En una ejecución de ingresos brutos del año 2003 y 2004 el GCBA inicia ejecución en diciembre de 2010 y recien notifica el 01/09/2011 por lo que conteste y pedi caducidad de instancia
salio el sgte proveido "Buenos Aires, de septiembre de 2011.-r Por presentado, por parte, por denunciado el domicilio real y por constituido el domicilio procesal indicado. Agréguese la documental acompañada y téngase presente, las excepciones opuestas, demás prueba ofrecida y la reserva del caso federal para su oportunidad. Previo a todo tramite, del acuse de perención de instancia, traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese personalmente o por cédula..- "
Ahora leyendo el foro me surge la duda de haber metido la pata al no notificar ese proveído, pues podrían ponerme una caducidad de la caducidad, es así? agradecería que alguien me explique pues yo tenía entendido que no podían pedir caducidad pues caería la instancia completa incluso su demanda.
salio el sgte proveido "Buenos Aires, de septiembre de 2011.-r Por presentado, por parte, por denunciado el domicilio real y por constituido el domicilio procesal indicado. Agréguese la documental acompañada y téngase presente, las excepciones opuestas, demás prueba ofrecida y la reserva del caso federal para su oportunidad. Previo a todo tramite, del acuse de perención de instancia, traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese personalmente o por cédula..- "
Ahora leyendo el foro me surge la duda de haber metido la pata al no notificar ese proveído, pues podrían ponerme una caducidad de la caducidad, es así? agradecería que alguien me explique pues yo tenía entendido que no podían pedir caducidad pues caería la instancia completa incluso su demanda.