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 #826686  por jeanvaljean02
 
El perito dijo, analizando documentos indubitados y uno dubitado, que no se puede determinar si la firma corresponde a tal persona. La verdad es que viendo los trazos, la firma dubitada no es como la de los documentos indubitados, sino que parece una imitación de la misma. Ahora bien, el perito dice que no se puede determinar, es decir que la prueba no sirve para avanzar en el proceso, me gustaría conocer cuáles son los principios que rigen estas pericias, porque la firma dubitada, presumiblemente falsa, siempre va a ser una imitación de la verdadera, ¿de qué manera el perito puede asegurar que es falsa?
Gracias
JV
 #826727  por Dr. Neurus
 
........y pida se realice otra pericia por un caligrafo "idóneo".

equivale a: contrate a feragus.....

Dr. Neurus

PD: no sé si me explico......
 #826787  por Bracoo
 
jeanvaljean02 escribió:El perito dijo, analizando documentos indubitados y uno dubitado, que no se puede determinar si la firma corresponde a tal persona. La verdad es que viendo los trazos, la firma dubitada no es como la de los documentos indubitados, sino que parece una imitación de la misma. Ahora bien, el perito dice que no se puede determinar, es decir que la prueba no sirve para avanzar en el proceso, me gustaría conocer cuáles son los principios que rigen estas pericias, porque la firma dubitada, presumiblemente falsa, siempre va a ser una imitación de la verdadera, ¿de qué manera el perito puede asegurar que es falsa?
Gracias
JV
Si entiendo bien, el perito contestó mal, o le formularon mal la pregunta.

Si le preguntaron:
¿esa firma es falsa? y el respondió que no se puede determinar si corresponde a tal persona, la respuesta es incorrecta.

Ahora si le preguntaron:
¿Esa firma pertenece a tal persona? lógicamente que su respuesta no debería indicar si es falsa o no.

Espero haber entendido bien tu planteo, pues hay casos en los que solo resulta necesario saber si una firma es falsa, y en otros lo interesante es si la firma falsa pertenece al patrimonio escriturario de determinada persona. En cada supuesto el perito deberá contestar sobre distintas circunstancias.

Saludos.
 #826792  por jeanvaljean02
 
Se trata de saber si una persona determinada (ya fallecida) firmó un documento o le falsificaron la firma. El perito debe decir si la firma del documento dubitado pertenece o no a esa persona determinada, se le presentaron documentos indubitados para que realice el cotejo de letra. Dijo : "no puede determinarse"
 #826818  por Bracoo
 
jeanvaljean02 escribió:Se trata de saber si una persona determinada (ya fallecida) firmó un documento o le falsificaron la firma. El perito debe decir si la firma del documento dubitado pertenece o no a esa persona determinada, se le presentaron documentos indubitados para que realice el cotejo de letra. Dijo : "no puede determinarse"
Continuando entonces con lo que te dije antes, no creo que el perito deba decir "si la firma deldocumento dubitado pertenece o no a esa persona determinada", porque -obviamente- no puede citarla para realizar un cuerpo de escritura.

Lo que debe decir el perito es si la firma del documento supuestamente apócrifo, coincide con las que se sabe pertenecían a tal persona. Allí podés encontrar las diferencias, y en base a eso determinar que por distintas razones -técnicas, que te va a proporcionar el experto- esa firma no fue insertada por aquel.

Saludos
 #826874  por documentologia
 
Estimados, la conclusión no se puede determinar se aplica cuando a pesar de encontrase algunas diferencias y algunas similitudes ninguna de las dos son suficientes en cantidad y calidad para una conclusión categórica (hay que tener en cuenta que si el perito no estaba seguro hizo lo correcto ya que cualquiera sea la conclusión hubiese traído derechos y obligaciones para las partes) , pasa mucho cuando analizamos firmas de gente muerta porque se tiene que trabajar con lo que hay, a veces con muchos años de diferencia, etc, esta conclusión es prudente ya que el perito para su entender no encuentra suficientes de ambas.
Por lo que entiendo, la realizo un perito de oficio de las listas y no peritos de la csjn, lo que debes hacer es 2 cosas: buscar mas indubitados ya sea aportandolos o indicando donde existen mas firmas y pedir una ampliación de la misma.
como consejo te diría que te asesores con un perito caligrafo, lo puedas nombrar como consultor técnico para que en conjunto con el perito de oficio ya sea el mismo o solicitando se designe uno, nuevo hagan la pericia y te ayude a aportar mas indubitados aptos para cotejo.
yo te diría que pidas sorteo de uno nuevo argumentando que el perito designado no pudo llegar a una conclusión categórica y la misma es necesaria para resolver el entuerto en cuestión.

saludos y a tu disposicion
 #826889  por jeanvaljean02
 
Ya nombraron nuevo perito. La firma dubitada era distinta a las demás...a simple vista
 #826922  por Bracoo
 
jeanvaljean02 escribió:Ya nombraron nuevo perito. La firma dubitada era distinta a las demás...a simple vista
No entiendo si son datos que antes no diste por mero descuido, o si este es el mensaje de agradecimiento al perito que se tomó la molestia de responderte, además de los foristas, claro.
 #826968  por jeanvaljean02
 
Pensé que por ahí alguien me decía como impugnarla, o me daba otras ideas, el nuevo perito lo nombró el juez de oficio, ni bien supo que el que le comenté no se pronunció.