Hace tiempo vengo pensando en que se me podía dar un caso así, pero hasta ahora vengo safando.
Ahora vamos a deshilar, se trata de una copia certificada del boleto, y pregunto... ése boleto, viene con firmas certificadas o sin firmas certificadas.
Si viene con firmas certificadas debería tener el número de acta, y acompañar también copia certificada de ésa acta, y ofrecer subsidiariamente una informativa del Registro Notarial.
Más de alguno podrá decir, puede estar el original dando vuelta y con una cesión a favor de otra persona, de tal manera que se podría presentar un tercero y reclamar por vía civil, la escrituración y/o daños y perjuicios; o por la vía penal denunciar una estafa por desbaratamiento de derechos acordados (art 173 inc 11º CP).
Pero por otro lado, conforme el artículo 1459 del C. Civil establece:
"...la propiedad del crédito no es transmisible al cesionario, sino por la notificación del traspaso al deudor cedido, o por la aceptación de la transferencia de parte de éste"
y la falta de notificación produce el efecto del art. 1468 del C. Civil:
"El deudor cedido queda libre de la obligación, por el pago hecho al cedente antes de la notificación o aceptación del traspaso". De tal manera que sólo desde la notificación de la cesión, el deudor cedido estará obligado a escriturar a nombre del cesionario, quien tendrá acción directa contra él para reclamar la realización del acto (conf. Morello, "El boleto de compraventa inmobiliaria", T.I, p.485; Borda, "Tratado de Derecho Civil-Contratos", T.I, p.485, nº 456, p.380/381)
En los procesos ejecutivos se requiere el original, y los
jueces repudian la ejecucion de las copias certificadas de los cheques rechazados por denuncia de robo o extravió (contrariando el art 63 ley 24.452 y la Reglamentación de la cuenta corriente bancaria del BCRA) porque las copias certificadas no figuran expresamente en el CPCC. Pero no debemos olvidar que estamos incursionando en un proceso ordinario y el debate es amplio.
Támbién debemos recordar que la actuación del escribano interviniente goza de la fé pública notarial, y éste supongo habrá expresado que se trata de copia fiel de original correspondiente al boleto de compraventa (supongo que las firmas tb estan certificadas), lo cual no da carácter de fecha cierta a la fecha del original, sino tan sólo a la fecha de la certificación