Les hago una consulta porque se me hizo una laguna. Los oficios -pedido de informes- a Camara Nacional Electoral y Juzgado Federal 1 de La Plata, en el primer caso lo firmo yo y en el segundo el Juez?.
En teoria si son oficios ley 22.172 los tiene que firmar el Juez, pero en la práctica los juzgados tienen el siguiente criterio: los firma el letrado salvo que vayan dirigidos a otros magistrados, en cuyo caso los firma el Juez.- Con este Criterio tanto el oficio a la Camara electoral como al Juzgado federal tendrían que ir con firma de magistrado, o sea tendrías que dejarlo en el Juzgado para su confronte; pero como cada juzgado es un mundo pregunta que criterio tienen donde tramita el expte.-
Saludos.-