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  • DECLARATORIA Y POSTERIOR CESION DE DERECHOS ( AYUDA)

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #827247  por NATILU
 
Hola a todos.
Me llegò este caso y tengo varias dudas.

2 hermanos mayores desean iniciar la sucesiòn de sus 2 padres fallecidos.
Concretamente heredan el 50 % de un inmueble. Ya que el inmueble es un unico tereno en donde se edificaron 2 casas, una de las cuales era la vivienda de sus padres fallecidos. pero como no està hecha la SUBDIVISIÒN, se trataria del 50% del inmueble. Su padre fallecido figura en la escritura con el 50% junto con otra persona.
Ahora bien, como para venderla correctamente deberian ponerse de acuerdo con el otro 50% para hacer la subdivisiòn y esto es imposible, lo que decidieron es llegar hasta la declaratoria y luego ceder los derechos a una persona que està interesada en adquirir su parte.

Bien, entonces yo les tramitaria hasta la declaratoria y luego un escribano les instrumentaria la cesiòn.

1)Cuanto debe pedir de honorarios hasta la DH??
2)Debo necesariamente contar con un agrimensor hasta esa etapa o no es necesario sino hasta la inscripciòn?
3)Luego que el escribano les efectue la cesión, se debe inscribir en la sucesion a nombre de los cesionarios? Eso a quien se lo cobraria??

Sè que son muchas preguntas pero estoy perdida y sè que hay muchos colegas con mucha experiencia aquì. Muchas gracias. *flor*
 #827264  por Cecilia1964
 
En un caso similar que intervine se manejo asi y concluyo perfecto:
Tramitas la DH y una vez que se obtiene los herederos declarados ceden sus derechos. No hace falta agrimensor alguno ya q no se aclara que %, solo ceden sus derechos sobre el bien teniendo en cuenta que es un 50% y q se le cedera al que tiene el otro 50% no hace falta otro tema.
Luego se manejan con la escritura de cesion y la escritura original... Salvo que quien se queda con el todo del bien no vaya a vender... en ese caso puede escriturar por el todo con ambos documentos.
En relacion a gastos pediles los comunes a toda declaratoria y luego los honorarios los regulara el juez
 #827923  por NATILU
 
Gracias Ceci, sos muy amable.
Igual hago una aclaración para que me confirmes si es lo mismo.
El 50% perteneciente a mis clientes lo van a ceder a un tercero, no al que detenta el otro 50%, se entiende?

Para el caso, sería entonces..
Declaratoria, luego mis clientes ceden, y luego CUANDO EL JUEZ mande a inscribir la DH, allí adjuntaré la cesión e INSCRIBO LA CESIÓN A NOMBRE DE ESE TERCERO POR SU 50%?? GRACIAS