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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #828271  por LauraS
 
muy Buenas noches Colegas. Concilie en audiencia del 80 LO y pedi libramiento de giro.-

Ahora salio este proveido, que verdaderamente no comprendo:

"Con imputación a la boleta de depósito obrante a fs. 112, líbrese giro a favor de la actora doñá XXXXXXXX, por la suma de $XXXX.- (cuota 1/3), en concepto de capital. Consentido de conformidad con el art. 3 de la ley 9667 y con el Acta 2295 CNAT del 30-6-99 procédase a su confección y entrega.
Con imputación a la boleta de depósito obrante a fs. 112, líbrese giro a favor de la Dra. XXXXXXX (YO), por la suma de $XXXX.-, en concepto de honorarios. Consentido de conformidad con el art. 3 de la ley 9667 y con el Acta 2295 CNAT del 30-6-99 procédase a su confección y entrega.

Alguien puede explicarme a que se refiere con el consentimiento del art. 3 de la ley 9667 y con el Acta 2295 CNAT del 30-6-99 ??? Que mas debe pasar para que el Juzgado proceda a la confección y entrega del giro??
No desearia hacer ir a mi clienta embarazada al juzgado en vano y que me digan que aún no está en condiciones de ser cobrado.... pero la verdad que no entiendo a qué se refiere y estoy como turco en la neblina...

MUCHAS GRACIAS POR LA SOLIDARIDAD. ES MI PRIMER JUICIO CONCILIADO EN AUDIENCIA JUDICIAL. A QUIEN PUEDA ORIENTARME CON SU MAS AMPLIA EXPERIENCIA, GRACIAS!!
 #828275  por Squonk
 
LauraS escribió:Ahora salio este proveido, que verdaderamente no comprendo:
"Con imputación a la boleta de depósito obrante a fs. 112, líbrese giro a favor de la actora doñá XXXXXXXX, por la suma de $XXXX.- (cuota 1/3), en concepto de capital. Consentido de conformidad con el art. 3 de la ley 9667 y con el Acta 2295 CNAT del 30-6-99 procédase a su confección y entrega.
Con imputación a la boleta de depósito obrante a fs. 112, líbrese giro a favor de la Dra. XXXXXXX (YO), por la suma de $XXXX.-, en concepto de honorarios. Consentido de conformidad con el art. 3 de la ley 9667 y con el Acta 2295 CNAT del 30-6-99 procédase a su confección y entrega.
Alguien puede explicarme a que se refiere con el consentimiento del art. 3 de la ley 9667 y con el Acta 2295 CNAT del 30-6-99 ??? Que mas debe pasar para que el Juzgado proceda a la confección y entrega del giro??
No desearia hacer ir a mi clienta embarazada al juzgado en vano y que me digan que aún no está en condiciones de ser cobrado.... pero la verdad que no entiendo a qué se refiere y estoy como turco en la neblina...
Una vez notificado este decisorio, ministerio legis, consiente al cuatro día después de las dos primeras
 #828303  por PABLOutsupra
 
Es correcto lo que pronuncia el Dr, en el comentario que antecede, en criollo seria de la fecha del proveido que ordena el giro toma nota el pimer martes o viernes posterior a la fecha de la providencia, de ahi contas 4 dias hábiles y lo retiras sin ningun problema el cuarto despues de las dos primeras horas. El proximo acuerdo podes pactar con la contraria poner acuerdo que prestan conformidad que sea retirado el o los giros sin consentir.
Saludos.
 #828489  por LauraS
 
Mil Gracias Pablo. Clarisimo. Lo tengo en cuenta para la proxima vez...

ENTONCES, en resumen: Si el proveido es del Miercoles 28/3... Esto significa que el Viernes 30/ 3 quedo notificado ministerio legis (por mas que yo no haya dejado nota)... Segun mis calculos, entonces, ya podria cobrarse este Miercoles 11 ??
 #828841  por LauraS
 
Bien. Mil Gracias a todos los colegas que contribuyeron con su clara orientacion.-

Ahora, tengo varios interrogantes, a ver si logran desaznarme:

1.- El acuerdo esta estructurado en 3 giros mensuales. El 1ro de ellos ya esta proveido. El 2do esta muy cercana la fecha del deposito, por lo cual mi clienta, para no ir 2 veces, prefiere acumularlos y retirar ambos de una sola vez. ESTO SE PUEDE, O TIENE ALGUN TIPO DE VENCIMIENTO O PLAZO PARA RETIRAR??

2.- Dado que mi giro de honorarios ya esta proveido, si yo no quisiera eventualmente esperar, PUEDO RETIRARLO ?? O NECESARIAMENTE DEBO RETIRAR EL MIO CONJUNTAMENTE CON EL DE MI CLIENTA??

GRACIAS OTRA VEZ POR SU GENEROSIDAD!!
 #828849  por Squonk
 
LauraS escribió:Ahora, tengo varios interrogantes, a ver si logran desaznarme:

1.- El acuerdo esta estructurado en 3 giros mensuales. El 1ro de ellos ya esta proveido. El 2do esta muy cercana la fecha del deposito, por lo cual mi clienta, para no ir 2 veces, prefiere acumularlos y retirar ambos de una sola vez. ESTO SE PUEDE, O TIENE ALGUN TIPO DE VENCIMIENTO O PLAZO PARA RETIRAR??
No tiene vencimiento y podés retirarlos juntos
LauraS escribió:2.- Dado que mi giro de honorarios ya esta proveido, si yo no quisiera eventualmente esperar, PUEDO RETIRARLO ?? O NECESARIAMENTE DEBO RETIRAR EL MIO CONJUNTAMENTE CON EL DE MI CLIENTA??
Si ya está consentido podés retirarlo cuando quieras
 #1020405  por LauraS
 
Hola, pregunta otra vez: Seguro seguro que en Laboral son 3 dias habiles???

Porque por aca otro colega me habló de 5 dias habiles... y yo ya no me acuerdo qué plazo esperé para sacar el giro que originó este post :lol:
 #1020437  por Squonk
 
LauraS escribió:Hola, pregunta otra vez: Seguro seguro que en Laboral son 3 dias habiles???
Seguro seguro