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  • Suplemento docente sumatoria de ceses

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #826257  por DrPrimeriso
 
Tengo una duda con respecto al Dt. 137/05 segun estuve leyendo se deberia tomar la sumatoria de remuneraciones de ceses en los cargos o horas catedras del docente a los efectos de la aplicacion del suplemento. La duda viene si se hace la sumatoria solo cuando existio jubilacion condicional (Cese condicional) y se suma la remuneracion del cese definitivo; o si se hace la sumatoria de todos los ceses en los cargos que tuvo el docente.

Ejemplo 1: Docente obtiene jubilacion condicional el 10/1994 con una remuneracion de $ 1.000; posteriormente cesa en forma definitiva el 03/2007 con una remuneracion de $ 2.000 (En este caso para aplicar el suplemento sumariamos $ 1.000 + $ 2.000 y de alli se aplicaria el 82% con las actualizaciones).

Ejemplo 2: En este caso no tenemos jubilacion condicional; docente trabaja en un cargo hasta el 03/1995 y cesa en forma definitiva con $ 1.000, al mismo tiempo tenia otro cargo en el cual sigue y cesa en forma definitiva en 04/1998 con una remuneracion de $ 1.500, y por ultimo tenia otra cargo en el cual sigue hasta el 05/2000 cesando a esa fecha con una remuneracion de $ 3.000. (En este ejemlo sumariamos todos los ceses para aplicar el suplemento: $ 1000 + $ 15000 + $ 3000 y de alli se aplicaria el 82% con las actualizaciones).
 #826933  por periquita
 
Hola DrPrimeriso

No entiendo bien los planteos porque no sé a que te referís con jubilación condicional ¿no será parcial?

Con respecto al segundo caso, como no hay jubilación, opino algo. El cese del decreto 137 es CESE EN TODAS LAS TAREAS, para jubilarse ya o no, pero a una sola fecha, la última, no se suman ceses de fechas anteriores. El haber jubilatorio será en este ejemplo el 82 % de $ 3.000 (sólo del último cese), con las actualizaciones correspondientes.

Saludos