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  • PLAZO DE 30 DIAS

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #823606  por danigross1
 
Colegas les comento el caso, un cliente tubo problemas con un aire acondicionado, lo compro en diciembre y hasta ahora no lo puede utilizar, la empresa se defiende diciendo que tiene 30 dias para reparar el producto, obvio que ya pasaron esos 30 dias, estoy por mandar una carta documento, mi pregunta es, si es verdad que el servicio tecnico tiene 30 dias para reparar el producto?, estube leyendo la ley de defensa del consumidor y no dice eso, salvo que se me haya pasado ese art., por favor si alguien sabe si es cierto esto de los 30 dias que deje su comentario. Desde ya muchas gracias.-
 #825673  por Jose38
 
Hola, entiendo que la 24.240 resguarda en forma amplia los derechos de los consumidores, te recomiendo hacer la denuncia en el CGP que te corresponda o municipio, ya que debe responderá la empresa y la garantía que nunca puede ser de 30 dias, tienen un mínimos de 6 meses a 1 año que es lo estandar, ahí te compensaran por los daños emergentes del producto y los perjuicios sufridos. Saludos Jose.-
 #825677  por cfg
 
Yo los amenazaría con el daño punitivo: ARTICULO 52 bis: Daño Punitivo. Al proveedor que no cumpla sus obligaciones legales o contractuales con el consumidor, a instancia del damnificado, el juez podrá aplicar una multa civil a favor del consumidor, la que se graduará en función de la gravedad del hecho y demás circunstancias del caso, independientemente de otras indemnizaciones que correspondan. Cuando más de un proveedor sea responsable del incumplimiento responderán todos solidariamente ante el consumidor, sin perjuicio de las acciones de regreso que les correspondan. La multa civil que se imponga no podrá superar el máximo de la sanción de multa prevista en el artículo 47, inciso b) de esta ley. Me parece claro que el caso puede ser incluido: tener el aire acondicionado "para su reparación" todo el verano es una burla...
 #826861  por maiqui79
 
CFG, te recuerdo que el daño punitivo solo es valido en instancia judicial y no administrativa.
 #826867  por cfg
 
Por eso nadie está hablando de la instancia administrativa que -desde ya- cuando se dan estos casos me parece de más, llamarlos a mediación y ahí exigirles le solución del tema más daños o iniciar juicio donde se pedirá -además- los daños punitivos. No veo que el consultante hay dicho que iba a ir por reclamo administrativo... dijo Carta Documento donde uno pone lo que le parece y luego reclama por la vía que considere más idónea
 #827291  por danigross1
 
Gracias por los comentarios, pero me parece que jose38 entendiste mal, no es que me dan 30 dias de garantia, lo que ellos dicen es que tienen 30 dias para reparar el producto, lo cual me parece mucho tiempo, eso es lo que preguntaba, en la LDC no encontre ningun art que diga esto de los 30 dias, lo que hice es presentar una nota intimandolos, ahora voy a esperar hasta la semana que viene y si no se comunican ya vere que hago. Espero mas comentarios.