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  • Notificacion bajo responsabilidad de parte actora

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 #1876  por Delsur2000
 
para que se pone en una notificacion bajo responsabilidad de parte actora , que efecto tiene???

si no es de esta manera como es la notificacion???

por favor.. contestenme
muy atte

 #1880  por GU
 
Explicación con ejemplo práctico:

Yo demando a una persona que sé que tiene su domicilio en un determinado lugar. La primera notificación sera siempre con domicilio con caracter denunciado (en contraposicion de un domicilio constituido).

Supongamos que esta persona que intentamos notificar (y realmente vive alli) se niega a recibir la cedula / mandamiento. En este supuesto, uno lo que hace es pedir que se notifique "bajo responsabilidad de la parte actora".

De esta manera, por mas que esta persona se niegue a recibirla, o por mas que diga que no vive alli quien se intenta notificar, recibirá la correspondiente notificacion por parte del oficial notificador, y quedará legalmente notificado.

Dos cuestiones a tener en cuenta:

1) Siempre tiene que estar ordenado. No podes librar una cedula bajo responsabilidad de la parte actora sin resolución que lo ordene.

2) No conviene abusar de este mecanismo porque uno se arriesga a que le interpongan una nulidad en la notificacion (en caso de que, por ejemplo, el notificado no viviera donde notificamos) con sus respectivos efectos.

Espero que sirva esta simplificada explicacion.
Saludos.

 #1914  por Norah
 
El efecto es poder efectivizar la notificación.
Necesitas haber hecho una cédula, que alguien te haya dicho que el requerido "no vive allí"; entonces vos insistis, ratificas que si vive en ese domicilio "bajo responsabilidad de la parte...".
Con esa leyenda el notificador debe dejarla.
Saludos.
 #82440  por locampo
 
Hola, siguiendo con el tema, ayer en mi domicilio recibieron un mandamiento y citacion de remate para una persona que no vive mas alli hace dos años.el tema es que la empleada de mi casa lo recibio porque no tenia la menor idea de que se trataba.Fui al Juzgado y me dicen que tengo que presentar un escrito, la verdad no se como empezar, estoy estudiando derecho pero ni idea tengo de como redactar el escrito no siendo letrada si me pueden ayudar un poquito lo agradeceria.
Saludos.
 #82456  por martins
 
locampo escribió:Hola, siguiendo con el tema, ayer en mi domicilio recibieron un mandamiento y citacion de remate para una persona que no vive mas alli hace dos años.el tema es que la empleada de mi casa lo recibio porque no tenia la menor idea de que se trataba.Fui al Juzgado y me dicen que tengo que presentar un escrito, la verdad no se como empezar, estoy estudiando derecho pero ni idea tengo de como redactar el escrito no siendo letrada si me pueden ayudar un poquito lo agradeceria.
Saludos.
Primero, el escrito debe estar firmado por letrado, si no, se rechaza in limine, osea no le dan curso. El escrito se presenta devolviendo la cedual y documentacion que entregaron atento a desconocer al demandado.

 #82814  por Sailaw
 
No, no, no!!!, cuando se trata de una devolución de una cedula que se diligenció por error o bien bajo responsabilidad de la parte, no se necesita patrocinio letrado para su devolución, simplemente un escrito o nota, diciendo que ese no es el domicilio del demandado, y los datos de quien devuelve, aclarando en que caracter está en ese domicilio.

Inclusive se puede devolver por correo, dirigido al Juzgado.

 #83656  por locampo
 
Gracias!!!
Podia Poner :

Sr Juez (juzgado+Fuero?)
Mi nombre,apellido,DNI,domicilio.
Devuelvo la documentacion ya que soy inquilina desde hace dos años, y el denunciado desde ese tiempo no vive mas alli.Que al presentarse el oficial notificador, atendio una empleada de la casa y recibio la documentacion sin saber de que se trataba.

Algo asi?????
Saludos.

 #83661  por EL_JUAN
 
yo le agregaría como cliché de que sos muy buenita. En afán de contribuir a la realización del valor justicia ......(lo que pusistes vos)..... Sepa VS. disponer de los mismos según corresponda.
 #1201423  por Adso
 
Buenas tardes.
Tengo una consulta sobre este tema:
Remití mandamiento BRPA al domicilio que denunció la Camara Nacional Electoral y devuelva LA MADRE del demandado el mandamiento de intimación de pago, diciendo que su hijo no vive más allí y entregando COPIA DEL DNI de él!
Qué me conviene hacer?
No quiero que el abogado de la parte actora me haga un juicio por daños y perjuicios, dado que lo conozco y es un jodid*. De hecho, la última vez que litigamos me vi obligado a radicar una queja en el colegio de abogados por su accionar.
Qué me aconsejan? Gracias!