explicación más que en su ignorancia (disculpe que se lo diga pero es mejor pasar vergüenza una vez a que se le rían toda la vida que le resta de profesión…)
Ante la denegatoria del Recurso de Reposición que como Ud. misma lo dice “…si te dicen que no te vas a la Cámara de Garantías…” ¿a que, para que se sigan riendo de Ud.?

Vamos de vuelta a la “competencia” que es una cuestión “menor”.
Se va a la Cámara de Garantías con fundamentos en que el juez de garantías no le hace lugar al recurso de reposición contra lo que decide otro “órgano judicial” que es el fiscal? (ahora me explico porqué siempre alguno esta en uso de licencia).

Esta es una de las tantas razones por las que Ud. no tiene los ingresos que los que “perdemos nuestro tiempo” en el foro, ni el tiempo suficiente para capacitarse NO SE LA TOME CON NOSOTROS.

Espero haya sido de utilidad mi intervención.



*cafe* E.G.T.



feragus escribió:Hablo por mí y por alguno que conozco (vgr. EGT). Somos jóvenes, tenemos mucha energía, las palabras nos fluyen rápido, escribimos velozmente en la computadora (al tacto como quien diría), hacemos varias cosas a la vez (todas bien) y además gozamos de un muy buen pasar económico (lo que nos permite elegir pocas pero jugosas causas, efedrina, ciccone, jaime, etc).

Obviamente, Pandilla no está en esa lista, porque ni siquiera es abogado. Ah, he visto que usted es miembro (miembra, diría él) de su club de fans, así que le pido disculpas si la he desilusionado con esa información.


Webmaster!!!!!!!!!!!! Después de la respuesta de EGT, por favor, supriman la mìa porque me da vergûenza.

Cómo le quedó el ojo a la Doctora?
 #825262  por Legallex
 
feragus escribió:Hablo por mí y por alguno que conozco (vgr. EGT). Somos jóvenes, tenemos mucha energía, las palabras nos fluyen rápido, escribimos velozmente en la computadora (al tacto como quien diría), hacemos varias cosas a la vez (todas bien) y además gozamos de un muy buen pasar económico (lo que nos permite elegir pocas pero jugosas causas, efedrina, ciccone, jaime, etc).

Obviamente, Pandilla no está en esa lista, porque ni siquiera es abogado. Ah, he visto que usted es miembro (miembra, diría él) de su club de fans, así que le pido disculpas si la he desilusionado con esa información.
Y la causa del PROcesado de Macri por escuchas ilegales no la tienen?? yo pense que volaban mas alto... Los chanchuyos en los que deben andar metidos vos y el otro miserable no quiero ni pensarlos...
 #825265  por Legallex
 
feragus escribió:"Pasillo" y "trinchera" me sobran. Y en lo del título coincido, el tema es que este es un portal de abogados y este un foro de derecho penal. Por eso peleamos, para que sea eso, para que las consultas sirvan para algo y que no se llene el foro de hilos que nada tienen que ver con el derecho penal. Y los que no saben, tengan o no título, que se abstengan de evacuar consultas.
La saludo atte., aunque como dijo alguna vez un juez en un fallo que seguramente usted no conocerá porque parece dedicarse solamente a provincia, "no me gustan las nalgadas, aunque reconozco que sobre no hay nada escrito"
"Dime de lo que presumes y te dire de lo que careces" nunca mejor aplicada esa frase...
 #825267  por andrea1982
 
No me meto en la pelea, porque no tengo nada contra la forista...
Pero me parece que no fue buena idea decirle a legallex que no le diera bolilla a quien, según él, lo injurió el foro, ahora todos están en chancuyos, o son abogaduchos, o patéticos, o que se yo.
Dejen de pelear por pavadas, tiene un poco de razón liliana (no lo digo por torrente/EGT, porque no lo conozco, menos por ferragus) pero a veces entra gente (legallex) que uno se pregunta, de dónde sacan tanto tiempo?
 #825668  por lilianasarda
 
Ahi va mi opinion. LO que pensaba realmente se acredito. Personalmente, soy abogada, trabajo de abogada, y usted mi querido amiguito, escribe sobre derecho penal sentadito en la cocina con el libro en la falda. Cuando se reciba, volvemos a hablar, hasta entonces, buena suerte.- Liliana Sarda.-
 #825706  por lilianasarda
 
Bien, va mi respuesta amiguito, y la sencilla razon de su tiempo libre es que usted no ejerce. Por otra parte es bastante mezquino a la hora de transcribir los post del foro, atento a que una compulsa a post El herrero y el juez hubiera dado por resultado que se habria enterado que el herrero salio absuelto, merced a accion de revision. Que por ahi para usted sin el libro en la falda es mucho.Pero confiemos en que mas adelante, depuesta su soberbia propia de asno legal, compense con algunos aciertos eticos su procederlamentable. Le reitero, cuando se reciba???? nos volvemos a hablar. Hasta entonces mucha suerte en los examenes, le desea quien bien lo conoce...Dra.Liliana Sarda.-
 #825744  por feragus
 
Y ademàs, si fuera cierto, una acciòn de revisiòn generada por la propia desidia o irresponsabilidad para interponer en tiempo y forma el remedio recursivo pertinente. Hasta la acciòn de revisiòn el herrero siguiò preso? Y ese tiempo, quièn se lo paga?